Es su oficio

Con la palabra «oficio» (officium) los romanos no designaban a ningún trabajo sino a un deber moral que se tenía para con el resto de los ciudadanos. Similar en su naturaleza a los servicios religiosos (que todavía se llaman oficios) hay actividades que se prestan más como deberes para con el resto de los ciudadanos que como actividad laboral.

Ocurre con los médicos y los profesionales de la asistencia sanitaria que, cuando se produce una emergencia, pase lo que pase y mucho más allá de la retribución económica que reciben, su primer deber, su «oficio», es servir a la comunidad y cuidar a quienes necesiten de sus servicios.

Hay actividades que escapan a la comprensión de las teorías económicas y que son ajenas al sano egoismo capitalista, son actividades profundamente humanas y que responden a la generosidad y no al interés, al deber y no a la ganancia, a la ética y no a la economía.

Hoy muchos españoles y españolas estarán en primera fila cumpliendo con su deber mucho más allá de lo que dice su nómina y jugándose la vida por los demás y entre ellos estarán un puñado de abogados y abogadas que cuidarán de los derechos y la libertad de todos.

No les han pagado desde noviembre ni probablemente nadie les pagará esto que hacen hoy, pero puede usted estar seguro de que cumplirán con su deber más allá de lo que pudiera exigírseles.

Porque son abogados y abogadas de raza.

Porque es su oficio.

Improvisando

Improvisando

Improvisar es difícil; cuando preparas una intervención y la escribes sólo has de decir aquello que has escrito pero, si vas a improvisar, la tarea es muy diferente.

Preparar un texto y memorizarlo o leerlo es tarea de escritor o locutor, pero no de orador; el texto, una vez escrito o memorizado, se convierte en un producto terminado y será reproducido igual independientemente del estado de ánimo del auditorio, de su composición, de su formación y de todas esas miles de circunstancias que hacen a cada auditorio distinto e irrepetible. Si el mensaje conecta con el auditorio será perfecto, si no, no habrá remedio.

No me gusta escribir mis intervenciones; cuando he de hablar en algún lugar procuro llegar con antelación y sentarme en un lugar discreto desde el que poder observar a los asistentes para así tratar de intuir cuál es su estado de ánimo, su extracción social, su nivel formativo o incluso su previsible caracterización ideológica. Un mismo tema no se expone igual en una reunión de la Plataforma Antihipotecas que en una asamblea cofrade y, por eso, la misión del orador es adecuar su mensaje al auditorio de forma que, sin alterar el sentido del mensaje, lo haga comprensible y agradable para cada auditorio dado. Al menos yo trato de hacerlo así. Es por eso que, para sentir que estoy haciendo bien mi trabajo, necesito improvisar y eso… eso es difícil.

Se atribuye a Mark Twain el haber dicho que le costaba un día escribir un discurso pero que le llevaba tres semanas improvisarlo y, sea suya la frase o no, lo cierto es que contiene una verdad importante: si quieres improvisar debes trabajar duro mucho tiempo para presentarte ante tu auditorio cargado de recursos y con un abundante arsenal de imágenes, ejemplos, historias y figuras literarias que irás descartando en su gran mayoría según vayas observando la evolución anímica de tu auditorio.

Sí, improvisar tras un largo trabajo es la forma correcta de encarar una intervención pública, aunque, como todo, esto también tiene sus problemas, el primero de los cuales es que, salvo que alguien haya grabado tu intervención, muy a menudo no recuerdas exactamente lo que has dicho y eres incapaz de repetir dos veces el mismo discurso.

Estos días me han pedido bastantes amigos que comparta mi intervención del pasado jueves ante la Sección de Derecho Procesal de la Real Academia Española y he tenido que decirles que, simplemente, no puedo: mi intervención fue improvisada y no conservo más que un guión mínimo de ella. Sin embargo creo que puedo transcribir aquí algo parecido a lo que dije: han pasado apenas unas horas y, mientras viajo en tren de vuelta a casa, es posible que pueda reconstruir parte de lo que conté.

Así pues, sentado lo anterior, vamos al tajo. En el siguiente post trataré de trasladarles el contenido de la ponencia que la Sección de Derecho Procesal de la Real Academia intituló «La comprobación del funcionamiento del software judicial español. Comentarios a la Sentencia del Tribunal Constitucional 150/2019, de 25 de noviembre».

Nos encontramos en el siguiente post.

Bueno para la abogacía, bueno para la sociedad

Bueno para la abogacía, bueno para la sociedad

La ley Alemana de Servicios Jurídicos Extrajudiciales en su artículo 1 proclama:

«Esta ley regula la facultad de poder prestar servicios extrajudiciales en la República Federal de Alemania. Su propósito es proteger a los usuarios, al tráfico y al ordenamiento jurídico de servicios no cualificados.»

En España, un país regido por bancos y aseguradoras, pareciera que la defensa de los consumidores fuese una ofensa a su omnímodo poder y, probablemente por ello, no hay en España una Ley de Servicios Jurídicos: porque impediría finalizar contratos y actos jurídicos con una ciudadanía no asesorada y perfectamente desinformada.

La relación de la abogacía independiente con la ciudadanía y los consumidores es casi de simbiosis; en la Red de Abogadas y Abogados de España usamos de la expresión bantú «Ubuntu»: somos porque son. Y es cierto.

Una sociedad sin derechos no necesita abogados, pero una sociedad sin abogados pronto se queda sin derechos o estos se tornan papel mojado: defendiendo nuestra profesión les defendemos a ellos, defendiéndolos a ellos defendemos nuestra profesión.

Sí, somos porque son y, precisamente por eso, quienes mandan de verdad, los dueños del dinero, no quieren ciudadanos con derechos ni quieren que los abogados interfieran en sus relaciones jurídicas con ellos y, por eso, miran con indulgencia a zurupetos, «asesores», listos, cuñados y demás conatos de juristas.

Cuidar de que el consejo jurídico y la asesoría sean actividad propia de profesionales debidamente cualificados, además, tendría la virtud de frenar las «modestas proposiciones» («A modest proposal». Jonathan Swift) a las que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia nos tiene acostumbrados en este campo de los servicios jurídicos.

Garantizar a los ciudadanos que quien les asiste jurídicamente tiene la cualificación necesaria beneficia a los abogados y abogadas, sí, pero, sobre todo, beneficia a los ciudadanos y a la sociedad en su conjunto.

Si quieres participar en conseguir este objetivo hay un sitio para ti en la #RED.

Ley de Servicios Jurídicos

Ley de Servicios Jurídicos

Que en España los consejos jurídicos los da el cuñado, el vendedor de coches o el comercial del banco que te hace firmar los papeles del préstamo es un hecho que, por notorio, no me detendré en probar.

A los españoles siempre nos extrañó que los ciudadanos ingleses, para firmar una hipoteca, exigiesen la presencia de un abogado que les asesorase. Tampoco los alemanes son ciudadanos que dejen que sea su cuñado o el vendedor de motos quien les asesore jurídicamente y, sin embargo, en España hemos venido firmando complejas operaciones financieras o inmobiliarias sin más asesoramiento que el del propio individuo o corporación que trataba de vendérnoslas… Las zorras cuidando a las gallinas con el visto bueno del gobierno, ya saben.

En Alemania o Inglaterra no ocurren estas cosas porque, simplemente, les parecen inaceptables y las leyes lo impiden. Basta una somera lectura de la «Gesetz über außergerichtliche Rechtsdienstleistungen» (Ley de Servicios Jurídicos Extraprocesales) alemana, o de la «Legal Services Act» británica para entender por qué.

En el mercado de los servicios jurídicos la primera y principal defensa del consumidor pasa porque, quienes ofertan servicios jurídicos, cuenten con la capacitación necesaria y gocen de la necesaria independencia. Sin estos dos requisitos los consumidores quedan en manos de desaprensivos incompetentes o, peor aún, de competentísimos asesores entrenados para asesorar, precisamente, a la parte contraria del consumidor. Por eso, las dos leyes que les he citado, exigen que el consejo jurídico sólo pueda darlo, precisamente, un profesional expresamente capacitado para hacerlo.

A día de hoy, en España, lejos de entender que la intervención y consejo de un especialista es indispensable, todavía puede usted oír eso de «Esto mejor lo hacemos sin abogados, que lo enredan todo». Tal frase, dicha en germanía, traducida al castellano quiere decir: «no le enseñes este papel a tu abogado o te dirá que te estoy estafando».

Porque no existen en España leyes que dejen claro el papel de la abogacía dentro del mercado de los servicios jurídicos es por lo que el sedicente «nuevo» borrador de estatuto general de la abogacía es objetado por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC), porque pretende una reserva de actividad no consagrada en ninguna ley y que, por otro lado, el Consejo General de la Abogacía (CGAE) no se molesta en justificar. Por eso —y por mil cosas más— es un texto pésimo redactado sin el concurso de todos los abogados y abogadas de España.

Por eso, estos abogados que se reunieron en Córdoba, que son —como tú— tan abogados o más que cualquiera de los que se reúnen en un sótano de Recoletos, entre sus conclusiones aprobaron una: la de tener en España una Ley de Servicios Jurídicos que regulase el mercado en este importante sector de la economía y que garantizase que, cualquier consejo sobre cualquier aspecto jurídico en el que interviniese el derecho español, fuese prestado por un profesional con la competencia suficiente porque, de otro modo, se estaría entregando atado de pies y manos el consumidor a la empresa, el prestatario al prestamista y el ciudadano a la corporación.

Por eso la Red de Abogadas y Abogados de España (#R) incluyó entre sus conclusiones del Congreso de Córdoba la de exigir para España una ley de este tipo; y no porque garantice el trabajo de los abogados y abogadas en cuanto que profesionales capacitados sino porque, como dicen las leyes alemanas, británicas y de otros países, es la única forma de proteger los derechos de profesionales y consumidores. Ya sabes: ubuntu.

Si quieres participar en este tarea puedes unirte a la #Red, tu conocimiento y capacidades siempre son necesarias.

Te esperamos.

En secreto y por la espalda

El Consejo General de la Abogacía Española elabora sus normas de forma muy parecida a como los delincuentes cometen sus fechorías: en secreto y a espaldas de sus afectados.

Cuando durante el ¿Congreso? de Valladolid se anunció la existencia un nuevo Código Deontológico, el tal Código llevaba ya un tiempo aprobado sin que, por supuesto, en su elaboración se permitiese participar a nadie que no perteneciese al selecto club del búnker de Recoletos ni, tampoco, se diese información alguna —los debates son secretos siempre en esta congregación— sobre los debates habidos en el ominoso sótano madrileño.

Ahora vuelven a la carga con su deseo de aprobar un «nuevo» estatuto de la abogacía que fue redactado en 2013 (por supuesto a espaldas de la abogacía y con los secretos de costumbre) y que, desde entonces, ningún ministro se ha atrevido a aprobar por malo.

Pero ahí siguen los de Recoletos dando la turra con el «nuevo» estatuto de la «abogacía»; y ustedes comprenderán que use de las comillas cuando llamo «nuevo» a un texto de 2013 y de la «abogacía» a un proyecto redactado a espaldas de los abogados y abogadas de España.

Ahora pretenden también modificar la ley de asistencia jurídica gratuita, y pretenden hacerlo como siempre: en secreto y por la espalda.

El ministro, que, de momento, se encuentra encantado, debiera saber una cosa: que si apoya este tipo de conductas es mucho más que probable que, a no tardar mucho, haya de enfrentar problemas que no espera. No han pasado cien días, está aun a tiempo.


Puedes acceder a este artículo en formato audio (podcast) en: http://www.ivoox.com/47216677

Democracia ¿Orgánica?

Los juristas solemos hablar bastante de humos y aromas de manera que, una de las expresiones más habituales en el mundo del foro, es la del «fumus boni iuris», el «aroma a buen derecho».

Reflexionando estos días sobre el proceso electoral habido en el Consejo General de la Abogacía Española y el pésimo aroma democrático que me llega de él, me ha venido a la mente la posibilidad de que, al igual que se habla de «aroma» o «humo» de buen o mal derecho, se pudiera hablar también de aroma a ley democrática o predemocrática.

Déjenme que les cite aquí el preámbulo de una ley:

El principio de representación orgánica consagrado por el ordenamiento constitucional español se hace efectivo mediante la participación del pueblo en las tareas legislativas y en las demás funciones de interés general, que se lleva a cabo a través de la familia, el Municipio, el Sindicato y demás Entidades con representación orgánica que a este fin reconozcan las leyes. Estas instituciones deben ser amparadas en cuanto satisfacen exigencias socialos de interés general, para que puedan participar eficazmente en el perfeccionamiento de los fines de la comunidad nacional.

Entre las Entidades aludidas se encuentran los Colegios Profesionales, cuya participación en las Cortes y a través de ellas en el Consejo del Reino, así como en las Corporaciones Locales, se reconoce en las Leyes Constitutiva de las Cortes, de Sucesión en la Jefatura del Estado y de Régimen Local.

Como sin duda habrán notado, en este fragmento se citan leyes, instituciones y conceptos que, si han nacido ustedes después de 1975, les resultarán absolutamente desconocidas.

Así, la participación del pueblo en las tareas legislativas, según esta ley que les cito, no se lleva a cabo a través de los partidos políticos sino que se lleva a cabo «a través de la familia, el Municipio, el Sindicato y demás Entidades con representación orgánica».

Toma candela, Manuela, «representación orgánica» ¿Alguno de ustedes sabe bien lo que es eso? ¿Le suena a usted el concepto «Democracia Orgánica» de algo?

No acaba la cosa en eso de «Familia, Municipio, Sindicato y Movimiento» (¡Uy! ¡Se me ha escapado!) sino que el fragmento también nos habla del «Consejo del Reino», la «Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado» y otra serie de instituciones y leyes probablemente desconocidas para usted.

Estoy seguro, joven amigo jurista, que tú no estudiaste esas instituciones ni esas leyes y, muy probablemente, sólo has visto sus nombres en los libros de historia.

El preámbulo de la Ley que acabo de citarte pertenece a la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, aún hoy vigente y que es la que regula el funcionamiento de nuestros colegios.

Si naciste después del año 1975 permíteme que te cuente lo que pasaba ese 13 de febrero de 1974 en que se aprobó la ley.

Ese día 13 de febrero apenas si habían transcurrido 53 desde que, el 20 de diciembre anterior, la banda terrorista ETA asesinase al almirante Don Luís Carrero Blanco, Jefe del Gobierno de España por designación del entonces Jefe del Estado Francisco Franco. El régimen quedó conmocionado y se nombró sucesor del asesinado almirante a Don Carlos Arias Navarro, el cual mantuvo bastantes de los ministros nombrados por su precedesor (8) e introdujo o reintrodujo a cierto número de burócratas falangistas de la línea dura. Prácticamente, la única concesión a la modernidad, y que en su día pareció pequeña, fue la conservación de Antonio Barrera de Irimo, expresidente, tiempo atrás de la Compañía Telefónica Nacional de España, en el cargo de Ministro de Hacienda.

La primera declaración política de Carlos Arias ante las Cortes «orgánicas» (ya sabes, nada de partidos, sino familia, municipio, sindicato…) tuvo lugar el 12 de febrero (un día antes de la aprobación de esta ley que les he citado) en un discurso timidísimamente aperturista que los hagiógrafos del régimen consideraron padre de un nuevo espíritu: el llamado «Espíritu del 12 de febrero», un «espíritu» que se desvanecería en poco tiempo evaporado por la inquietud que causó en el régimen la «Revolución de los Claveles», sublevación militar que se sintió muy cercana a los deseos de muchos españoles y que acabó con la dictadura portuguesa en abril de ese mismo año.

Pues bien, fue en este contexto en el que se aprobó la ley de colegios que aún hoy día nos gobierna.

Que esta ley sea anterior a la Comstitución de 1978 no la hace anticonstitucional, no, pero, sin duda, lo que es innegable es que no fueron precisamente los principios democráticos constitucionales los que la inspiraron sino, más bien, aquellos principios de democracia «orgánica» a que hace referencia la propia ley en su preámbulo y a lo que entonces se llamaban, las Leyes Fundamentales del Reino, con la «Ley de Principios del Movimiento Nacional» a la cabeza.

Por eso ahora reflexiono sobre si el espíritu preconstitucional y orgánico de esta ley no estará detrás del déficit democrático que una buena parte de las abogadas y abogados de este país percibimos en las elecciones de ayer.

Las leyes se hacen para implementar y desarrollar valores y principios y esta de 1974 lo hace, lo que pasa es que los valores y principios que menciona no son los que acoge la Constitución de 1978 sino otros muy distintos.

Insisto, que una ley sea anterior a la Constitución no significa que sea inconstitucional, en absoluto, pero de lo que también estoy seguro es que ya va siendo urgente sustituir esta ley y los principios que la inspiran por otra ley de colegios inspirada en la Constitución democrática que hoy nos rige.

No sé lo que pensarán ustedes.

No en mi nombre

Hoy se celebra algo parecido a unas elecciones en el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y la candidata oficialista va a ganar esas elecciones, pero ni va a representar a los abogados y abogadas de España ni va a tener la autoridad mínima necesaria para dirigir la abogacía.

Nadie puede pretender representar a alguien cuando la voluntad de ese alguien no ha sido consultada. La candidata, que no ha tenido ni la delicadeza de presentar públicamente un programa electoral, aspira a ser presidenta del CGAE y, sin duda, lo será, pero la antidemocrática forma en que entiende los procesos electorales no le permitirá representar a la abogacía ni representar, en modo alguno, el deseo y los intereses de las abogadas y abogados; en todo caso y como mucho, se representará a sí misma y a los decanos que componen el consejo.

Representar a los decanos o al órgano colegiado que ellos forman, no es representar ni a la abogacía ni a los abogados y abogadas que la integran. La candidata se ha cuidado muy mucho de ocultar a abogadas y abogados cuáles son sus objetivos y los decanos que la han votado han guardado un ominoso silencio sobre las razones que les han movido a votarla, las posibilidades, pues, de intervenir u opinar por parte de abogados y abogadas ha sido simplemente nula.

El vínculo entre la candidata y sus votantes es secreto y es secreto porque, con muchas probabilidades, hsy en el mismo aspectos inconfesables (nadie oculta aquello de lo que no tiene que avergonzarse) que tienen más que ver con un sietemesino reparto de trampantojos, puestos y puestecillos en el consejo que con una visión de futuro para el colectivo. La candidata se ha ocupado de ocultar sus intenciones y buena parte de quienes componen el consejo también. Ellos, pues, sabrán a quiénes pretenden representar actuando de esa forma, desde luego a abogados y abogadas no.

La candidata no puede aspirar a dirigir un colectivo cuando antes no ha manifestado en qué dirección le llevará. La candidata debe entender que las personas y colectivos han de tomar la dirección que ellos desean porque lo contrario no es democracia sino manipulación. La candidata no puede pretender llevar a nadie hacia ningún lugar sin preguntarle antes.

Por eso la candidata debe de saber que cada vez que trate de hablar en mi nombre me ocuparé de que mi voz se escuche alto y claro para que todo el mundo sepa que no representa en ningún modo ni mi opinión ni mi criterio. Y tengo la convicción de que una parte cada día más importante de la abogacía, dejará oír su voz para que los españoles sepan que la candidata que hoy va a ganar estas extrañas elecciones carece de autoridad para hablar en nombre de ellos.

No compañera, y ahora me dirijo a ti, candidata, mientras yo pueda estar presente tú no me vas a representar y mientras yo tenga voz tú no hablarás en mi nombre.

Haz lo que quieras con tu cargo, pero no en mi nombre; cobra dietas y gastos, pero no me representes; regala condecoraciones y organiza saraos, pero jamás, jamás, jamás, hables por mí.

Cooptación

Cooptación

Pasado mañana 83 decanos elegirán su presidenta y digo presidenta porque estas elecciones no encierran ninguna sorpresa: el resultado ya está escrito.

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) es un órgano compuesto por los decanos de los 83 colegios de abogados de España, desde Madrid (40.000 abogados) a Tafalla, Tudela o Estella (entre 40 y 100 abogados). Todos los votos valen lo mismo de forma que el voto de los decanos de Estella y Tafalla, que teóricamente representan a menos de 200 colegiados vale el doble que el del decano de Madrid que, teóricamente, representa a 40.000.

Para ganar las elecciones hacen falta 42 votos y para ello hay que convencer a 42 decanos; sin embargo la convicción se produce de diversas formas y ahí se esconde el diablo.

En primer lugar debe usted saber que la presidenta ha elegido a su libre albedrío hasta 9 vicepresidentes. Sí, ha oído usted bien, si se queja de que el gobierno de @sanchezcastejon tiene muchas vicepresidencias CGAE tiene el doble.

No necesito decirle a quién van a votar esas personas, si votan adecuadamente (es decir continuismo) con casi total seguridad seguirán en el cargo. Creo que no necesito decirle más.

Pero la presidenta no solo ha nombrado a los 8 vicepresidentes, también ha nombrado a los cargos de las muchas comisiones y subcomisiones que «funcionan» en el CGAE. Adivinen a quién van a votar estas personas.

Por supuesto la presidenta ha nombrado también a su secretario general, ha propuesto también a los patronos de la fundación, ha condecorado, ha comisionado…

Si a usted le resultan sorprendentes el sinnúmero de saraos, placas, condecoraciones, reconocimientos, homenajes, puestos visibles en conferencias y demás quincalla pseudoaristocrática que tienen lugar entre muchos de los miembros de CGAE tras esta explicación ahora lo entenderá usted mejor: uno no vota en contra de quien le ha concedido o ha favorecido la concesión de una distinción.

El CGAE, pues, más que ser un órgano deliberante es una especie de macroejecutivo donde todos los cargos los reparte una sola persona: la presidenta. Una buena parte de los electores, pues, llegan a estas elecciones siendo parte del equipo de la presidenta y, siendo parte de su equipo, quedan incapacitados para toda autocrítica. Usted puede reconocer a cualquiera de estos «apparatchiki» porque, cuando usted le diga que CGAE funciona mal, él responderá indefectiblemente: «Funcionamos bien pero no sabemos transmitirlo». De nada servirá que usted le responda que CGAE tiene un buen número de periodistas en nómina, que gasta una buena cantidad de dinero en community managers que les escriban los tuits a la presidenta y en newsletters y revistas. A pesar de que gastan en comunicación centenares de miles de euros (que pagamos todos) ellos insistirán en que «no saben transmitir».

Con toda esta cantidad de cargos y prebendas repartidos por la presidenta pueden ustedes imaginarse que el resultado de las elecciones está cantado y pueden ustedes entender también por qué, tras cuatro años catastróficos para la abogacía, pueda repetir como presidenta la principal responsable del desastre.

Es por eso que estas elecciones no me interesan lo más mínimo: porque ya conozco su resultado. Si quieres conocer la verdad de como funciona CGAE es bueno que te des una vuelta por la cuenta de uno de los candidatos @DecanoManoloH

Por eso, si alguien le dice a usted que CGAE cambiará desde dentro, no le dé mucho crédito, es lo que dice quien va a cooperar con la anquilosis. Para cambiar las cosas es necesaria una reforma de la Ley de Colegios Profesionales de 1974 (sí, de 1974, de cuando Franco).
#cooptación

Y en todo caso recuerde que CGAE no solo representa a los abogados que, como tú y como yo, compañero, trabajamos en pequeños despachos o trabajamos como empleados de bufetes, sino que representa también, a esos grandes bufetes, justo como en el antiguo sindicato vertical.

Y aunque tú, compañero, pienses que, por ser nosotros, los pequeños, más, importaremos también más, es bueno que salgas tu error y recuerdes que del ilegal congreso de Valladolid la única opinión que saltó con fuerza a la prensa fue la de los grandes despachos. Y no es el de Valladolid un caso aislado, cuatro años antes el Congreso de Vitoria fue un homenaje al fundador de uno de esos grandes despachos.

Sabiendo esto puedes entender ahora por qué la actual presidenta ni siquiera ha presentado en público un programa: simplemente porque no le hace falta.

Ella necesita los votos de los consejeros, tú, en estas elecciones, no cuentas.

Obscenidad y cooptación

La etimología de la palabra «obscena» es dudosa y se han ofrecido respecto de ella múltiples versiones. De entre todas, la que más me gusta (nótese que digo «la que más me gusta» y no «la más acertada») es la que se atribuye en unos lugares a D.H. Lawrence y en otros a Philip Matyszak.

Según esta versión que les refiero, la palabra «obscena» derívaría de una especie de compuesto de las palabras «ob» y «skena» y se referiría a aquello que sucede en las representaciones teatrales, no en la escena, sino fuera de ella por razones de moralidad.

Se non è vero, è ben trovato: todos conservamos en la memoria muchos de esos trucos escénicos y cinematográficos que permiten que el espectador sepa que algo ha ocurrido en la obra (un asesinato cruel, un adulterio…) pero sin mostrarlo explícitamente a sus ojos. Como nos dice Cervantes en el Quijote (II, 59) «de las cosas obscenas y torpes, los pensamientos se han de apartar, cuanto más los ojos» y es por eso que en el teatro del mundo las cosas que repugnan suelen ocultarse.

A mí, no sé por qué, cuando hablo de obscenidad, suelen venirme a la mente todo tipo de procesos electorales. Seguramente, mi memoria, guarda el recuerdo de todas esas elecciones que he vivido en las que, mientras los candidatos decían una cosa, trabajaban en secreto justamente por la contraria. ¿Quién no recuerda a Felipe González defendiendo la salida de la OTAN para trabajar luego por permanecer? ¿Quién no recuerda a Gallardón prometiendo independencia judicial para hacer justo lo contrario en cuanto le nombraron ministro?

En España estamos acostumbrados a estos obscenos juegos de manos; pero nunca deja de sorprender cómo se nos sigue tratando de engañar con ellos. Me explico.

En fechas pasadas alguien ha convocado elecciones a la presidencia del Consejo General de la Abogacía Española; y digo «alguien» porque, a día de hoy, aún no están disponibles las actas del último pleno tras el que se anunció la tal convocatoria, por lo que no es posible saber si las elecciones las convocó la presidenta, el pleno o el vigilante de seguridad de la puerta y, créanme, no es esta cuestión sin importancia pues podría determinar la nulidad de la convocatoria. Lo que se haya hecho, de momento, está oculto, obscenidad le llaman.

No sabemos qué se discutió en el pleno, pues es secreto, no sabemos que opinó cada consejero, pues se mantiene en secreto, la presidenta no se ha dignado aclararnos por qué adelanta las elecciones, eso lo mantiene en secreto e, incluso, con excepción de un candidato, ninguno ha presentado ni siquiera un conato de programa electoral: no sabemos para qué quieren ser presidentes/as ni lo que piensan hacer si son elegidos, a lo que se ve eso es también secreto.

Se puede disculpar a los candidatos que no tengan preparado un programa debido a lo sorpresivo de la convocatoria y a lo perentorio del plazo pero ¿Y a la presidenta?

Ella promovió la convocatoria de elecciones ¿Y lo hizo sin motivo y sin tener un programa preparado? ¿Es de recibo que alguien se presente siquiera sea a presidente de su comunidad de propietarios sin anunciar lo que quiere hacer? ¿Tan poco respeto democrático nos queda?

No se engañen, claro que tiene programa, pero es un programa obsceno; es decir, un programa secreto y esto puede ser así porque el Consejo General de la Abogacía Española, además de por el principio de obscenidad, se gobierna por el sistema de cooptación.

Se llama cooptación a un sistema consistente en llenar las vacantes que se producen en el seno de una corporación mediante el voto de los integrantes de ella y esta es la forma en que el Consejo General de la Abogacía Españoma elige a su presidenta. Esa presidenta que luego se arrogará la representación de los más de 140 mil abogadas y abogados de España es elegida por el voto de tan sólo 83 decanos, decanos que, por supuesto, no han recabado la opinión de sus iguales simplemente porque no podrían hacerlo: ¿Qué dirán que pretende hacer cada candidato si —con excepción de uno— no hay programas que presentar?

El programa de la presidenta no lo conoceréis pues es obsceno, existe tan sólo en su mente y ni siquiera lo conocen por completo aquellos que por su interés personal —ya lo contaré en otro post— van a votarle.

Obscenidad y cooptación son las dos claves de estas elecciones a la presidencia del CGAE; como podéis imaginar, con tales ingredientes, es casi imposible que pueda resultar nada bueno.

Doce meses, doce causas: (I) Conciliación de la vida familiar y profesional.

Doce meses, doce causas: (I) Conciliación de la vida familiar y profesional.

Va a empezar un nuevo año y quisiera que estas fueran las últimas navidades que los abogados y abogadas pasamos quejándonos y recibiendo estopa. Ya ha sido suficiente. No recuerdo que en los más de treinta años que llevo colegiado nadie haya hecho nada por remediar estas quejas así que sospecho que este año, como en los treinta anteriores, tampoco los encargados de hacer algo harán mucho. Así pues repárate y calienta, porque si alguien va a tener que trabajar me temo que nos va a tocar a nosotros.

Tenemos un año por delante para cambiar las cosas pero, al mismo tiempo, tenemos tanta tarea por hacer que no parece posible realizarla en un año ni en una legislatura; sin embargo, si no empezamos a hacerla, lo cierto es que no la terminaremos nunca. Así pues, aquí tienes doce causas para los doce meses del año 2020, veremos cuantas de ellas tachamos de nuestra lista de tareas dentro de doce meses. Allá vamos con la primera:

1. Conciliación profesional y familiar.

Abogadas y abogados, bien entrado ya el siglo XXI no podemos ser madres o padres como cualquiera de los mortales. No sólo eso, abogadas y abogados ni siquiera podemos enfermar y morir sin que las leyes procesales nos carguen con obligaciones suplementarias a la ya difícil condición de enfermo.

Los plazos procesales no se detienen para las abogadas que han de dar a luz, los juicios no se suspenden para los abogados que quieren asistir al parto de sus mujeres, los términos corren incluso para los letrados que yacen en la cama de un hospital y las lactancias de los hijos e hijas de los profesionales de la abogacía se desarrollan en circunstancias infrahumanas por los pasillos de los juzgados.

No exagero, lo que para un funcionario, LAJ o juez es un derecho evidente para letrados y letradas es, a día de hoy una pura utopía.

¿Permisos de maternidad o paternidad dice usted? Déjeme que me ría, en el caso de abogadas y abogados eso no existe.

Esto no se aguanta más y si el próximo gobierno que se forme no tramita un inmediato proyecto de ley en este sentido que recoja todas estas reivindicaciones pediremos a la oposición que lo haga, pero no podemos llegar a la navidad del año que viene en esta situación.

Tenemos redactada una proposición de ley de conciliación de la vida familiar y profesional, nos da igual si los plazos se detienen, se prorrogan o se usa de soluciones del «management procedure», pero, si esta demanda no se soluciona en los próximos doce meses, el escenario se tornará imprevisible.

Tenemos una alternativa, el consenso en este punto es generalizado, rechazar estas reivindicaciones no tendría sentido. Hay que hacerlo y el momento es ya. En cuanto se constituya el gobierno habremos de recordárselo. En los despachos y en la calle si es preciso.

Y ya sabes, si quieres trabajar por ello no lo dudes y #ÚneteaLaRed