El «millenial» autócrata

El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, una especie de «autócrata millennial» que, a sus 39 años y tras ganar las elecciones ha llevado a cabo una serie de antidemocráticas y poco tranquilizadoras acciones, ha anunciado que hará de Bitcoin moneda de curso legal en su país.

La decisión no supone que la moneda nacional de El Salvador deje de ser oficial porque, lamentablemente, la única moneda que funciona en El Salvador es el Dólar Americano, tras que al «Colón» (antigua moneda nacional) se le agotase todo el crédito a base de darle demasiado a la imprenta. Tras convertir al Bitcoin en moneda oficial El Salvador tendrá dos monedas: el Dólar y el Bitcoin.

¿Qué hay detrás de esta decisión?

Por un lado está la realidad de que la principal fuente de ingresos de El Salvador son los Dólares que los emigrantes salvadoreños remiten al Salvador. Estos envíos pagan comisiones que, con el Bitcoin, se eliminarán.

Por otro lado está la realidad de que más de dos terceras partes de la población de El Salvador no está «bancarizada»; es decir, no tiene cuentas corrientes en el sistema bancario y no puede abrirlas. Disponer de billeteras en Bitcoin, en cierto modo, puede paliar este problema.

Son fines correctos y acertados pero no los únicos.

Nayib Bukele, tras obtener la presidencia del país, ha llevado a cabo una serie de poco edificantes acciones con un inequívoco aroma autocrático (algo que está poco en sintonía con el mundo cipherpunk del bitcoin) por lo que, organizaciones defensoras de derechos humanos ven en esta medida un eficaz detergente que limpie su imagen.

Y tras la decisión de Bukele están sus asesores técnicos, en este caso la plataforma de pagos «Strike» que, sin duda, no debe de haber prestado su asesoramiento gratis para elaborar una legislación cuyos sesgos aún están por ver.

Es por eso que un anuncio aparentemente «histórico» no ha sido celebrado por las criptomonedas con un alza generalizada, sino, más bien al contrario con cautela.

Pero no nos engañemos, las condiciones económicas de El Salvador son comunes a muchas partes de la América Latina. México, Cuba o Venezuela, como El Salvador, reciben importantísimos ingresos de sus emigrantes en los Estados Unidos y la necesidad de usar criptomonedas se siente como imperativa, habiendo crecido de forma impresionante el número de usuarios. Países como los antes citados y otros como Turquía o Nigeria que ven depfeciadas constantemente sus monedas se vuelven hacia las criptos como medio de conjurar la amenaza. Y, en fin, en el incosciente colectivo, la confianza de las nuevas generaciones las criptos se encuentran ya a la altura de la inversión inmobiliaria (dos de cada cinco «millenials» australianos piensan así) por lo que el terreno parece abonado para que grandes masas de población apoyen iniciativas políticas en este sentido.

Pero las criptomonedas y los estados autoritarios no encajan, son agua y aceite, y me preocupa que una herramienta liberadora y democratizadora como las criptomonedas acabe siendo usada como un Caballo de Troya para colocarle a la población terribles herramientas de control como el Yuan Chino.

Todo este mundo de la criptoeconomía no es sólo un mundo de dinero e interés, es también un mundo donde nos jugamos la salud democrática de los estados.

Es una cuestión de democracia o autocracia.

Y yo estoy por la primera.

Código informático y código jurídico

Código informático y código jurídico

Tanto en el mundo real como en el virtual las conductas y comportamientos están regulados por códigos si bien de distinta naturaleza.

En el mundo real un contrato se celebra cuando concurren consentimiento, objeto y causa y es entonces cuando los intervinientes se transmiten cosas o realizan prestaciones en función de las obligaciones contraidas. Las obligaciones pueden incumplirse y el código puede violarse. El mundo real lo gobiernan los códigos legales.

En el mundo virtual el contrato se celebra en cuanto se presiona la tecla «aceptar» y, desde ese momento, se transmiten cosas o se realizan prestaciones independientemente de la voluntad de las partes y conforme a lo programado en el código. El código informático es determinista y no puede ser incumplido dentro de los espacios virtuales.

Este caracter determinista del código informático ha sido reiteradamente utilizado por los poderes ejecutivos para legislar de forma subrepticia esquivando el control de los órganos legislativas. Piensen, por ejemplo, que, para declarar un impuesto el sistema informático le exigirá introducir un NIF y, si usted no lo hace, el sistema informático no seguirá adelante. Poco importa que la ley le exija o no le exija a usted un NIF, si usted no lo tiene el sistema informático no le dejará seguir adelante y ahí se acabó la historia. No es que usted haya de hacer lo que dicen los códigis legales, es que usted tendrá que hacer, sí o sí, lo que exige el código informático.

En los mundos virtuales quien legisla es el programador y la ley es el código informático.

Conforme nuestra vida se desarrolla, cada vez más, en entornos virtuales o sometidos a procesos informáticos esta realidad de que nuestra vida está gobernada por los programas más que por las leyes es una realidad.

Las notificaciones de LexNet se producen en el momento en que el sistema dice que se producen y dan igual sus protestas, si el sistema dice que la comunicación se hizo en tal fecha es virtualmente imposible contradecirlo, sobre todo porque, hasta la fecha, el código que regula el funcionamiento de LexNet y el resto de los programas de la Administración de Justicia Española, no es un código legible, auditable ni verificable por aquellos a quienes benefician o perjudican sus decisiones.

La ignorancia nos hace, muy a menudo, tener en los sistemas informáticos una fe que no se fundamenta más que en el desconocimiento de sus principios de funcionamiento y esa fe es, con demasiada frecuencia, aprovechada por los señores del sistema. Creemos en la tecnología como quien cree en la magia, al menos hasta ahora, pero es ya tiempo de salir de la Edad Media, abandonar el chamanismo, y avanzar hasta la Era de la Ilustración.

Nos va en ello la libertad.

El ministro de justicia se ha quitado la careta

Los grupos de presión ya no necesitan presionar al gobierno, ahora, directamente, el gobierno les encarga la redacción de las leyes; las empresas que dominan el mercado ya no tienen que tratar de atraerse al poder, el poder directamente las llama para que plasmen sus deseos en los textos a debatir por las cámaras.

Si la abogacía real de este país, esa que componen un abrumador 85% de abogados y abogadas, tenían alguna duda el ministro de justicia hoy se la despejado: la redacción de la ley del derecho de defensa ha sido encargada a Garrigues Walker, el más conspícuo representante de la abogacía-negocio de España.

En un mundo jurídico cada vez más mercantilizado y alejado de los principios fundacionales básicos de la abogacía el ministro ha hecho su declaración, no de principios, que a lo que se ve no los tiene, sino de intereses.

Si este es un ministro de izquierdas en un gobierno de izquierdas entonces Gallardón era sin duda anarquista.

Es hiriente, causa arcadas, produce úlceras, comprobar cómo, en medio de la crisis, cuando el ministro no ha tenido ni un hecho y ni siquiera una palabra amable para con la abogacía real de este país, cuando no se le conoce una iniciativa con sentido, cuando ni una medida de mínima importancia ha tomado en relación con el funcionamiento de la administración de justicia su preocupación en los últimos días haya sido tratar de entregar la instrucción a los fiscales y ahora entregar la redacción del borrador de la ley a uno de esos despachos que representan la antítesis de la maravillosa abogacía de este país.

El ministro no podía llegar a más en menos tiempo. Hoy la abogacía de a pie ya sabe por qué el ministro no ha levantado ni una vez la voz ni la pluma para tratar de defenderla y no lo ha hecho, simplemente, porque esta abogacía es su objetivo, pero el objetivo a eliminar.

La amenaza es grave y hecha en el momento más grave y más duro de la historia reciente pero no lo va a lograr. No lo va a lograr.

A la abogacía real española, tiene que saberlo este más que provisional ministro, le esperan todavía muchos años de hambre y de gloria, pero sobre todo, le quedan años y memoria para no olvidar jamás la inicua conducta de un ministro prescindible.

Cuando este ministro haya de dejar su cargo con oprobio la abogacía española estará aquí para verle marchar. Más vale que lo recuerde.

Ha pasado sólo un año

Recuerdo la noche anterior a esta foto… yo andaba escaso de tiempo y de numerario y hube de agarrar un autobús en Cartagena cerca de la medianoche para llegar a Sevilla la mañana del 8 de octubre de 2015. Viajaba en el autobús vestido como se ve en la foto -ningún equipaje- y la noche pasada durmiendo poco y mal me dejó la cara que ahí ven. Me esperaban en Sevilla Jaime y Enrique y ese día íbamos a jugarnos en el Hospital de las Cinco Llagas unas cuantas ilusiones: ese día el Parlamento de Andalucía discutía una PNL (Proposición No de Ley) que redactada por Jaime y Enrique se presentaba formalmente como iniciativa de «La Brigada Tuitera»(#T).

Recuerdo vívidamente el día. Recuerdo discursos vibrantes -estuviste genial Juan- recuerdo gestos amables hacia nosotros -amabilísimas Marta y María Jesús- y la comprensión de los principales grupos de la cámara, incluso del PP que, en privado, nos confesaban que muy a gusto votarían sí a nuestra moción.

Y ganamos… y los grupos parlamentarios del Parlamento Andaluz felicitaron a los húsares de la Brigada, abogados, procuradores, jueces, funcionarios, gente común…

Y luego las mismas PNL’s se presentaron en 9 parlamentos más y se fueron ganando sucesivamente, con el mismo reconocimiento de los grupos políticos a la labor de la Brigada… y un buen día resulta que las Proposiciones No de Ley se vuelven proposiciones de Ley y se votan en la Carrera de San Jerónimo, y ves que aquí también los grupos parlamentarios agradecen el trabajo de los húsares de la Brigada… y ves que la votación se gana por el 100% de los votos incluidos los del Partido Popular… y sabes que en los libros de sesiones del Congreso ya ha quedado para la historia el agradecimiento de los grupos hacia unos desconocidos llamados «La Brigada Tuitera»…

Y mientras tanto y en ese mismo año se recogieron hasta 200 mil firmas contra LexNet, se preparó una jornada en la Real Academia de Jurisprudencia a la que incluso asistieron técnicos del Ministerio de Justicia y personal del CGAE y de IT-CGAE (discretamente eso sí); y durante la segunda campaña electoral se organizaron debates sobre Justicia en Sevilla y Zaragoza con todas las fuerzas políticas y eso sin olvidar que el 20N siempre se celebra nuestra noche mágica en Madrid… Y todo esto con un presupuesto de 0€.

Miro la fotografía y me parece que han transcurrido años pero la verdad es que solo han pasado doce meses, la actividad alarga los años y llena la vida de vida y aún me sorprende porque los húsares más viejos de la Brigada entienden que no hemos hecho lo bastante, que podemos hacer mucho más. Y yo pienso igual que ellos y me vengo arriba y me siento orgulloso de ser húsar en la Brigada, porque hace que parezca sencillo ganar votaciones en 10 parlamentos de España, o arrastrar 200 mil voluntades, o discutir con un gobierno de igual a igual sobre informática y porque, entre una cosa y otra, hasta le sobra tiempo para presionarle y hacerle pagar el turno de oficio cuando se retrasa. ¡Ay el turno!

Sí, recuerdo bien esta foto, y la noche previa a esta foto y la noche de ese día viajando de vuelta a Cartagena en otro autobús, durmiendo mal pero soñando en que es el valor de las personas el que marca la diferencia, el que hace que con 0€ de presupuesto en La Brigada todo sea posible y que, en otros lugares que mueven muchos millones de euros, sea imposible hacer nada debidamente.

Sí, el decisivo factor humano.

El Primer Legislador

La estatua representa a Gudea, el más célebre de los príncipes de la ciudad-estado de LagashLos juristas solemos citar el Código de Hammurabi como el primer texto legal y al propio Hammurabi como el primer legislador pero la realidad es que esto no fue así.

La realidad es que antes de que el babilónico Hammurabi escribiese su famoso código (1728 ANE) un gobernante de Uruk llamado Ur Nammu promulgó un código (2100ANE) que se le adelantó en casi cuatrocientos años.

Aunque el Código de Ur-Nammu es el texto más antiguo que ha llegado hasta nuestros días sabemos, sin embargo, que existieron textos legales anteriores y siguiendo ese rastro llegamos al, hasta hoy, considerado como el legislador más antiguo del mundo: Urukagina, gobernador de la ciudad-estado de Lagash una de las más antiguas de sumeria.

Apenas conocemos el contenido del código de Urukagina pero, por referencias y citas encontradas, sabemos que el Código de Urukagina concedía exención de impuestos a los huérfanos y viudas; obligaba a la ciudad a pagar los gastos de los funerales; decretaba que los ricos debían pagar con plata sus compras a los pobres y prohibía obligarlos a vender. Gracias a estos conocimientos, tradicionalmente, se ha presentado a Urukagina como el primer ejemplo registrado de un reformador social que trató de lograr un mayor nivel de libertad e igualdad. Limitó el poder del sacerdocio y de los dueños de grandes propiedades, tomó medidas contra la usura y los controles onerosos, el hambre, el robo, el asesinato y ataque a la propiedad de las personas y a las personas. En los textos se lee que:

“Urukagina ha acordado con el dios Ningirsu que la viuda y el huérfano ya no estén a merced del hombre poderoso”.

Sin embargo no parece que todas las reformas de Urukagina puedan ser bien vistas con nuestra mentalidad contemporánea pues, entre las reformas que acometió, estuvo una que debió de causarle bastantes quebraderos de cabeza: la prohibición de la poliandría. Urukagina ordenó lapidar a la mujer que mantuviese la antigua costumbre de contraer matrimonio con varios varones pero… No se han encontrado, al menos todavía, referencias que permitan saber si Urukagina previó algún castigo para los hombres que contraviniesen el mismo mandato.

En todo caso hay que reconocer a Urukagina la condición, hasta el momento, de primer legislador conocido y, sobre todo, que fue en una de las tablillas de arcilla que se escribieron durante su gobierno donde apareció por primera vez en la historia y escrito en caracteres cuneiformes un concepto que, desde entonces, ha acompañado a la humanidad: Ama-gi; es decir, «Libertad». Quédense con ello.

Libertad (concepto) escrito en caracteres cuneiformes.

Leyes: las justas

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Considerando la administración de justicia desde un punto de vista «cibernético» el profesor Norbert Wiener señaló en «The Human Use of Human Beings» que, cualesquiera que fuesen los deberes de jueces y tribunales, el primer deber que tenían —y tienen— es el de ser predecibles. Es decir que, dado un litigio entre dos personas, siempre podamos predecir de antemano cual será la respuesta del tribunal para ese conflicto con independencia absoluta de quien sea el juez que lo juzga.

La predictibilidad es uno de los factores más a tener en cuenta si queremos disponer de una administración de justicia eficaz pues los ciudadanos, si son capaces de conocer de antemano el resultado de sus litigios, no necesitarán acudir a los tribunales para resolverlos y les bastará con el adecuado asesoramiento. Esta es una de las formas más eficaces de descongestionar los órganos judiciales sin merma de la justicia.

Y siendo esto así, como lo es, ¿qué podemos decir que hayan hecho nuestros gobiernos para hacer de nuestros juzgados y tribunales órganos predecibles? Yo diría que han hecho justo lo contrario de lo que debiera hacerse.

Dejemos sentado en primer lugar que la organización de nuestros juzgados y tribunales así como las normas que rigen su funcionamiento se han diseñado desde antiguo para que las resoluciones de los mismos sean predecibles, toda la pirámide de recursos está destinada a que la interpretación de las leyes sea uniforme y nuestros jueces y magistrados fundan sus decisiones siempre —o casi siempre— considerando las decisiones jurisprudenciales que complementan el ordenamiento jurídico.

Sin embargo, para que la jurisprudencia pueda operar como elemento que dote de predictibilidad al sistema, es preciso que el marco jurídico del que nace dicha jurisprudencia tenga un mínimo de permanencia en el tiempo. Cada nueva ley que se publica exige un tiempo razonable de aplicación para que sean resueltas las dificultades interpretativas que inevitablemente plantea, no es posible generar una jurisprudencia útil en un marco jurídico que cambia cada día.

Y esto, precisamente esto, es uno de los aspectos más censurables del período en que Rafael Catalá ha estado al frente del ministerio de justicia: su hiperactividad legislativa ha provocado que la inseguridad jurídica se haya enseñoreado de nuestros juzgados y tribunales, reformas sobre reformas, hemos visto como en la misma semana las mismas leyes ofrecían dos regulaciones distintas de la primigenia y cómo juzgados y tribunales carecían del mínimo tiempo de adaptación. Y si las leyes hubiesen sido justas y sensatas aún serían bienvenidas, pero es que muchas eran de imposible cumplimiento (seis meses después de la entrada en vigor de LexNet los juzgados de España aún no pueden cumplir la ley), otras tan sólo han recargado de trabajo inútil y esterilizador los juzgados (revisiones de la instrucción de procedimientos ex Ley 41/2015), mientras que otras daban lugar a tres sistemas regulatorios distintos en el lapso de pocos días (entre los días 27 de octubre y 1 de noviembre de 2015 el artículo 520 LECrim cambió dos veces de redacción).

Y si la incontinencia legislativa ayuda poco, mucho menos ayuda a la predictibilidad del sistema el dictado de leyes abstrusas, de difícil interpretación, de escasa calidad legislativa o simplemente injustas o de difícil encaje en el marco constitucional o en el de la legislación europea; leyes cuya aplicación provoca multitud de corrientes y soluciones jurisprudenciales que nunca llegan a consolidarse porque, de nuevo, la incontinencia legislativa se encarga de volver a enturbiar lo que con notable esfuerzo doctrinal la jurisprudencia trataba de armonizar.

En suma, no es mejor gobierno el que produce más leyes, esta hiperactividad legislativa a menudo sólo oculta incapacidad y falta de criterio, pues, en materia de leyes, el principio «pocas y buenas» es el de primera y preferente aplicación. Tratar de desviar la atención del electorado con cortinas de humo del tipo «los españoles son querulantes» o aquella otra repulsiva reflexión gallardoniana que atribuía al número de abogados —y no al gran número de injusticias— la sobrecarga de trabajo de los juzgados, no son más que coartadas para encubrir una más que deficiente actividad legislativa.

Créanme, en materia de normas adhiéranse al principio «pocas y buenas» o, dicho de otro modo: leyes las justas.

Baremo de tráfico 2009

Ya está aquí el baremo de tráfico para 2009 que me apresuro a ofrecerles en el siguiente link

Actualización del baremo de tráfico para 2009

La verdad es que aunque éste weblog no está dedicado al tráfico es muy alto el número de visitantes que buscan en él los baremos y, la verdad, paso unos ratos estupendos mirando las estadísticas. Son los únicos archivos que tienen un alto índice de consultas desde dispositivos móviles y en horas de juicio… ¿será que todos los abogados esperamos al último momento?

Cuando la tecnología es la ley

Somos capaces de percibir cómo las leyes -a través de constituciones, estatutos, códigos y demás instrumentos jurídicos- regulan el mundo real. En el ciberespacio, por el contrario, debemos comprender cómo un «código» diferente, regula el software y el hardware; software y hardware que hacen del ciberespacio lo que es; software y hardware que, por eso mismo, regulan absolutamente el ciberespacio y son su verdadera ley. (Lawrence Lessig Code 2.0)

El hombre impone sus leyes donde la naturaleza no impone las suyas, por eso, al igual que resulta ridículo legislar contra la ley de la gravedad en el mundo real, resulta imposible legislar en el ciberespacio contra la tecnología y los programas que permiten y definen la naturaleza de dicho espacio. De ahí la genial percepción de Lawrence Lessig al afirmar que, en el ciberespacio, «el código es la ley».

Seguir leyendo «Cuando la tecnología es la ley»

¿Cuánto vale la vida de una persona?

Los estados son propensos a poner precio a la vida de las personas. De mis películas infantiles del Far-West recuerdo aquellas recompensas que se ofrecían por la vida de los forajidos («dead or alive») y de mis primeras lecturas recuerdo también la valoración que hacía Huerta de la vida de Emiliano Zapata: Dieciocho centavos, el precio de una soga para ahorcarlo.

Por eso, cuando inicié mis estudios de derecho, me sorprendió la coherencia del derecho romano que, considerando que el valor de la vida humana era inestimable, no concedía valor alguno en dinero a la misma en el caso de que el muerto fuese un hombre libre. Cuestión distinta era el caso de los esclavos que, por estar asimilados a la categoría de cosa, si tenían valor pecuniario y su muerte podía y debia ser indemnizada en buenos sestercios.

Avanzando el tiempo los ordenamientos jurídicos fueron admitiendo la indemnización en dinero de la vida humana y, al menos en España, hasta 1995 la tarea de fijar la indemnización para la vida humana se dejó en manos de los jueces que deberían atender de forma individualizada a cada caso concreto. Sin embargo en 1995 todo cambió por la influencia que el lobby de las compañías de seguros ejerció sobre el gobierno. Seguir leyendo «¿Cuánto vale la vida de una persona?»

Baremos de indemnizaciones de tráfico: Actualizaciones años 2005, 2006, 2007 y 2008.

       A la vista de las numerosas consultas que el post de la actualización del baremo para el año 2008 está teniendo, amplío la información al respecto con todas las actualizaciones del baremo desde el año 2005.

Actualización para el año 2005 Baremo 2005
Actualización para el año 2006 Baremo 2006
Actualización para el año 2007 Baremo 2007
Actualización para el año 2008 Baremo 2008

Espero que les sea de utilidad.