Oficina judicial: Madrid 2023

Oficina judicial: Madrid 2023

¡Albricias! ¡Por fin está aquí! La nueva oficina judicial, tantos años perseguida por todos los gobiernos de España, por fin se ha hecho realidad en el afortunado Juzgado de Instrucción 7 de Madrid.

Por fin podemos contar los abogados y procuradores de España con un juzgado donde las últimas tecnologías y la modernidad organizativo-ergonómica se dan la mano.

Esta mañana se han filtrado, gracias a la sagaz cámara de un letrado, los principales avances que el futuro nos tiene preparados y —créanme— no quepo en mí de gozo.

Del reportaje fotográfico filtrado se desprende que es voluntad de la administración de justicia que, en los juzgados de España, las comunicaciones se realicen siempre de forma «remota» y lo han conseguido del modo más ingenioso y económico que imaginarse pueda: gracias a una mesa sabiamente colocada en la puerta de la oficina judicial queda vedada cualquier posibilidad de comunicar con los funcionarios a una distancia humana, obligando de esta forma a que todas las conversaciones se realicen de forma «remota».

Es verdad que la inteligente distancia conseguida merced a la mesa-barricada puede dar lugar a que las llamadas de los administrados no sean escuchadas, sobre todo en el caso de que no sepan silbar introduciéndose dos dedos en la boca, pero, para solucionar el problema, el departamento de Nuevas Tecnologías y Cibernética Avanzada del Ministerio de Justicia ha ideado un dispositivo sonoro al que ha denominado «Timbre» (Transcomunicador Inalámbrico Manual Brillante y de Resonancias Estridentes). Este «Timbre», en su versión 1.0, es un dispositivo que, colocado sobre la mesa-barricada, puede ser accionado muscularmente por el administrado operando sobre una interfaz (palito) que hay sobre él. El prodigioso dispositivo no consume energía eléctrica alguna, de forma que preserva el medio ambiente y es por tanto sostenible, soporta un uso reiterado (y es por tanto resiliente) y no presenta dificultades de uso independientemente de la orientación o identidad sexual del administrado/a/e. Con «Timbre» la igualdad ha llegado por fin a los tribunales de justicia.

Como ya queda dicho el dispositivo «Timbre» no consume electricidad y es por ello que no precisa de ningún archivo sonoro .mp3 de suerte que el administrado ya no oirá la pervasiva sintonía de Windows o ninguno de los sonidos propios de los dispositivos electrónicos. El Ministerio, para hacer aún más agradable el sistema, sacó oportunamente a concurso la composición de la intro sonora del dispositivo «Timbre» y, a cambio de varios millones de euros, el hijo de un subsecretario se hizo con el concurso presentando una intro feng-sui inspirada en los más primigenios principios Zen: la melodía de inspiración oriental llamada «Ti-Lín» que es la que suena cuando usted acierta a activar el dispositivo.

Está previsto, además, que el dipositivo pueda ser usado de forma recursiva (a los técnicos no se les escapa una) en cuyo caso la melodía «Ti-lín» se convertirá en «Tilín-tilín» y así sucesivamente en función de los manotazos golpes o zurriagazos que el administrado, sin duda feliz, propine al resiliente dispositivo.

Finalmente y siempre en relación con el dispositivo «Timbre» hay que señalar que, siendo de naturaleza portátil, el mismo puede ser retirado de la mesa a voluntad del funcionariado de forma que, aunque el administrado silbe, dé palmadas, vocée o aúlle, el funcionariado puede legítimamente no salir a atenderle al no usar de la interfaz adecuada. Obsérvese que el dispositivo «Timbre» no está asegurado con el dispositivo «ACCA», del que hablaremos después, pues, de ser sustraído por alguien, toda comunicación con los administrados quedaría suspendida, lo cual es siempre deseable. Pero sigamos.

Junto al dispositivo «Timbre» y de cara a potenciar las comunicaciones entre el juzgado y los administrados, el departamento de aviónica avanzada del ministerio de justicia ha diseñado un sistema de impresión no eléctrónico denominado en la jerga tecnológica «boli». Este «boli» (Bártulo Obsoleto Lamentablemente Inútil) está diseñado para carecer de tinta en la mayor parte de las ocasiones de forma que el administrado no pueda pintar en la mesa o en las paredes pues, como puede verse, el dispositivo «Mesa» carece de ningún elemento «papel» sobre el que el sistema de impresión «Boli» pueda ejercer sus funciones. Hay que resaltar que el dispositivo «boli» en su versión 1.0 puede usarse con una sola mano y que su extrema ligereza le convierte en un dispositivo absolutamente «sostenible» (en la mano o incluso encajado en un orificio nasal) por cualquier ciudadano/a/e, al tiempo que, por la dureza de su plástico, el gadget es insospechadamente «resiliente».

Todo está tan pensado  en la oficina judicial de Instrucción-7 y es tanta la tecnología empleada que en el TJUE ya están estudiando la implementación de métodos similares aunque, claro, no tan avanzados.

El desarrollo del dispositivo «Boli» —debe reconocerse— experimentó alguna dificultad pues, siendo un dispositivo tan absolutamente avanzado y novedoso, se descubrió que provocaba irrefenables tentaciones en abogados y procuradores que no podían resistirse a apoderarse de él en alguno de los poquísimos descuidos del funcionariado; pero, afortunadamente, el Departamento de Seguridad, implementó la solución que pueden ver en la imagen denominada «Atadijo Con Cinta Americana» (ACCA), inspirándose en las soluciones que ApoloXIII improvisó durante su viaje estelar.

Así pues, celebrémoslo por fin, ya se han logrado los objetivos de la NOJ, el sueño húmedo de Gallardón, el Shangri-La de Pilar Llop, un juzgado donde ni los administrados, ni su mercenaria cohorte de abogados y procuradores puedan perturbar bajo ningún concepto el incesante trabajo de la oficina judicial al tiempo que les dotan de los más avanzados medios de telecomunicación.

Por fin el paraíso, por fin Instrucción-7, por fin la solución de los problemas de la justicia en España.

Madrid, Jueves 16 de marzo de 2023, siglo XXI, así está la justicia.

¿Reímos o lloramos?

Informática judicial: quién debe decidir

A la hora de diseñar un sistema informático la primera cuestión que habríamos de plantearnos es la de quién es el responsable de la información que se va a tratar y quién debe, por tanto, decidir cómo se trata; cuestión esta que, aunque de perogrullo, no parece haber sido tenida en cuenta por quienes han diseñado el actual caos informático de la administración de justicia española. Tal olvido no puede seguir produciéndose en el futuro si queremos tener una justicia informatizada racionalmente y sería bueno que los responsables políticos nacionales y autonómicos comenzasen a hacerse a la idea de que un cambio de paradigma en cuanto a la titularidad de los datos tratados y a la dirección del tratamiento de los mismos es imprescindible.

Conviene recordar en este punto que la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modificó la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introdujo un nuevo capítulo (el «I BIS») con el título de «Protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia».

A los efectos de este artículo resulta de capital importancia la distinción que efectua el artículo 236 ter. LOPJ, producto de la modificación legal antes mencionada, entre los datos tratados con fines jurisdiccionales (en adelante simplemente «datos jurisdiccionales») y los datos tratados con fines no jurisdiccionales (en adelante, simplemente, «datos no jurisdiccionales»). Conforme a dicho precepto, los datos que se encuentren incorporados a los procesos de que conozcan los juzgados o tribunales se considerarán «datos jurisdiccionales» y, conforme al artículo 236.1 sexies LOPJ, será responsable de los mismos el órgano jurisdiccional u oficina judicial ante el que se tramiten los procesos cuyos datos se incorporen al fichero.

Parece evidente que la referencia a la «oficina judicial» resulta claramente inapropiada cuando hablamos de datos jurisdiccionales, pues el titular de los mismos no es ni debe ser ningún órgano del poder ejecutivo tal y como queda de manifiesto cuando el artículo 236.1 nonies declara: «1. Las competencias que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, atribuye a la Agencia Española de Protección de Datos, serán ejercidas, respecto de los tratamientos efectuados con fines jurisdiccionales y los ficheros de esta naturaleza, por el Consejo General del Poder Judicial.»

La mención a la oficina es inapropiada también si la consideramos teniendo en mente la regulación que efectua el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, pues, conforme al artículo 55.3 y al considerando 20 de este Reglamento (de aplicación directa en España a partir del 25 de mayo próximo):

Aunque el presente Reglamento se aplica, entre otras, a las actividades de los tribunales y otras autoridades judiciales (…) A fin de preservar la independencia del poder judicial en el desempeño de sus funciones, incluida la toma de decisiones, la competencia de las autoridades de control no debe abarcar el tratamiento de datos personales cuando los tribunales actúen en ejercicio de su función judicial. El control de esas operaciones de tratamiento de datos ha de poder encomendarse a organismos específicos establecidos dentro del sistema judicial del Estado miembro…

Como vemos, a los efectos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el responsable de los datos incorporados a los procedimientos judiciales no es ni puede ser en modo alguno el poder ejecutivo.

Y si esto es así, como lo es, cada vez resulta menos admisible que sean los poderes ejecutivos estatal o autonómicos quienes se encarguen del tratamiento de los datos jurisdiccionales y no sean los órganos correspondientes del poder judicial quienes tomen el control del mismo.

Muchas voces ya han denunciado cuán contraria al sentido común es la situación actual e incluso se ha advertido del riesgo tremendo que supone que los archivos judiciales estén en manos de ejecutivos autonómicos que pueden, llegado el caso, «desconectar» la infraestructura informática de la administración de justicia si sienten que pueden ser perseguidos por ella como consecuencia de sus acciones.

Esta situación de que los datos jurisdiccionales sean tratados por quien no es su titular, de que las lineas directrices del tratamiento las determine quien no es su titular, de que toda la disponibilidad del sistema esté en manos de personas y entidades que pueden ser objeto de investigación por los juzgados y tribunales repugna ciertamente al sentido común y, con toda probabilidad, a partir del 25 de mayo, sea contraria también al ordenamiento jurídico.

Es evidente que ha llegado el momento de que la realidad se adapte a las exigencias del sentido común y del ordenamiento jurídico; es el momento de que los poderes ejecutivos procedan a entregar a los verdaderos titulares de los datos jurisdiccionales el control de los mismos y de los sistemas informáticos con que hasta ahora los tratan; es tiempo también de que procedan a dotarles de los medios económicos y materiales necesarios para su tratamiento y es, sobre todo, la ocasión de proveer lo preciso para que, en el futuro, las directrices en cuanto a organización y sistemas las tome el poder del estado que, conforme a la razón y al ordenamiento, debe hacerlo.

Mentiras ministeriales

«Epistula non erubescit» (el papel no se sonroja) nos dijo Cicerón hace dos mil años, aludiendo a que, por más que lo que se escribe en un texto sean mentiras y falsedades deleznables, ni el papel ni el texto en él escrito mostrarán el más mínimo signo de vergüenza. Lo novedoso en este siglo XXI es que ya no es el papel el que no se sonroja, sino que, al parecer, ni siquiera los ministros lo hacen.

Ayer la cuenta tuíter del ministerio de justicia publicó el tuit que sigue a este párrafo, tuit que reproducía una frase o idea transmitida por el ministro de justicia Rafael Catalá Polo en la así llamada «vigésimo tercera intermunicipal PP». La frase contenida en el tuit era literalmente la que en él se ve: «Apostamos por una Justicia próxima, se viva donde se viva» y se quedó tan ancho.

El ministro, sin pudor ni vergüenza alguna, transmitió este mensaje apenas tres meses después de que dejase a dos tercios de la población española sin juzgados donde acudir a solventar sus reclamaciones hipotecarias, inhabilitando 381 partidos judiciales en favor de un sólo juzgado en la capital de provincia e imponiendo, por ejemplo, a los habitantes del partido judicial de Herrera del Duque, la tasa encubierta de tener que circular 400 kms cada vez que pretendan acercarse al juzgado que conoce de su cláusula suelo en Mérida, la capital de su comunidad.

Esto mismo ocurre a dos terceras partes de la población española (sí, en España dos tercios de su población no viven en capital de provincia) pero el ministro —a pesar de las fuertes protestas de todos los profesionales de la justicia, asociaciones de jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia, funcionarios, procuradores y abogados— decidió dar el visto bueno al insensato plan provinciofrénico que le propuso un nada independiente Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Gracias a esa insensatez el juzgado especial de Madrid está ya colapsado con 11.000 demandas, la mayoría sin proveer (11 años de retraso), cuando si se hubiesen usado los 101 juzgados de que dispone la Comunidad de Madrid habrían repartido unos 100 cada uno lo que alargaría un mes el tiempo medio esperado de respuesta. Parte de esas 11.000 demandas archivadas en los suelos del juzgado son las que ven en la fotografía que sigue y que es ya viral en la red.

Pues bien, ese es Catalá: el ministro reprobado que alejó la justicia de las dos terceras partes de la población española y ese es Catalá también, el ministro que es capaz de decir justo lo contrario de lo que hace con todo desparpajo y sin que asome a su rostro el más leve rasgo de vergüenza. La realidad no le impedirá decir nunca lo que él entienda más apropiado en cada momento, en la era de la «postverdad» el ministro es un virtuoso.

Darwin se quedaría estupefacto si contemplase a este hombre a quién todavía, hace un par de meses, algunos abogados —me da pena decirlo— aplaudían ostensiblemente en Granada.

Ninguna emoción producía más intriga a Darwin que la de la vergüenza y los cambios físicos asociados a la expresión de esta emoción. Le sorprendía que el ser humano manifestase instintivamente su vergüenza, por ejemplo, ruborizándose; veía en esta reacción panhumana una amenaza para su teoría de la evolución pues ¿qué ventaja evolutiva puede aportar al ser humano el evidenciar ante el resto de la comunidad que sabe que ha obrado mal? Nada tan humano como la vergüenza y nada tan inhumano como la ausencia absoluta de ella.

Cuentan que, cuando preguntaron al «Guerra» (el torero, no el ministro) cómo era posible que a un banderillero de su cuadrilla le hubieran nombrado Gobernador Civil de una provincia sureña, el diestro respondió con una afirmación que suscribiría el mismo Darwin si resucitase: «Degenerando».

Hemos llegado a un grado de degeneración tal en algunos sectores de nuestra clase política que Darwin hubiese quedado atónito y Cicerón hubiese tenido que pensárselo dos veces antes de repetir su cita porque «Epistula non erubescit», cierto, pero los ministros tampoco.

No se puede engañar a todos todo el tiempo: ya está bien, acabemos con esta farsa.

Un mes de juzgados trampa hipotecarios

El de los juzgados hipotecarios «trampa» va a pasar a la historia como uno de los mayores fiascos organizativos que se conocen por parte de quienes «organizan» nuestro sistema judicial. Hay quien, a la vista de las proporciones del fiasco, considerará incluso que un error tan evidente y predecible no puede ser un error sino que ha tenido que ser buscado de propósito para beneficiar a alguien y será entonces cuando quienes así piensen comenzarán —como de hecho ya han comenzado— a afirmar que el propósito real de la medida es favorecer a la banca frente a los consumidores. No entraré en eso, pueden elegir ustedes: o incompetencia o malicia, como gusten; no seré yo quien haya de tratar de inclinarles a uno u otro extremo en ese punto.

Ha pasado un mes desde que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) —con el «placet» del Ministro de Justicia— instaurase un sistema que, según ellos, debería hacer frente al aumento de litigios relacionados con las cláusulas abusivas que presentan las hipotecas en España.

Ha pasado un mes, como decimos, y comienzan a aparecer datos del funcionamiento de este sistema, construido sobre 54 juzgados únicos provinciales que ponen de relieve la absoluta insensatez de la medida. En este artículo trataremos de repasar esos datos y, para ello, usaremos como términos de comparación la provincia más poblada de España y —por razones obvias— la mía. Como veremos, en ambos casos, la medida adoptada por el CGPJ se revela como un auténtico fiasco. Comprobémoslo.

Comencemos por la provincia más poblada de España (Madrid), una provincia que cuenta con más de 200 juzgados civiles capacitados para conocer de este tipo de demandas y que, sin embargo, siguiendo las directrices del CGPJ, ha encomendado a un sólo juzgado (el Instancia 101) el conocimiento de todas las demandas de este tipo. En tan sólo 15 días este juzgado recibió 1.102 demandas lo que, de mantenerse la tasa, dará lugar a unas 2.200 demandas al mes. Teniendo en cuenta que un juzgado con 1.000 demandas al año ya está colapsado podemos afirmar sin ningún género de dudas que, de mantenerse este ritmo, este juzgado madrileño recibirá cada mes una carga de trabajo igual a la que recibirían dos juzgados iguales en dos años: una auténtica locura.

Si, en cambio, estos 2.200 asuntos se hubiesen distribuido entre los más de 200 juzgados de Primera Instancia de Madrid, cada uno de ellos no tocaría ni a diez demandas; una cifra absolutamente digerible a pesar de la lamentable carencia de juzgados en nuestro país y de la pésima relación juez/habitante que exhibe. Faltan jueces, sin duda, pero si, además, encargas a uno solo lo que podrían hacer más de 200 lo que estás provocando es un atasco cuyas proporciones no pueden pasar desapercibidas a nadie.

Por tanto, por lo que a Madrid respecta, podemos afirmar sin ningún género de dudas que el juzgado YA está colapsado según se advirtió al CGPJ. No ha hecho falta ni un mes, han bastado 15 días, juzguen ustedes mismos.

Por lo que respecta a la Región de Murcia, conforme a los datos facilitados por el propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en este mes de junio el juzgado único encargado de tramitar el tipo de demandas que nos ocupa ha recibido 274 demandas. Si esta tasa se mantiene el juzgado único de Murcia estará colapsado en 3 meses (habrá recibido en un trimestre una cantidad de asuntos igual a la máxima que podría digerir en un año). Si estas 274 demandas se hubiesen distribuido entre los 54 juzgados de 1ª Instancia con que cuenta nuestra región apenas si habrían supuesto 5 asuntos más por juzgado.

A la vista de estas cifras la medida adoptada por el CGPJ en relación con este asunto resulta tan absolutamente incomprensible que es difícil no buscar más bien coartadas que explicaciones y lo es mucho más si añadimos todo el resto de circunstancias que ensucian hasta lo inaceptable la misma: la falta de medios, el recurrir a jueces en prácticas, la centralización infamante sin más beneficio que el de dificultar el acceso de los ciudadanos a la justicia… No necesito repetirlas en este artículo, si hace usted una mínima búsqueda en la red las encontrará a cientos y suscritas por voces más autorizadas que la mía.

Visto lo visto uno no acaba de entender que el CGPJ se obstine en mantener una medida contra la que se han alzado todas las voces independientes del mundo de la justicia en España y que ha dado lugar a que incluso parlamentos autonómicos —como el de la Región de Murcia— hayan emitido su opinión unánime en contra. ¿Qué gana el CGPJ gobernando no sólo contra la opinión de todos sino contra la de los propios administrados?

Decían en la Grecia clásica que, a quien los dioses quieren destruir primero le vuelven loco; pero no loco de cualquier enfermedad sino de lo que ellos llamaban «hibris», una especie de desmesura soberbia. Pues bien, el CGPJ ha rebasado los límites de la mesura y lo ha hecho incurriendo en la más intolerable soberbia: desoyendo a sus pares (jueces y magistrados como ellos mismos); desconociendo la opinión de abogados, procuradores y el resto de los operadores jurídicos; ignorando los pronunciamientos de órganos representativos de la soberanía popular; desoyendo las quejas de las asociaciones de consumidores… Indudablemente quienes han adoptado o fomentado esta medida están poseídos por la «hibris» y su fin ya se adivina. Esperemos, por nuestro bien, que en su caída no se lleven por delante más de lo que ya se han llevado. Vale.

Los alienígenas invasores

No son humanos. No están hechos de la misma sustancia que nosotros, aunque se parezcan a nosotros no son como nosotros, aunque su reino parezca ser de este mundo resulta evidente que ellos pertenecen a otro, son alienígenas venidos de otra galaxia, no te quepa la menor duda.

Estos alienígenas tienen como misión gobernar a la humanidad y someterla a sus dictados para lo cual han creado una peligrosa raza de replicantes que, haciendo gala de indudables habilidades sociales, se infiltran en nuestras estructuras políticas y de poder; han tenido tal éxito en su labor de mezclarse y confundirse con nuestros gobernantes que hay expertos ufólogos que sostienen que TODA nuestra clase política está compuesta por este tipo de alienígenas replicantes.

Sólo hay una forma de distinguir a estos alienígenas de un genuino ser humano y es por su incapacidad absoluta para sentir vergüenza. Por algún error de programación estos replicantes están incapacitados para sentir ni imitar ningún rasgo que lejanamente recuerde a la tan humana sensación de vergüenza. La necesidad de disimular sus pensamientos, la inexistencia de un verdadero sentimiento de solidaridad social que dispare esa rara emoción, la inutilidad de revelar con signos externos el sentimiento íntimo del error, impidió a los programadores dotar a lo replicantes siquiera de los rasgos externos que caracterizan a la emoción de la vergüenza.

No es fácil reconocer a un replicante pero si ustedes se fijan en sus gestos pronto podrán ser unos auténticos «blade runners». Atiendan.

Cuando vean ustedes sonreír a un alto cargo en el Congreso mientras el resto de la cámara vota su reprobación no le quepa duda, con toda probabilidad sea un replicante; cuando alguien en lugar de avergonzarse por la falta y la mangancia propias se engalle y acuse a los contrarios de hacer lo mismo, no le quepa duda, es un replicante; cuando algún gobernante gobierne en contra del pueblo y a favor de la banca y con gesto afable afirme que «es por el bien de los ciudadanos», no lo dude un segundo: es también un replicante.

Quieren adueñarse de la tierra pero la desvergüenza les delata. No, no son de los nuestros, no son humanos, no están hechos de la misma sustancia que nosotros, son replicantes que quieren apropiarse del poder del estado y del patrimonio de todos.

Ahora ya sabes lo que hay, la sociedad está siendo invadida por una raza de replicantes alienígenas y es una guerra sin cuartel: es o ellos o tú. Pero ahora ya tienes una ventaja, sabes distinguirlos, les delata la desvergüenza.
PD. Hoy el presidente del CGPJ Carlos Lesmes y el ministro de justicia han sacado adelante un plan de juzgados únicos provinciales para favorecer a la banca en la tramitación de los procesos por cláusulas abusivas. Ninguno de ambos se ha sonrojado.

No se puede gobernar contra el pueblo

Hoy es un día de infamia; a pesar de que las asociaciones judiciales han manifestado su clara oposición a la medida, a pesar de que los TSJ’s mayoritariamente se han opuesto, a pesar de que el Consejo General de la Abogacía ha expresado su oposición unánime, a pesar de que Comunidades Autónomas enteras han expresado su rechazo a través de los órganos representativos de la soberanía popular… a pesar de eso, digo, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido llevar a cabo una de las agresiones más flagrantes contra los derechos de los ciudadanos y en favor de la banca.

Verán, tras el hecho de que el CGPJ haya decidido «encapsular» (este es el eufemismo que usan) todos los juicios de hipotecas en un ÚNICO juzgado por provincia no es que se esconda solamente una agresión a los 2/3 de la población española que no vive en las ciudades seleccionadas como sede.

Tras el hecho de que el CGPJ asigne el conocimiento de 1.500.000 hipotecas a tan solo 54 juzgados en España no es que se esconda sólo el hecho cierto de que se estará tratando de provocar un colapso judicial generalizado.

Tras el hecho de que se pretenda atribuir a jueces en prácticas el conocimiento de estos asuntos no se esconde sólo un gesto de desprecio hacia los consumidores.

Tras el hecho de que se trate igual a Soria que Madrid o que se dejen islas sin juzgado no late sólo un rasgo de estolidez propio de la soberbia covachuelista.

Tras el hecho de que el CGPJ obligue a 2/3 de la población española a pagar sobrecostes multimillonarios para acceder a la justicia no se esconde sólo la consecuencia del error de mentes incapacitadas para pensar con conceptos que superen lo provinciano…

No, lo que se esconde tras todas estas infamias encadenadas, es el mayor favor que el sedicente poder judicial podría hacerle a la banca, de tal manera que la norma puede comprenderse mejor si la entendemos escrita al dictado de los intereses de los bancos que de las exigencias de la razón normalmente constituida.

Dificultando el acceso a la justicia de los ciudadanos se favorece a la banca, provocando lentitud en la tramitación de las reclamaciones se favorece a la banca, encareciendo artificialmente las reclamaciones de los ciudadanos se favorece a la banca, maltratando a los 2/3 de la población de España que no vive en capitales de provincia se favorece a la banca…

Busque usted en esta disposición de enquistar las hipotecas en poco más de 50 juzgados un sólo rasgo que favorezca al consumidor y no a la banca y si lo logra estoy dispuesto a invitarle a un café y discutirlo, porque, sin duda, será sólo un espejismo.

Hoy el CGPJ ha comunicado su decisión de pasarse por el forro las opiniones y la voluntad de los ciudadanos, hoy ha vuelto el despotismo (no el ilustrado, que eso sería algo, sino el provinciano) como forma de gobierno… Hoy es un día de infamia.

Sin embargo, lo que toda esta tropa olvida es que no se puede gobernar contra el pueblo o, al menos, que no se puede gobernar impunemente contra el pueblo. Parece que han olvidado el ejemplo de Gallardón marchando a su casa con oprobio y dejando uno de los peores recuerdos que se tiene de un ministro de justicia en España. 

Vamos a tener que recordárselo y vamos a tener que recordárselo de una forma que no olviden nunca jamás. No se puede gobernar impunemente contra el pueblo.

¿Y LexNet qué tal?

Ha pasado un año entero desde que el gobierno obligase a utilizar en los juzgados españoles un sistema de comunicaciones electrónicas denominado LexNet. El sistema, controlado por el Poder Ejecutivo y no por el Poder Judicial, levantó inmediatamente críticas por este fallo fundamental de diseño que compromete la independencia judicial en España.

Pero LexNet no sólo fue criticado por su errónea concepción de base, también fue criticado porque se afirmaba que era un sistema viejo que no suponía una verdadera modernización de la administración de justicia.

Pues bien, ha pasado un año y las estadísticas ya permiten efectuar comparaciones para tratar de comprobar si el sistema ha contribuido de algún modo a acelerar o mejorar el funcionamiento de nuestra administración de justicia. Vamos a tratar de hacerlo.

Casos resueltos (por trimestres) en los años 2015/2016. Fuente: Consejo General de Poder Judicial.
Casos resueltos (por trimestres) en los años 2015/2016. Fuente: Consejo General de Poder Judicial.

La imagen que ven muestra el número de asuntos resueltos en 2015 y 2016 por los juzgados españoles. Aparentemente LexNet habría tenido el efecto de una explosión nuclear pues el número de asuntos resueltos en 2016 es muy inferior al resuelto en 2015… pero no se dejen llevar por el primer impulso, démosle una oportunidad a LexNet. Si observan los gráficos con detenimiento la verdadera causa de la aparente «pérdida de productividad» de los juzgados españoles en 2016 es que el número de procedimientos en la jurisdicción penal ha descendido de forma dramática (se han suprimido, por ejemplo, los juicios de faltas de tráfico ¿recuerdan?) y es, por lo mismo, que la jurisdicción penal es la que muestra una mayor tendencia a la «pérdida de productividad» que las cifras indican en bruto. Mucho más indicativas son las cifras del resto de las jurisdicciones (civil, social, contencioso…)

Y para ser más justos aún no deberíamos tampoco comparar los años 2015 y 2016 en conjunto pues, en los primeros trimestres, ya sabemos que la implantación de LexNet llevó aparejados problemas notables. Probablemente lo más ajustado sería comparar el cuarto trimestre de 2015 (sin LexNet) con el último de 2016 (con LexNet) excluyendo la jurisdicción penal.

Pues bien, si lo hacemos, no sólo no parece que LexNet haya resuelto nada sino que incluso el número de asuntos resueltos ha descendido, lo que quiere decir que los juzgados españoles «producen» menos sentencias con LexNet que sin LexNet.

Pueden buscarse explicaciones para este «descenso de productividad» de los juzgados españoles que traten de exculpar a LexNet… podemos tratar de imaginar explicaciones, sí, pero lo que parece indiscutible es que LexNet, a pesar del tremendo esfuerzo que ha exigido a profesionales y funcionarios y del coste económico para los administrados, no ha conseguido —ni de lejos— aumentar la productividad de los juzgados españoles.

Por si desean consultar los datos originales del Consejo General del Poder Judicial en estos links les dejo los correspondientes a los años 2015 y 2016.

 

Obras son amores

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Dice un viejo refrán castellano que «Obras son amores y no buenas razones» y esta mañana, mientras leía unas «buenas razones» de esas en que es tan pródigo nuestro ministro de justicia Rafael Catalá, se me han venido a la memoria algunos de los edificios judiciales que he visto cuando he viajado por Francia y me ha asaltado una duda: ¿ha importado alguna vez algo la Justicia en España?

He tratado de hacer memoria y recordar aunque fuese un sólo ejemplo de edificio judicial en España que demostrase que aquí alguna vez se le ha prestado atención a la Justicia y se le ha dedicado algo —siquiera sea un poquito— de dinero.

No lo he logrado, la actual sede del Tribunal Supremo era con anterioridad un convento que se adaptó a otros fines, el edificio de la Real Chancillería de Granada poco tenía que ver con un sistema de justicia posterior al absolutismo y la moderna sede del Tribunal Constitucional no parece que acredite un excesivo amor a la justicia, sólo, quizá, el edificio de la Audiencia Provincial de Barcelona en la Avinguda Lluis Companys, pudiese decir alguna palabra en descargo de algún gobernante español.

Y he vuelto a acordarme de Francia y de sus obras… Y he vuelto a repasar las fotografías de la Corte de Amiens (134.000 habitantes), Montpellier (264.538 habitantes), Lyon (491.000 habitantes) o Colmar (66.560 habitantes) y de muchas otras pequeñas ciudades de Francia… Magníficos edificios cargados de arte y años, muestra viva de un país donde la justicia importaba lo suficiente como para gastarse unos buenos dineros en contruir juzgados no ya dignos sino solemnes y bellos.

Y sigo leyendo las «buenas razones» de Catalá y sigo pensando en que en España la Justicia jamás le ha importado a nadie y que esas obras francesas sí que son amores y no lo que nos cuentan en España los ministros de justicia.

Leyes: las justas

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Considerando la administración de justicia desde un punto de vista «cibernético» el profesor Norbert Wiener señaló en «The Human Use of Human Beings» que, cualesquiera que fuesen los deberes de jueces y tribunales, el primer deber que tenían —y tienen— es el de ser predecibles. Es decir que, dado un litigio entre dos personas, siempre podamos predecir de antemano cual será la respuesta del tribunal para ese conflicto con independencia absoluta de quien sea el juez que lo juzga.

La predictibilidad es uno de los factores más a tener en cuenta si queremos disponer de una administración de justicia eficaz pues los ciudadanos, si son capaces de conocer de antemano el resultado de sus litigios, no necesitarán acudir a los tribunales para resolverlos y les bastará con el adecuado asesoramiento. Esta es una de las formas más eficaces de descongestionar los órganos judiciales sin merma de la justicia.

Y siendo esto así, como lo es, ¿qué podemos decir que hayan hecho nuestros gobiernos para hacer de nuestros juzgados y tribunales órganos predecibles? Yo diría que han hecho justo lo contrario de lo que debiera hacerse.

Dejemos sentado en primer lugar que la organización de nuestros juzgados y tribunales así como las normas que rigen su funcionamiento se han diseñado desde antiguo para que las resoluciones de los mismos sean predecibles, toda la pirámide de recursos está destinada a que la interpretación de las leyes sea uniforme y nuestros jueces y magistrados fundan sus decisiones siempre —o casi siempre— considerando las decisiones jurisprudenciales que complementan el ordenamiento jurídico.

Sin embargo, para que la jurisprudencia pueda operar como elemento que dote de predictibilidad al sistema, es preciso que el marco jurídico del que nace dicha jurisprudencia tenga un mínimo de permanencia en el tiempo. Cada nueva ley que se publica exige un tiempo razonable de aplicación para que sean resueltas las dificultades interpretativas que inevitablemente plantea, no es posible generar una jurisprudencia útil en un marco jurídico que cambia cada día.

Y esto, precisamente esto, es uno de los aspectos más censurables del período en que Rafael Catalá ha estado al frente del ministerio de justicia: su hiperactividad legislativa ha provocado que la inseguridad jurídica se haya enseñoreado de nuestros juzgados y tribunales, reformas sobre reformas, hemos visto como en la misma semana las mismas leyes ofrecían dos regulaciones distintas de la primigenia y cómo juzgados y tribunales carecían del mínimo tiempo de adaptación. Y si las leyes hubiesen sido justas y sensatas aún serían bienvenidas, pero es que muchas eran de imposible cumplimiento (seis meses después de la entrada en vigor de LexNet los juzgados de España aún no pueden cumplir la ley), otras tan sólo han recargado de trabajo inútil y esterilizador los juzgados (revisiones de la instrucción de procedimientos ex Ley 41/2015), mientras que otras daban lugar a tres sistemas regulatorios distintos en el lapso de pocos días (entre los días 27 de octubre y 1 de noviembre de 2015 el artículo 520 LECrim cambió dos veces de redacción).

Y si la incontinencia legislativa ayuda poco, mucho menos ayuda a la predictibilidad del sistema el dictado de leyes abstrusas, de difícil interpretación, de escasa calidad legislativa o simplemente injustas o de difícil encaje en el marco constitucional o en el de la legislación europea; leyes cuya aplicación provoca multitud de corrientes y soluciones jurisprudenciales que nunca llegan a consolidarse porque, de nuevo, la incontinencia legislativa se encarga de volver a enturbiar lo que con notable esfuerzo doctrinal la jurisprudencia trataba de armonizar.

En suma, no es mejor gobierno el que produce más leyes, esta hiperactividad legislativa a menudo sólo oculta incapacidad y falta de criterio, pues, en materia de leyes, el principio «pocas y buenas» es el de primera y preferente aplicación. Tratar de desviar la atención del electorado con cortinas de humo del tipo «los españoles son querulantes» o aquella otra repulsiva reflexión gallardoniana que atribuía al número de abogados —y no al gran número de injusticias— la sobrecarga de trabajo de los juzgados, no son más que coartadas para encubrir una más que deficiente actividad legislativa.

Créanme, en materia de normas adhiéranse al principio «pocas y buenas» o, dicho de otro modo: leyes las justas.

Juzgados de Orihuela: A vueltas con el interiorismo judicial valenciano

Ya he tenido ocasión de escribir con anterioridad sobre el peculiar diseño de los juzgados de la Comunidad Valenciana y sus ominosos dispositivos de «cuello de botella». Sus diseños rayan lo surrealista en el caso de la Ciudad de la Justicia de Valencia, post cuya lectura les recomiendo pues en él se encuentran todas las claves de este movimiento artístico que los expertos han dado en llamar: «El nuevo interiorismo judicial valenciano». En el caso del juzgado del que les hablaré hoy estos principios se mantienen a un nivel digno de mención. Les cuento.

Hoy me ha tocado trabajar en Orihuela y he podido comprobar que las cosas aquí no son mucho mejores que en Valencia o Benidorm, juzgados sobre los que ya he escrito; los diseñadores valencianos han vuelto a demostrar en este moderno edificio su afición al mostrador como «interfaz» entre la administración de justicia y los administrados y a la creación de ingeniosos dispositivos de «cuello de botella». Sin duda una solución tan «moderna» como las tabernas de Pompeya o las ventanillas del siglo XIX.

Lo que ocurre es que, decididos sin duda a mejorar tan atemporales soluciones, los diseñadores valencianos han incorporado a las mismas una serie de refinamientos encaminados a lograr la consecución de una serie de importantes objetivos, a saber:

-Que no pueda atenderse a más de una persona al mismo tiempo.
-Que no pueda atender más de un funcionario al mismo tiempo.
-Que la atención se produzca en las peores condiciones posibles y, si es posible
-Que los administrados hayan de esperar a ser atendidos en las condiciones más penosas de estrés e incertidumbre.

Veámoslo.

A fin de lograr que no pueda atenderse a más de una persona al mismo tiempo y a fin de impedir que pueda trabajar más de un funcionario en su atención los Juzgados Valencianos han sido dotados de un micromostrador que, la propia inercia del ecosistema judicial, ha convertido en nanomostrador que ejerce las deseables funciones de cuello de botella:

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Como pueden ver en la imagen, en un día de guardia -por importante que sea el número de detenidos- no hay a disposición del ciudadano o del profesional más que el mostrador que se observa. La inteligente disposición de unas elegantes columnas de expedientes a la izquierda reduce aún más el espacio disponible mientras que el cartelito de la derecha coadyuva eficazmente a que los administrados sepan con toda claridad la función última del dispositivo: «Defunciones». Todo un presagio acorde con ese humor negro tan del gusto de la administración de justicia valenciana.

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Tras él, un único funcionario atiende a cuantos ciudadanos demanden sus servicios, ya sean diez o diez decenas, formando unas interesantes y estéticas colas donde lo mismo está un abogado que va a defender un hurto que un señor que atraído por el cartel de «defunciones» va allí a defuncionarse en decúbito prono. De la interacción entre administrados y abogados nacen interesantes relaciones humanas que han de agradecerse en exclusiva a los diseñadores.

Gracias a estas angosturas el profesional y el ciudadano son incapaces de saber cuándo serán llamados y, dado que están citados todos a las diez de la mañana, pasan en amable hermandad toda la jornada acordándose de los ancestros de los geniales diseñadores, lo que es fuente de mucha solidaridad.

Es verdad que, cerca del mostrador, hay una habitación pomposamente rotulada «Sala de Consulta Profesionales», pero esto no es más que un hábil truco psicológico de los diseñadores: La puerta siempre está cerrada y hay quien sostiene que, en realidad, la tal sala no ha existido nunca y que la puerta es tan sólo un trampantojo destinado a provocar la ira en los administrados, emoción esta que parece producir un regocijo notable a las cabezas pensantes que diseñaron este original sistema.

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Investigando el tema he llegado a saber que hay personas que afirmaban que sí habían estado en esa sala pero que, dado que su uso podría producir algo de comodidad en los administrados, los diseñadores optaron por usarla como almacén y llenarla de expedientes.

Dispuesto a resolver el misterio me he introducido en los recovecos del edificio y ahora puedo afirmar que sí, que la sala de «Consultas Profesionales» existe y que la puerta no es un trampantojo si bien, para impedir su uso y el consiguiente desdoro, han sido apilados contra ella ingentes cantidades de expedientes de forma que la misma no pueda ser abierta y de este modo desvelado su secreto.

Prodigioso.

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Todo esto se complementa con una serie de inteligentes prácticas del tipo:

-No dar copia del atestado al letrado: «Es que solo tenemos copia para el fiscal».
-No informar siquiera de forma aproximada del momento en que se producirán las actuaciones judiciales: «Usted espere y ya le llamaremos».

En el momento de escribir estas lineas son las 12:45, me citaron a las 10:00 y las únicas palabras que he escuchado han sido las ya transcritas: «Solo tenemos copia para el fiscal» y «usted espere», si bien esta última ya me la han repetido tres veces cosa que, sin duda, debo agradecer.

Y aquí estoy, disfrutando del diseño de estos artistas, esperando y escribiendo; pues ese es uno de los benéficos efectos del interiorismo judicial valenciano: Que fomenta los hábitos literarios.

En Orihuela a las 12:45 del 11 de noviembre de 2013.