Si en algo ha estado de acuerdo la humanidad a lo largo de los siglos es que la cultura y el conocimiento eran el primer motor de progreso para la especie humana. No es raro, por tanto, que fuesen muchas las personas que trataron de almacenar y preservar todo el conocimiento del mundo por el bien de la especie humana.
Quizá el primero en hacerlo fue un zagal de Cartagena, Isidoro, luego obispo de Sevilla, quien, al escribir sus «Etimologías» escribió la primera enciclopedia del mundo, única compilación del saber humano hasta la aparición, mucho más de mil años después, de la enciclopedia de Diderot y D’Alembert. (En la primera foto un incunable de las «Etimologías» de Isidoro).
Aunque legislaciones poco convincentes trataron de establecer derechos de propiedad sobre parcelas del conocimiento (patentes de medicamentos o de software) a los juristas eso nunca pareció preocuparles pues, nuestro trabajo, se basa en el aprendizaje, cita y análisis de opiniones y textos jurídicos ajenos. Si algún juez del Tribunal Supremo exigiese derechos de autor por citar sus sentencias sería sin duda millonario, pero la sociedad no funciona así; en el mundo forense las únicas piezas literarias a las que la ley reconoce derechos de propiedad intelectual son los informes forenses de letrados y letradas. No es, por eso, extraño que fuesen dos abogados belgas, Paul Otlet y Henri La Fontaine, unos de los más tenaces activistas en la filantrópica tarea de almacenar todo el conocimiento del mundo y lo hicieron conforme a un sistema racional de organización llamado la «Clasificación Decimal Universal» (CDU) con arreglo al que reunieron una ingente cantidad de datos en un archivo llamado «Mundaneum» (la segunda de las fotografías).
En la era de la información esta inclinación del ser humano por acaparar y compartir datos, por difíciles de conseguir que sean, puede ilustrarse (foto 3) con los servidores del CERN (Centro Europeo de Investigación Nuclear) lugar en el cual Tim Berners Lee inventó el lenguaje «html» para poder compartir e interrelacionar conocimiento dando así origen a la web que hoy ocupa nuestras vidas.
Sin embargo, si hay un lugar donde se organiza y acumula conocimiento es en Google, una industria privada a donde acudimos a buscar el conocimiento que necesitamos, pero, sorpresa.
Las fotografías dos y tres son de un fotógrafo, Philippe Braquenier, un profesional que ha dedicado parte de su vida a documentar gráficamente los lugares donde la humanidad almacena sus conocimientos.
Braquenier nunca tuvo dificultad en acceder a lugares secretos (incluso a uno de los búnkeres suecos de la segunda guerra mundial donde wikileaks guarda sus datos) pero uno, precisamente Google, le negó la entrada afirmando que nunca nadie había tebido acceso y nunca nadie lo tendría. La única foto que pudo tomar es la que ven en cuarto lugar.
«En cuestiones de cultura y de saber, sólo se pierde lo que se guarda; sólo se gana lo que se da», la frase, de una sorprendente profundidad, es de un poeta que, a partir de la pasada nochevieja, ya nos pertenece un poco más a todos.
Digo lo anterior porque, este año, han pasado al dominio público las obras de Antonio Machado, el autor de la frase, y es que este año se cumplen 80 desde la muerte de este poeta en el exilio. Conforme a lo que él nos enseñó han tenido que pasar 80 años para que su obra haya podido ser entregada a la humanidad y él haya podido ganar su última batalla.
La frase de Don Antonio, sin duda, la firmaría el más radical de los militantes del partido pirata y es por eso llamativo que fuese pronunciada en la primera mitad del siglo XX. Sin embargo, la frase, se enmarca en una vieja tradición del pensamiento español. Déjenme que les cuente una historia.
Cuando en el siglo XVIII en Inglaterra la Reina Ana aprobó la que pasa por ser la primera ley en materia de propiedad intelectual (el llamado «Estatuto de Ana» y oficialmente «An Act for the Encouragement of Learning, by vesting the Copies of Printed Books in the Authors or purchasers of such Copies, during the Times therein mentioned») se enfrentó radicalmente a la posición de la española Escuela de Salamanca en este punto.
Los sabios de Salamanca sabían que la educación, la cultura y las ideas no eran juegos de suma cero. Si un intelectual daba a otras personas sus ideas él no perdería el conocimiento que entregaba. Las ideas y la cultura, a diferencia de las mercaderías, podías darlas sin perderlas y esto hacía que en el mundo de la cultura no existiese la escasez por lo que la forma de comerciar con la cultura, el conocimiento o las ideas debería ser sustancialmente distinto a la forma en que se comerciaba con la materia.
Esta visión de la realidad, absolutamente correcta desde el punto de vista intelectual y filosófico, chocaba con la más tosca percepción de otros pensadores que, a la vista de que en el mundo de la cultura y la ideas no existía escasez, decidieron crearla artificialmente dictando leyes que prohibiesen la difusión de las ideas.
Antes de la aparición de estas leyes, si usted oía una canción bella, podía usted silbarla, cantarla o incluso hacerse juglar e interpretarla libremente y ganarse así la vida. A partir de estas leyes usted ya no podía hacerlo o, al menos, no podía hacerlo sin pagar algún tipo de canon o regalía. Los juristas inventamos la escasez con esas leyes y así pudimos sentirnos tranquilos y seguir aplicando las ideas y los conceptos que habíamos aprendido en el Digesto.
A día de hoy esto de pagar derechos por cualquier producto cultural nos parece natural y obvio y nos parece que esa es la forma correcta de defender la cultura. Sin embargo, antes de dar nada por sentado, quizá deberíamos preguntarnos por qué, sin derechos de autor de ninguna especie, Esquilo, Sófocles, Eurípides, Virgilio, Horacio, Julio César, Plauto, Terencio, Aristóteles, Platón o el mismísimo Homero escribieron sus obras. Deberíamos preguntarnos por qué las obras de los escultores griegos se reprodujeron sin restricciones en Roma (gracias a esas copias romanas conocemos los originales griegos) o por qué las copias de cuadros clásicos se han llevado a cabo con el beneplácito de la sociedad. ¿Acaso fueron sus obras peores o menos transcendentes que las escritas bajo la vigencia de las leyes de propiedad intelectual?
Consideremos la obra de uno de los creadores modernos por antonomasia: Walt Disney. Su trabajo tuvo tal éxito y ha generado tales ingresos que, hoy, los superhéroes de Marvel, Luke Skywalker y todos los personajes del universo «Star Wars» están en su nómina y ello sin contar a los Mickey Mouse, Pluto o el Pato Donald. Pero ¿Cómo construyó su imperio Disney? Veamos cómo lo cuenta Lawrence Lessig:
En 1928 nació un personaje de dibujos animados. Un temprano Mickey Mouse hizo su debut en mayo de aquel año, en un corto mudo llamado “Plane Crazy”. En noviembre de ese mismo año, en el Cine Colonia de la ciudad de Nueva York, en la primera cinta de dibujos animados sincronizados con sonido, “Steamboat Willie” dio a luz al personaje que se convertiría en Mickey Mouse.
El sonido sincronizado se había introducido en el cine un año antes con la película “El cantor de jazz“. Su éxito llevó a que Walt Disney copiara la técnica y mezclara el sonido con los dibujos animados. Nadie sabía si funcionaría o, si funcionaba, si llegaría a ganarse un público. Pero, cuando Disney hizo una prueba en el verano de 1928, los resultados no dejaron lugar a dudas. Disney describió así aquel experimento:
“Dos de mis muchachos sabían leer música, y uno de ellos sabía tocar el órgano. Los pusimos en una habitación en la que no podían ver la pantalla y lo arreglamos todo para llevar el sonido a la habitación en la que nuestras esposas y amigos iban a ver la película. Los muchachos trabajaban a partir de una partitura con música y efectos sonoros. Después de varias salidas en falso, el sonido y la acción echaron a correr juntos. El organista tocaba la melodía, el resto de nosotros en el departamento de sonido golpeábamos cacerolas y soplábamos silbatos. La sincronización era muy buena.
El efecto en nuestro pequeño público no fue nada menos que electrizante. Respondieron casi instintivamente a esta unión de sonido y animación. Pensé que se estaban burlando de mí. De manera que me senté entre el público y lo hicimos todo otra vez. ¡Era terrible, pero era maravilloso! ¡Y era algo nuevo!”
El socio de entonces de Disney, y uno de los talentos más extraordinarios en el campo de la animación, Ub Iwerks, lo explica con mayor intensidad:
“Nunca he recibido una emoción mayor en mi vida. Nada desde entonces ha estado a la misma altura”.
Disney había creado algo muy nuevo, basándose en algo relativamente nuevo. El sonido sincronizado dio vida a una forma de creatividad que raramente había sido –excepto en manos de Disney– algo más que un relleno para otras películas. Durante toda la historia temprana de la animación, fue la invención de Disney la que marcó el estándar que otros se esforzaron por alcanzar. Y bastante a menudo el gran genio de Disney, su chispa de creatividad, se basó en el trabajo de otros.
Todo esto es algo familiar. Lo que quizá ya no sepas es que 1928 también marcó otra transición importante. Ese año, otro genio, no de la animación sino de la comedia, creo su última película muda producida de forma independiente. Ése genio era Buster Keaton y la película era… “Steamboat Bill Jr.“.
Buster Keaton nació en una familia de actores de Vodevil en 1895. En la era del cine mudo había sido el rey, usando la comedia corporal como forma de arrancarle incontenibles carcajadas a su público. “Steamboat Bill, Jr.” era un clásico de este estilo, famoso entre los cinéfilos por sus números increíbles. La película era puro Keaton, extremadamente popular y de las mejores en su género. “Steamboat Bill, Jr.” apareció antes que la película de dibujos animados de Disney, “Steamboat Willie”.
La coincidencia de títulos no es casual. “Steamboat Willie” es una parodia directa en dibujos animados de “Steamboat Bill”, y ambas tienen como fuente una misma canción. No es solo a partir de la invención del sonido sincronizado en “El cantor de jazz” que obtenemos “Steamboat Willie”. Es también a partir de la invención por parte de Buster Keaton de “Steamboat Bill, Jr.”, inspirado a su vez en la canción “Steamboat Bill”. Y a partir de Steamboat Willie obtenemos Mickey Mouse.
Este “préstamo” no era algo único, ni para Disney ni para la industria. Disney estaba siempre repitiendo como un loro los largometrajes para el gran público de su tiempo. Lo mismo hacían muchos otros. Los primeros dibujos animados están llenos de obras derivadas, ligeras variaciones de los temas populares; historias antiguas narradas de nuevo. La clave para el éxito era la brillantez de las diferencias. Con Disney, fue el sonido lo que les dio la chispa a sus animaciones. Más tarde, fue la calidad de su trabajo en comparación con los dibujos animados producidos en masa con los que competía. Sin embargo, estos añadidos fueron creados sobre una base que había tomado prestada. Disney añadió cosas al trabajo de otros antes que él, creando algo nuevo a partir de algo que era apenas viejo.
A veces el préstamo era poca cosa, otras era significativo. Piensa en los cuentos de hadas de los hermanos Grimm. Si tienes la misma mala memoria que yo, seguramente pensarás que estos cuentos son historias dulces y felices, apropiadas para cualquier niño a la hora de acostarse. En realidad, los cuentos de hadas de los hermanos Grimm nos resultan, bueno, bastante siniestros. Solamente unos pocos padres pasados de ambición se atreverán a leerles a sus hijos, a la de hora de acostarse o a cualquier otra hora, esas historias llenas de sangre y moralina. Disney tomó estas historias y las volvió a contar de una manera que las llevó a una nueva era. Las animó convirtiéndolas en dibujos animados, con personajes y luz. Sin eliminar los elementos de miedo y peligro por completo, hizo que lo oscuro fuera divertido e inyectó compasión genuina donde antes solo había terror. Y esto no lo hizo únicamente con la obra de los hermanos Grimm. De hecho, el catálogo de las obras de Disney que se basan en la obra de otros, es asombroso cuando se repasa el catálogo completo: Blancanieves (1937), Fantasía (1940), Pinocho (1940), Dumbo (1941), Bambi (1942), Canción del sur (1946), Cenicienta (1950), Alicia en el país de las maravillas (1951), Robin Hood (1952), Peter Pan (1953), La dama y el vagabundo (1955), Mulan (1998), La bella durmiente (1959), 101 dalmatas (1961), Merlín el encantador (1963) y El libro de la selva (1967), sin mencionar un ejemplo reciente del que quizá nos deberíamos olvidar, El planeta del tesoro (2003). En todos estos casos, Disney (o Disney, Inc.) tomó creatividad de la cultura en torno suyo, mezcló esa creatividad con su propio talento extraordinario, y luego copió esa mezcla en el alma de su cultura. Toma, mezcla y copia.
Esto es un tipo de creatividad. Es una creatividad que deberíamos recordar y celebrar. Hay quien dice que no hay creatividad alguna excepto ésta. No tenemos que ir tan lejos para reconocer su importancia. Podemos llamarla creatividad de Disney, aunque eso sería un poco engañoso. Es, para ser más preciso, “la creatividad de Walt Disney”, una forma de expresión y de genio que se basa en la cultura que nos rodea y que la convierte en algo diferente.
En 1928, la cultura de la que Disney tenía la libertad de nutrirse era relativamente fresca. El dominio público en 1928 no era muy antiguo y por tanto estaba muy vivo. El plazo medio de copyright era aproximadamente treinta años, para esa minoría de obras creativas que efectivamente tenían copyright.
Eso significaba que durante treinta años en promedio los autores y los dueños de copyright de una obra creativa tenían un “derecho exclusivo” para controlar ciertos usos de esa obra, para hacerlo se requería el permiso del dueño del copyright.
Al final del plazo de copyright, una obra pasaba al dominio público. Entonces no se necesitaba permiso alguno para usarla o para basarse en esa obra. Ningún permiso y, por tanto, ningún abogado. El dominio público era una “zona libre de abogados”. Así, la mayoría de los contenidos del siglo XIX eran libres para que Disney los usara y se basase en ellos en 1928. Eran libres para que cualquiera –tuviera contactos o no, fuera rico o no, tuviera permiso o no– los usara y se basara en ellos. Ésta es la forma en la que las cosas siempre habían sido –hasta hace bien poco–. Durante la mayoría de nuestra historia, el dominio público estaba justo detrás del horizonte. Desde 1790 a 1978, el plazo medio de copyright nunca fue más de treinta y dos años, lo cual significaba que la mayoría de la creación cultural que tuviera apenas una generación y media era libre para que cualquiera se basara en ella sin necesitar permiso de nadie.
Hoy día el equivalente sería que las obras creativas de los sesenta y los setenta serían libres para que el próximo Walt Disney pudiera basarse en ellas sin permisos. Sin embargo, hoy el dominio público solo está presuntamente libre en lo que respecta a contenidos de la década de los 20, los años previos a la Gran Depresión.
La realidad es que hoy día nadie puede hacer con Disney lo que él hizo con los hermanos Grimm pues la propia Disney Inc. se ha encargado de que el Gobierno de los Estados Unidos dicte leyes que lo impidan. Fue el inmenso trabajo de lobby desarrollado por la Disney la que le valió a la reforma de 1998 el nombre peyorativo de Mickey Mouse Protection Act, ya que el interés de defender el copyright del dibujo nacido en el Vapor Willie, a su vez nacido del Vapor Bill Jr. que a su vez nació de la canción del Vapor Bill (supongo que este será el “senior”) era manifiesto.
En 1998 la Copyright Term Extension Act (CTEA) de 1998 – también conocida como Mickey Mouse Protection Act – extendió los plazos de copyright en los Estados Unidos durante 20 años. Antes del Acta (bajo la Copyright Act of 1976), el copyright duraba toda la vida del autor más 50 años, o 75 años para una obra de corporate authorship; el Acta extendió estos plazos durante la vida del autor más 70 años y para obras de corporate authorship durante 120 años tras la creación o 95 años tras la publicación, independientemente de la anterioridad del punto final creativo.
Así pues el imperio Disney no sólo se construyó sobre el ingenio de su fundador sino, sobre todo, por el aprovechamiento de obras previas de otros autores que, ahora, han sido fagocitadas por Disney al provocar sucesivas extensiones del plazo del copyright. Hoy no sólo nadie podría crear en la forma que lo hizo Walt Disney sino que toda la industria de un país, Estados Unidos, se fundamenta en el respeto mundial de unas leyes: las leyes del copyright. Si esas leyes no son respetadas en todas las partes del mundo ¿Qué pasará con la industria del software, de los videojuegos, de Hollywood, materialmente en poder de los Estados Unidos?
Quizá ahora comprendan por qué los Estados Unidos llegan a espiar a los jueces españoles para comprobar si aplican o no estrictamente las leyes de copyright.
Los sabios de la Escuela de Salamanca, si viesen a dónde ha llegado la humanidad, se revolverían en sus tumbas y no precisamente de gozo.
Sin embargo la sociedad se cuestiona cada vez más que este tipo de legislación «contra natura» (contra la naturaleza de la cultura y las ideas) sea beneficiosa o mínimamente buena para la cultura. Les pongo un ejemplo.
Si uno observa en las tiendas de libros, por ejemplo en Amazon, los libros que hay a la venta descubrirá -y esto no es una sorpresa- que los libros más ofertados suelen ser los más recientes; es decir, que los libros escritos entre el año 2000 y 2010 se ofertan más que los escritos en la década comprendida entre los años 1990 y 2000. Nada sorprendente, como digo, pues parece razonable que los libros más recientes se vendan más y esta regla se cumple perfectamente según viajamos hacia atrás en el tiempo, pues, los libros de la década de los 80 se ofertan más que los de la decada de los 70 y así sucesivamente.
Esta constante se cumple perfectamente según exploramos el pasado pero, ¡Oh!, llegados a la década de 1920, al menos en Amazon, los libros de aquella década se venden más que los de la década de los 30 y, si analizamos los libros que se ofrecen de las décadas anteriores, observaremos que la oferta de los mismos aumenta exponencialmente.
La cantidad de libros de cada década ofertados por Amazon puede verse en la siguiente gráfica, presentada públicamente por Paul Heald, profesor de derecho de la Universidad de Illinois. Para realizarla un alumno suyo escribió un programa de ordenador que recogió el número de libros ofertados en Amazon y los clasificó según la década en que fueron escritos. Los resultados fueron expuestos en una conferencia dada por el propio Paul Heald el 16 de marzo pasado en la Universidad de Canterbury.
Oferta de libros según la década en que fueron escritos
Oferta de libros en Amazon según la década en que fueron escritos
Como pueden observar los libros de la década de los 10, se ofertan diez veces más que los de la década de los 60.
La explicación a este curioso fenómeno se encuentra en la regulación del copyright, pues, los libros que se escribieron en la década de los 20 ya están casi todos en el dominio público -su copyright ha expirado- y Amazon puede ponerlos a disposición del público sin problemas. No ocurre lo mismo con los de las décadas siguientes, de forma que los lectores quedan dramáticamente privados de la posibilidad de comprarlos.
Como puede observarse en la gráfica el copyright ha convertido el siglo XX en un erial cultural, privando de todo sentido a la legislación en materia de copyright que, como vemos, no sólo no estimula la cultura sino que, simplemente, la bloquea haciendo caer en el olvido a decenas de miles de títulos que los lectores, eventualmente, podrían leer.
Sí, parece que los datos dan la razón a Don Antonio; en materia de cultura solo se gana lo que se da —los libros anteriores a la década de los años 20-30 del siglo pasado— y sólo se pierde lo que se guarda —los libros editados con posterioridad—.
A día de hoy dos concepciones libran una lucha a muerte: la que considera la cultura como una mercancia sujeta a las reglas del mercado y la que considera la cultura algo distinto de un mera mercancía con que comerciar y fija su atención en sus capacidades para promover el desarrollo humano.
Es obligación de los juristas imaginar una regulación acorde con la naturaleza del mundo de la cultura y las ideas que resulte beneficiosa para la sociedad en su conjunto y no para unos pocos (¿Hablamos de las patentes de fármacos?) y, sobre todo, que no lastre el desarrollo y la felicidad de todos para enriquecer a unos cuantos.
Afortunadamente, a partir de este año, resultará más fácil leer a Machado.
Hace apenas dos días, tras una conferencia improvisada que di en Sabadell sobre informática y derecho, hubo tertulia en un bar cercano con varios de los asistentes a la charla entre los que se encontraba Manuel Cachón, catedrático de derecho procesal en la Universidad Autónoma de Barcelona y hombre de enciclopédica cultura y fina sensibilidad.
La conversación corrió distendida por temas relativos a la propiedad intelectual y la no siempre razonable forma en que los estados la regulan. Se habló de las patentes de ADN, se habló de agricultura, se habló de los organismos genéticamente modificados y se habló, naturalmente, de los efectos que los mismos tienen o pueden tener sobre nuestro hábitat.
Yo, por mi parte, hablé a mis contertulios del «Roundup», un herbicida capaz de acabar con todas las plantas a excepción de aquellas que habían sido modificadas genéticamente para ser inmunes a él. Soja, maíz y muchos vegetales han sido modificados genéticamente por una conocida multinacional norteamericana (Monsanto) para que sean «RR» (Roundup Ready) y hasta hay noticias de trigo que podría estar modificado genéticamente.
El uso intensivo y sofisticado de herbicidas, el uso de semillas modificadas genéticamente en países pobres y las consecuencias socioeconómicas de toda esta agricultura hipertecnificada dieron para un breve rato de amena charla.
Sin embargo, si algo recuerdo de aquella conversación, fue una observación que hizo Manuel Cachón: «Viajando por Castilla cada vez se ven menos amapolas en los campos».
Y pensé que tenía razón, que la amapola no es para el agricultor más que una mala hierba que suele crecer en los cultivos de cereal y que, con tanto herbicida hipertecnificado, no solo estábamos acabando con las malas hierbas sino con las amapolas y hasta un poco con la lírica.
Lo escribo hoy para no olvidar la observación sobre la modernidad y la poesía, debo volver algún día sobre este tema aunque solo sea porque, de niño, me gustaba aquel poema —creo que de Juan Ramón Jiménez— que empezaba…
Hoy estoy disfrutando de un gran sitio (Real Sitio le llaman) gracias al cariño de unos amigos y aquí va una foto del lugar. Mando esta foto y no otra por dos razones. La primera porque me parece una vista bonita del exterior y, la segunda, porque está absolutamente prohibido tomar fotos en el interior ni siquiera desactivando el flash. Esta prohibición me resulta muy llamativa.
En los Estados Unidos hasta las fotografías de la luna tomadas por los astronautas de la NASA están libres de derechos de autor y es justo que así sea. Todos los estadounidenses pagaron con sus impuestos los inmensos gastos necesarios para que los astronautas llegaran allí y tomasen las fotos: todos son copropietarios de esas imágenes.
Lo dicho de la NASA se aplica a las fotografías o imágenes tomadas por personal del ejército o de la administración.
Para mi sorpresa, que he hecho fotos en el Louvre o en Versalles, en el Escorial está prohibido a pesar de que es propiedad de todos los españoles y nuestros antepasados pagaron hasta el último bloque del carísimo granito con que está edificado.
Una de las evidencias más importantes que debemos tener en cuenta para entender las protestas actuales en relación con el disparatado sistema legal de propiedad intelectual que nos gobierna, es la de reconocer que el conocimiento (la información) es uno de los más importantes recursos naturales con que cuenta la humanidad. La información, es fácil comprenderlo, es la materia prima con la que se elaboran todas las grandes obras, construcciones y creaciones del género humano.
Las investigaciones del famoso economista Paul Romer mostraron claramente que la información, el conocimiento, como recurso, son los que generan el crecimiento económico de los hombres y las naciones. Una vez que uno percibe y asimila esta realidad, las preguntas sobre la naturaleza y funcionamiento de este increíble recurso natural comienzan a amontonarse.
Pensemos, por ejemplo, en cualquier otro recurso natural distinto de la información o el conocimiento: ¿No estaríamos todos de acuerdo en que lo mejor para la humanidad sería disponer de una cantidad ilimitada de ellos?
Si no existiese escasez de cereales en el mundo lo consideraríamos, sin duda, algo positivo; si dispusiésemos de fuentes de energía inagotables sin duda también lo consideraríamos un factor positivo para la humanidad. Es cierto que la superabundancia de alimentos o energía podría tener efectos colaterales perniciosos en algunos casos, pero, indudablemente, el hecho de que la humanidad dispusiese de tantos cuantos alimentos o energía necesitase, sería, antes que nada, una bendición.
Sin embargo, cuando esta abundancia aparece en un sector donde antes sólo había escasez, los problemas salen a la superficie. Déjenme que les ponga un ejemplo.
Quizá ustedes se hayan preguntado alguna vez cómo era posible que, desde la más remota antigüedad, se consumiesen helados o se tratasen enfermedades y se conservasen los alimentos gracias al hielo. Es obvio que la tecnología del frío es muy reciente y cabe preguntarse cómo obtenían hielo en la antigüedad en zonas tan cálidas como Roma o Barcelona incluso durante el verano. El secreto estaba en unos pozos excavados en la tierra con muros de contención e incluso con techo, que disponían de aberturas para la introducción de la nieve y posteriormente la extracción del hielo. A esos pozos se les llamaba «neveras» (sí, como su frigorífico) y dieron lugar a una muy floreciente industria de producción y reparto de hielo. El gran desarrollo de esta industria tuvo lugar entre los siglos XVI y XIX, y ha sido utilizada hasta mediados del siglo XX, cuando, con la aparición de los primeros frigoríficos su uso devino innecesario. Sobre 1890 aparecieron también las primeras fábricas de hielo y, hasta que la electricidad no fue un recurso común en todas las casas, la industria de las neveras dio trabajo a muchos hombres y mujeres.
Yo recuerdo perfectamente la primera nevera de que dispusieron mis padres, era poco más que un armario en el que se introducía un bloque de hielo que se compraba en la fábrica de hielo y que se repartía incluso a domicilio.
La aparición de los frigoríficos convirtió las neveras y la industria a ella asociada en manifiestamente obsoleta de forma que, de ella, ya sólo nos queda su nombre.
Sin embargo, cuando aparecieron los frigoríficos, nadie se planteó establecer un canon sobre ellos para evitar el cierre de industrias de hielo; tampoco nadie se planteo prohibir la fabricación doméstica de hielo o imponer restricciones a la venta de refrigeradores. Ciertamente el drama de los trabajadores y empresarios del sector no era diferente entonces del de las empresas e industrias que la revolución tecnológica ha convertido ahora en obsoletas. No tenía sentido entonces perpetuar artificialmente una industria obsoleta en perjuicio del común de los ciudadanos y no tiene sentido ahora defender privilegios sin sentido en contra del interés común.
La industria del frío, además, aunque cerró numerosas neveras y fábricas de hielo y mandó al paro a un buen número de trabajadores, abrió nuevos mercados y nuevas oportunidades de negocio. Hoy todos disponemos de frigoríficos cuya construcción genera un buen número de puestos de trabajo, la posesión generalizada de frigoríficos permite asimismo que todos dispongamos de productos congelados en casa, un producto que antes apenas se podía comercializar… En fin, les dejo imaginar el resto.
La aparición de los frigoríficos hizo que desapareciese la escasez de hielo, escasez que había permitido florecer durante dos mil años a una industria. Indudablemente la aparición de los frigoríficos fue un mal indudable para los empresarios del sector de las neveras pero, en pocos años, se puso de manifiesto que, en general, fue un avance para la sociedad en su conjunto.
El ejemplo anterior creo que ilustra suficientemente por qué, cuando aparece la abundancia en un sector económico donde antes había escasez, los problemas afloran. Siempre que existe escasez en un sector económico alguien construye un negocio sobre ella. En el ejemplo anterior eran los fabricantes de hielo, pero otros muchos ejemplos pueden ponerse, como por ejemplo el de la distribución de agua cuando no existían suficientes redes de canalización, el de los instrumentistas músicos cuando no existía la industria del disco o el de los amanuenses y copistas cuando la imprenta aún no estaba inventada. En fin, puede usted encontrar tantos cuantos ejemplos desee pero, allá donde exista escasez, siempre aparecerá alguien que construye un negocio sobre dicha escasez; de hecho, una de las definiciones más extendidas de la economía es aquella que la define como «La ciencia que se encarga del estudio de la satisfacción de las necesidades humanas mediante bienes que, siendo escasos, tienen usos alternativos entre los cuales hay que optar».
El concepto de «escasez» aparece siempre que hablamos de economía y la desaparición de esta escasez da lugar a fenómenos que merece la pena considerar.
Hace ya años que la mayoría de los economistas rechazaron la idea mercantilista de que los estados debían constituir monopolios que generasen escaseces artificiales a fin de lucrarse con ellos, porque se percataron de que, a largo plazo, un mercado competitivo resultaba mucho más ventajoso para todos. Es verdad que, para quienes disfrutaron del monopolio del comercio con las colonias de América, del monopolio del azúcar o de la sal, el fin de sus monopolios fue una noticia terrible y desagradable pero, para el resto de la población, el fin de los privilegios monopolísticos sólo trajo bienestar y riqueza.
Por lo que respecta a la información y al conocimiento, considerados como recurso natural, debemos decir que son recursos no meramente abundantes, sino que, simplemente, son infinitos.
Tal y como escribió Thomas Jefferson
«Si la naturaleza ha creado alguna cosa menos susceptible de ser poseída como propiedad privada que todas las demás, esta es ese resultado del poder del pensamiento al que llamamos «idea», la cual sólo puede ser poseída por un indivíduo en la medida en que la guarde sólo para él pues, en el mismo momento que la divulgue, la pone en posesión de todo el mundo sin que ninguno de quienes reciban tal idea pueda desposeer a quien la difundió de la posesión de la misma ni desposeerse ellos mismo de ella. La peculiaridad de las ideas es, también, que nadie pierde la posesión de las mismas porque las transmita a otro por completo. Aquel que recibe una idea de mí recibe instrucción para él sin que yo pierda la instrucción que le he transmitido, al igual que quien enciende su lámpara en una mina recibe su luz sin por ello oscurecernos a nosotros. Que las ideas puedan difundirse libremente de un lugar a otro del globo, para la instrucción y mejora de la condición moral del hombre, parece haber sido una pecualiaridad diseñada por la benevolencia de la naturaleza cuando las creó, como el fuego, que se propaga a todas partes sin perder su densidad en ningún punto, y como el aire en el que respiramos, nos movemos y vivimos, incapaz de ser confinado ni ser objeto de apropiación exclusiva. Las invenciones no pueden ser, por naturaleza, objeto de propiedad»
También en España la naturaleza perversa y errónea de la legislación en materia de propiedad intelectual fue denunciada desde los primeros momentos de su instauración, y no por pensadores aislados sino nada menos que por la Escuela Iusnaturalista de Salamanca, religiosos desde luego de reconocida autoridad en todo el orbe en el campo del Derecho Natural. Partiendo del concepto de Santo Tomas de Aquino de la suidad, la escuela de Salamanca circunscribió a mediados del siglo XVIII la protección a lo que luego se llamarán derechos morales, atacando frontalmente la equiparación del privilegio real con una forma de propiedad, dado que sobre las ideas, conocimientos y conceptos no puede reivindicarse propiedad con independencia del estado, ni la transmisión llevarse a cabo como un juego de suma cero como sí ocurre con la propiedad de las cosas. Además, no siendo la propiedad un derecho natural, difícilmente podría argumentarse su universalidad.
Sin embargo y a pesar de lo dicho por Jefferson, todavía hay personas que piensan que la información, el conocimiento, estos fascinantes recursos humanos, deben de ser limitados, encerrados, poseídos y sujetos a propiedad. Esto es así porque es mucho más simple darse cuenta de que el fin de la escasez (el fin del negocio del hielo) perjudicará a las personas que viven de dicha industria que darse cuenta de que, a pesar de esos aspectos negativos para unos pocos, el fin de la escasez permitirá la aparición de nuevos mercados y formas de negocio en forma de fabricantes de refrigeradores, distribuidores de productos congelados, fabricantes de aire acondicionado… cada uno de los cuales tratará de ofrecer mejores productos que beneficiaran a los consumidores y harán crecer los mercados, la riqueza y las nuevas oportunidades de negocio.
Ciertamente que resulta muy sencillo percibir que la industria de las fábricas de hielo se resentirá y que los oligarcas de estas empresas lo pasarán mal y parece que, cuando hablamos de información y conocimiento, nuestros gobernantes caen una y otra vez en esta percepción simplista, bien es verdad que eficazmente «ayudados» por quienes no quieren que su monopolio se acabe y prefieren que sigamos consumiendo su hielo a que dispongamos de refrigeradores.
En un post anterior ya les conté como Tim Berners-Lee, el creador del lenguaje html con el que funcionan todos los navegadores y webs de internet, en todas sus entrevistas siempre tenía que contestar a la misma pregunta «¿Por qué no patentó usted su invención y ahora sería millonario?». Berners-Lee suele contestar que las cosas son así en materia de conocimiento, información e internet. Nadie pagaría por usar su lenguaje, para que las personas hablen un mismo lenguaje el mismo debe estar a disposición de todas sin restriccciones y un lenguaje sirve de poco si lo usa un sólo interlocutor como un teléfono no sirve de nada si no hay otro teléfono al que llamar. Nadie crea nada desde cero. Como dijo Sir Isaac Newton para él sus descubrimientos eran perfectamente sencillos y naturales, porque los había realizado apoyándose en hombros de gigantes (Galileo, Copérnico, Kepler…). En materia de conocimiento es una obligación moral permitir que, al igual que nosotros nos elevamos sobre los hombros de quienes nos precedieron, aquellos que nos han de seguir puedan subir sobre los nuestros. Quizá si Tim Berners-Lee hubiese patentado alguna de sus invenciones podría ser ahora un poco más rico; lo indudable es que la humanidad en su conjunto sería ahora más pobre. ¿Qué interés deben, pues, defender quienes dicen que nos representan?
Así es como funciona la red o, al menos, así es como ha venido funcionando hasta ahora que han aparecido una serie de políticos que no entienden de moral y sí sólo de su interés y el de unos pocos fabricantes de hielo. Las industrias del entreteniiento y la propiedad intelectual, ahora, tratan incluso de lavarnos el cerebro para convencernos de que el conocimiento y la información son esencialmente poseíbles y apropiables. Por lo que parece lo están logrando en muchos casos, pues se permiten llamar ladrones y piratas a quienes simplemente copian información y hacen con ella aquello para lo que la naturaleza la creó. No saben nada, no entienden nada y no tienen otro norte que el de su propio beneficio.
El fundamento originario de las leyes sobre copyright y propiedad intelectual fue crear una ficción jurídica temporal para que, en cierto modo, determinados individuos pudiesen controlar el uso y distribución de determinadas obras o conocimientos.Se pensaba que, de este modo, se incentivaría la creación de las mismas y por ello, porque era bueno para todos, se aprobaron dichas leyes.
Sin embargo, con el paso del tiempo, esos derechos se fueron pervirtiendo, aumentando su plazo de ejercicio hasta límites intolerables, permitiendo que Su titularidad recayese sobre personas jurídicas (otra ficción) y, finalmente, a golpe de presión de la industria, han perdido todo el sentido que los hizo nacer. Los ejemplos de las infames consecuencias de esta legislación son, a día de hoy, innumerables y que incluso pueda responsabilizarse a dicha regulación de la pobreza y hambruna de grandes zonas del planeta. Trataré de ese tema en otro post, ahora simplemente piense usted que el cereal que alimenta a la mayor parte de la humanidad es el maíz, que llevó a los mayas miles de años de selección de plantas conseguir las mazorcas que usted conoce (las primeras mazorcas apenas contenían tres o cuatro granos de maíz) y que ahora… Ahora se modifica genéticamente y se patenta este maíz, de forma que se priva a pueblos de la tierra de la posibilidad de plantar y consumir una materia prima que ellos mismos crearon con su esfuerzo a través de milenios.
Si usted está pensando que la legislación sobre copyright y propiedad intelectual tan sólo tiene que ver con la posibilidad de que usted se descargue gratuitamente canciones o películas se equivoca. Quizá es eso lo que quieran hacernos creer quienes pervierten la regulación en esa materia, pero es lo cierto que sobre esas leyes se está construyendo un mundo absolutamente injusto en beneficio de unos pocos y en perjuicio de casi todos.
Estamos a tiempo de rechazar todavía esta economía del monopolio y de la escasez artificial. No es sólo megaupload.
PD. Este post es un remix de otros posts de diferentes personas, singularmente Mike Masnick, Falkvinge y otros diversos posts míos. Es así como funciona la red.
Una de las formas de evaluar la credibilidad de quienes formulan pronósticos es verificar el grado de aciertos que han tenido previamente, de forma que, ahora que la industria del entretenimiento amenaza con horribles cataclismos económicos si no se lleva a la práctica la Ley SINDE en España o SOPA en Estados Unidos, quizá sea bueno comprobar qué nivel de aciertos han tenido estos profetas en casos anteriores. Comprobémoslo.
En los años 20 la industria del disco predijo que la radio acabaría con ellos si no se tomaban medidas. El argumento era que, dado que la radio era gratis, nadie querría comprar sus discos. No necesito decirles que la radio, finalmente, lo que hizo fue aumentar la venta de discos.
En los años 40 las grandes compañías cinematográficas hubieron de prescindir de su principal canal de distribución -poseían el 50% de los cines en Estados Unidos-. Las cinematográficas predijeron que el fin estaba cercano, sin embargo el número de salas de cine creció en los Estados Unidos de 17.000 en 1948. 38.000 en la actualidad.
Cuando apareció la televisión que, como la radio, era gratuita también se afirmó que era el fin del cine. Ya conocen el resultado.
En los 70 aparecieron los Videos que permitían grabar directamente de la televisión. Los empresarios del sector del cine clamaron que ese era el final de su industria. La publicidad de los lobbys del sector en aquella época fue tremenda en USA. La realidad demostró que la aparición del video hizo que los beneficios del sector se multiplicaran exponencialmente. Gracias al nuevo canal de distribución los ingresos por alquiler de videos superaron los de las salas de proyección.
Con este currículum como profetas quizá no sería malo que tuviesen un poquito más de cuidado a la hora de emitir pronósticos y, sobre todo, algo más de respeto con esas personas de las que viven y a quienes llaman «piratas».
La liberación generalizada de los «cables» de la Embajada Norteamericana por parte de WikiLeaks permite comprobar, no sin cierto asombro, la atención que dedican los estadounidenses a nuestra pequeña región. Aparte de los esperables cables confidenciales relacionados con las actividades militares de Cartagena me llaman especialmente la atención los cables relacionados con la defensa de los derechos de propiedad intelectual y el impacto que causó el auto de sobreseimiento dictado por el juez del Juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena -De la Torre Guzmán- en las Diligencias Previas/Procedimiento Abreviado número 665 /2007.
Es preciso recordar en este punto que toda la actuación de las autoridades españolas en materia de propiedad intelectual -y, a juzgar por el contenido de este cable, esa vigilancia incluye a nuestros jueces- es seguida estrechamente por las autoridades norteamericanas que tratan de imponer una legislación favorable a sus intereses comerciales usando de todo tipo de medios de presión.
Pues bien, para mi sorpresa, husmeando entre los «cables» de la Embajada Norteamericana en Madrid relativos a propiedad intelectual me he encontrado con este cable de fecha 28 de octubre de 2009 («sensitive but unclassified») en el que se hacen eco de la resolución de la Audiencia Provincial de Cartagena (AKA Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Murcia). Copio sólo un párrafo del cable, el mismo se acompaña completo al final, que dice:
«Rights-holders’ groups were heartened by a September
decision of a three-judge appellate panel of the Provincial
Court of Murcia. An investigating judge had dismissed a
criminal complaint filed by rights-holders in 2006 against a
website («Elite Divx») that made files available for
peer-to-peer (P2P) downloading. The lower court followed the
interpretation contained in the Circular, according to which
most unauthorized P2P activity should be pursued as a civil
wrong rather than as a crime. (Note: In large part because
of the Circular, media routinely report, and the Spanish
public at large generally believes without question, that P2P
activity is entirely legal. End note.) In sending the case
back to the lower court to be re-tried, the appellate court
found that unauthorized P2P activity is in fact covered by
the relevant sections of the Penal Code; that it comprises a
form of «public communication…in the form of making
(content) available»; that therefore (in direct contradiction
of the Circular) the «private copy exception» does not apply;
and that – even accepting the Circular’s controversial
interpretation that a commercial profit motive must be
present for criminal penalties to apply – the revenues earned
by the website from advertising demonstrate that it is «an
authentic business receiving important economic benefits
which increase based on the number of visits» and thus
covered by the Penal Code.»
La actuación de los USA para forzar en España y en Europa una legislación en materia de propiedad intelectual que favorezca sus intereses es algo que merece un artículo de fondo que llevo preparando unas semanas.
Les dejo con el texto completo del cable.
US embassy cable – 09MADRID1052
ZAPATERO PROMISES ACTION TO COMBAT INTERNET PIRACY
Identifier: 09MADRID1052
Origin: Embassy Madrid
Created: 2009-10-28 15:29:00
Classification:
Tags: ETRD KIPR EINV ECPS KCRM SP
VZCZCXRO3097
RR RUEHIK
DE RUEHMD #1052/01 3011529
ZNR UUUUU ZZH
R 281529Z OCT 09 ZDK MULT SVCS
FM AMEMBASSY MADRID
TO RUEHC/SECSTATE WASHDC 1384
INFO RUCNMEM/EU MEMBER STATES COLLECTIVE
RUEHLA/AMCONSUL BARCELONA 4176
RHEHNSC/NSC WASHDC
RUCPDOC/DEPT OF COMMERCE WASHDC
UNCLAS SECTION 01 OF 05 MADRID 001052
SENSITIVE
SIPDIS
STATE FOR EUR/WE AND EEB/TPP/IPE: T.O’KEEFFE AND J.URBAN
STATE PASS USTR FOR D.WEINER AND J.GROVES
STATE PASS U.S. COPYRIGHT OFFICE FOR D.CARSON, M.PALLANTE
AND M.WOODS
COMMERCE FOR 4212/D.CALVERT
COMMERCE ALSO FOR USPTO
E.O. 12958: N/A
TAGS: ETRD, KIPR, EINV, ECPS, KCRM, SP
SUBJECT: ZAPATERO PROMISES ACTION TO COMBAT INTERNET PIRACY
REF: A. MADRID 982
B. MADRID 417
C. MADRID 410
D. MADRID 224
MADRID 00001052 001.3 OF 005
SENSITIVE BUT UNCLASSIFIED – PLEASE PROTECT ACCORDINGLY
SUMMARY
(SBU) In an October 21 speech to the American Business
Council, President Zapatero addressed internet piracy in
public for the first time, acknowledging that deficiencies in
IPR protection in Spain are a source of concern to the USG
and the GOS. Zapatero pointed to the October 9 creation by
the Council of Ministers (Cabinet) of an Inter-Ministerial
Commission to study Internet piracy, which he said will
submit recommendations to the government before the end of
this year. The Commission appears to formalize and enhance
ongoing working-level Inter-Ministerial discussions. Its
formation, the December 31 deadline, and Zapatero’s
high-profile statement are encouraging signs suggesting that
progress may be forthcoming. Post believes Zapatero’s
October 13 meeting with the President has contributed to both
the formation of the Commission and Zapatero’s willingness to
go on record emphasizing the need for a solution.
(SBU) Meanwhile, developments continue on other fronts,
and the decline in music, video, and movie sales this year
provides more evidence of the seriousness of the problem.
The government continues to urge the content providers and
the Internet Service Providers’ (ISP) association (the
«Coalition» and «Redtel,» respectively) to reach agreement on
measures to deter piracy. The two sides continue to exchange
proposals, but Coalition sources advise that any agreement
reached will be of modest scope. The Coalition also
announced it is developing a «macroweb» to make content
legally available online, which it plans to deploy in 2010
once the government begins to implement measures to protect
online content. Separately, rights-holders’ groups have won
some internet piracy court cases and lost others. On October
19, the Coalition sent the Ministry of Industry, Tourism, and
Trade (MITYC) a list of some 200 commercial-scale pirate
websites, asking the Ministry to take dissuasive action and
also to pass the list to the Prosecutor General’s office
(Fiscalia) for criminal charges. End Summary.
THE NEW COMMISSION
(U) During the weeks leading up to President Zapatero’s
October 13 meeting with President Obama, U.S.
copyright-dependent groups such as MPAA and the Recording
Industry Association of America (RIAA) pressed actively to
have President Obama raise internet piracy with Zapatero.
Members of Congress sent a letter to USTR and the Commerce
Department with the same message.
(U) On October 9, Spain’s Council of Ministers (Cabinet)
announced the establishment of an Inter-Ministerial
Commission to address the problem of IPR violations on the
internet. The Council tasked the Commission with analyzing
the existing regulatory framework and identifying actions
that will make the criminal and civil judicial processes more
effective in protecting copyrights online and offering
remedies to rights-holders. The Commission is to provide the
Council with its preliminary conclusions and recommendations
by December 31.
(U) Senior officials (roughly Under Secretary and
Assistant Secretary equivalents) of the following eight
Ministries will comprise the Commission: MITYC, Culture,
Interior, Justice, Education, Foreign Affairs and
Cooperation, Economy and Finance, and the Presidency. The
Commission held its first meeting October 23 to set its work
agenda. The Commission will build on informal collaborative
efforts undertaken over the past several months at the
working level by MITYC, Culture, Industry, and Justice.
(U) In an October 22 meeting with Charge, MITYC State
Secre tary for Telecommunications and the Information Society
Francisco Ros acknowledged the challenge of coordinating
among eight Ministries but stressed the benefits of including
all relevant actors in the discussion of possible solutions.
MADRID 00001052 002.3 OF 005
He framed the problem as one of reconciling IPR with privacy
and other fundamental rights, arguing that in Spain and other
countries, government attempts to regulate the Internet have
sparked protests by privacy advocates and counter-measures by
legislatures.
(SBU) Rights-holders are convinced that the mere
possibility of Zapatero’s having to address the issue in his
meeting with the President spurred the government to action.
Coalition President Aldo Olcese called the Council of
Ministers’ announcement, which our government contacts had
played up all week as imminent good news that would
demonstrate the government’s seriousness, «a cynical maneuver
to give Zapatero something to say» in case President Obama
did raise the issue. Olcese also called the announcement of
the Commission a delaying tactic, since it pushes any
solution into the future. He predicts the Commission will
recommend among other things that Spain seek a European-wide
approach to Internet piracy during its EU Presidency, an
approach that State Secretary Ros is known to support but
which rights-holders fear could lead to further delay.
ZAPATERO RECOGNIZES THE PROBLEM
(SBU) The reported discussion of internet piracy by a
senior White House official with close advisors of Zapatero,
and GOS pleasure with Zapatero’s visit to DC as a whole,
appear to have resonated at senior levels of the GOS. In an
October 21 speech to the American Business Council (ABC) on
economic issues, Zapatero addressed the issue in public for
the first time. He cited Spain’s impressive performance in
attracting foreign investment but noted the need for
improvement in several areas, including IPR, as part of a
broader effort to enhance Spain’s attractiveness to foreign
investors. Without specifically naming internet piracy, he
noted that IPR protection was of concern to both the USG and
the GOS. He pointed out that Spain boasts the world’s fourth
largest cultural industry and that the «creative sector»
accounts for 4% of GDP. Zapatero expressed support for the
Coalition-Redtel negotiations and reiterated that the newly
formed Inter-Ministerial Commission is to present its
proposal by year’s end.
SALES DROP ILLUSTRATES SERIOUSNESS OF PROBLEM
(U) Representatives of copyright groups have presented an
array of evidence to dramatize the plight of their
industries. Legitimate music sales in Spain fell by more
than 30% in the first six months of 2009 compared with the
same period in 2008. Video sales were down 33% and rentals
down 44%. Movie attendance has declined significantly over
the past two years. While the severe recession contributed
to these losses, industry representatives point the finger at
competition from illicit downloads and file-sharing.
PRIVATE SECTOR NEGOTIATIONS
(U) Per reftels, beginning in May 2008, the government
had urged the Coalition and Redtel to negotiate an agreement
on deterring and combating digital piracy. The parties
worked for almost a year in three different areas –
dissuasive measures (including recommendations for
legislative and regulatory reforms), public education and
awareness, and new business models, i.e., making more content
legally available online.
(U) As reported ref B, Redtel broke off negotiations in
April 2009. According to Redtel executive director Maria
Teresa Arcos, Redtel and the Coalition have not conducted any
formal negotiations since then. Sometimes Coalition and
Redtel presidents Aldo Olcese and Miguel Canalejo meet
together with senior officials of MITYC or the Culture
Ministry; the two groups also sometimes communicate through
third parties, especially government officials; and they have
also passed draft proposals back and forth. The government
is eager to have a private-sector agreement, however modest
or narrow, on which to base its own initiatives. The
Coalition is willing to keep trying for an agreement as a
means of keeping the government engaged, but it says it has
become disillusioned with the continued dilution of its
proposals. It has given up, at least for now, any measures
to sanction or even notify individual users who infringe
MADRID 00001052 003.3 OF 005
copyrights online, and its proposal that ISPs or the
government shut down or block pirate websites probably would
require controversial legislation. It does not expect the
«de minimis» agreement to advance its interests much.
(U) Redtel’s primary emphasis in the negotiation has been
on the business model issue, as its ISP members hoped to
enter into lucrative business deals with such Coalition
members as the Motion Picture Association of America (MPAA)
and various recording companies to market their products
legally online. The ISPs’ inability to achieve their
objectives in this area was the ostensible reason for
suspension of the negotiations. However, content providers’
representatives note that the ISPs and their parent
telecommunications companies (Telefonica, Orange, Vodaphone,
and Ono) have a number of contentious issues pending with the
government involving taxation, competition, and regulation,
and may be using the Internet piracy negotiations as leverage
with the government on other matters. In public, Redtel
executives have said if the government wants to solve the
piracy problem, it should take action, and the ISPs will
comply with their obligations, but the government should not
expect voluntary concessions from Redtel.
(U) Meanwhile, the Coalition announced October 19 its own
new business model: a «macro-website» offering access at
reasonable prices to its members’ products, including the
much-desired and much-pirated movies made available by major
U.S. studios. The new site is reportedly based on the U.K.
website findanyfilm.com and will also contain music and
games. Coalition president Olcese noted that consolidating
the content in one place will offer an attractive alternative
to illegal downloads and file-sharing. He stated, however,
that the «macroweb» will not be formally launched until the
government has begun to implement measures to combat piracy
and protect content, which the Coalition hopes will be in
early 2010. Rights-holders argue that Spain’s current
lawless online environment makes legal content offers futile.
During a visit to Madrid, International Federation of the
Phonographic Industry (IFPI) president John Kennedy
characterized Spain’s situation as a «vicious circle» in that
such legal websites can never compete against free downloads
as long as piracy remains unpunished, and are therefore not a
sound investment.
COURT CASES – WIN SOME, LOSE MORE: THE «CIRCULAR» CASTS ITS
SHADOW
(U) The government claims it is doing everything it can
under current authority to combat Internet piracy. At State
Secretary Ros’ recent meeting with AmCham’s IP Committee (ref
A), Salvador Soriano, Deputy Director General for Information
Society Services in the Ministry of Industry, Tourism, and
Trade (MITYC), cited statistics showing that in the past four
years, law enforcement authorities have investigated 100
websites over allegations of illicit activity; 43 criminal
complaints have been filed by either private parties or
government entities; 43 arrests have been made; and 34 cases
are currently before investigating judges.
(U) Comment: These figures cover activity since 2005.
According to Jose Manuel Tourne of the Federation for the
Protection of Intellectual Property in Audiovisual Works
(FAP), authorities conducted 21 investigations for Internet
piracy in 2006 and more than 20 in 2007. Many of those cases
are still working their way through the judicial system and
are still awaiting decisions by investigating judges or have
been appealed to provincial courts. Many have been thrown
out by judges following the reasoning of the Circular (see
ref D) issued in May 2006 by the Prosecutor General’s office
(Fiscalia). One case in April (ref C) in La Rioja resulted
in an important precedent with the first-ever conviction of a
web operator for running a pirate website that generated
profit for advertising revenues. Sources in the National
Police, Civil Guard, and Fiscalia have told post that in the
past two years police and prosecutors have largely given up
pursuing these cases because the Circular sets such a high
bar. While the government continues to insist that the
Circular is not binding on judges, its language has directly
influenced judges and led to unfortunate outcomes in a number
of such cases.
MADRID 00001052 004.3 OF 005
(U) Comment continued: In the Circular – a series of
guidelines for prosecutors to follow in investigating and
prosecuting IPR cases – the Fiscalia argued against pursuing
criminal charges against file-sharers on the grounds that it
was impractical and undesirable to penalize «a broad
cross-section of society that uses technological advances to
access protected works.» Most rights-holders do not pursue
criminal charges against individual Internet users except in
the most egregious circumstances. They believe, however,
that prison sentences and/or suspension of Internet access
are not necessarily disproportionate in such extreme
circumstances, and also that, if available, such sanctions
would provide a strong deterrent against illicit downloads
where none currently exists. End comment.
(U) Rights-holders’ groups were heartened by a September
decision of a three-judge appellate panel of the Provincial
Court of Murcia. An investigating judge had dismissed a
criminal complaint filed by rights-holders in 2006 against a
website («Elite Divx») that made files available for
peer-to-peer (P2P) downloading. The lower court followed the
interpretation contained in the Circular, according to which
most unauthorized P2P activity should be pursued as a civil
wrong rather than as a crime. (Note: In large part because
of the Circular, media routinely report, and the Spanish
public at large generally believes without question, that P2P
activity is entirely legal. End note.) In sending the case
back to the lower court to be re-tried, the appellate court
found that unauthorized P2P activity is in fact covered by
the relevant sections of the Penal Code; that it comprises a
form of «public communication…in the form of making
(content) available»; that therefore (in direct contradiction
of the Circular) the «private copy exception» does not apply;
and that – even accepting the Circular’s controversial
interpretation that a commercial profit motive must be
present for criminal penalties to apply – the revenues earned
by the website from advertising demonstrate that it is «an
authentic business receiving important economic benefits
which increase based on the number of visits» and thus
covered by the Penal Code.
(U) The Murcia court’s decision does not have binding
precedential force, but rights-holders believe that because
it was issued by an appellate court (albeit not a national
one), and because, unlike many judicial decisions, it
explains the judges’ reasoning so forcefully and clearly, it
is likely to influence other pending and future internet
piracy cases elsewhere in the court system. That said, many
cases arising out of a series of police raids and website
shutdowns in 2006-7 have already resulted in acquittals or
have been summarily dismissed by investigating judges based
at least in part on the Circular’s influence.
(U) In a separate case, rights-holders’ groups were
dismayed on October 15, when an investigating judge in Madrid
rejected a complaint filed by the Music Producers of Spain
(Promusicae) and music companies Universal, Warner, Sony, and
EMI against an individual (identified in court by only his
Internet Protocol number) who uploaded approximately 9,000
music recordings without authorization using a P2P
application, making them available to anyone who wanted them.
The judge quoted from the Circular’s language stating that
in order to constitute a crime, P2P activity must involve
commercial profit. Accordingly, he found that the only
exchange taking place was that of «sharing among different
users the material at their disposal, which constitutes
socially acceptable and very widespread behavior that in the
end is in no way illicit enrichment; rather, said conduct
would raise the possibility of obtaining copies for private
use, which leads to the conclusion that in this case there is
no infraction deserving of criminal sanction.» Promusicae is
appealing the verdict.
THE COALITION’S CHALLENGE
(U) At his October 19 press conference, Olcese also
announced that the Coalition, in partnership with the
self-described anti-piracy investigative entity CoPeerRight
Agency, had developed a list of 200 commercial-scale pirate
websites, of which 62 operate from Spain. Olcese said he was
sending the list to MITYC in the hopes that the government
will take action against the offending sites, which
MADRID 00001052 005.3 OF 005
CoPeerRight estimates generate average annual revenues of 1.5
million euros from advertising directly related to their
offers of infringing content. Olcese also asked MITYC to
pass the list to the Fiscalia for criminal prosecution.
(SBU) Comment: MITYC currently has no authority to take
any action against the sites except perhaps impose weak
administrative sanctions. There is no reason the Coalition
could not file a criminal complaint with the police, provide
them with the list and accompanying documentation, and ask
them to investigate. However, the Coalition believes Spanish
law enforcement authorities are much more likely to
investigate vigorously and prosecute if the material is given
to them by a government entity such as MITYC.
(SBU) Comment continued: The Coalition’s other reason for
sending the list to MITYC is to implicate that Ministry in
the piracy problem and hold it accountable for finding a
solution. The Coalition is trying to keep the public
spotlight and pressure on the government – and especially
MITYC – while the Inter-Ministerial Commission explores
possible initiatives. The rights-holders’ objective is the
creation of a new government administrative body – a pale
imitation of the High Authority contemplated by recent
legislation in France – that would have the power to shut
down or block pirate websites. Rights-holders’ groups
believe that State Secretary Ros opposes the creation of such
a body because he does not want his office, which oversees
Internet matters, to become responsible for the problem.
Content providers, who continue to believe in the face of
Ros’ recent «urban legend» remark (see ref A) that Spain has
one of the highest rates of Internet piracy in the world, are
determined to make him face up to the problem. End Comment.
CHACON
Me pide un amigo (que sospecho debe de ser uno de los pocos lectores de este blog) que escriba sobre cierta historia que un día le conté a propósito de Mickey Mouse y del Copyright. Verdaderamente la historia la conocí en la obra de Lawrence Lessig y, como no creo poder contar mejor que él lo que el mismo cuenta, de su libro «Free Culture: How Big Media uses Technology and the Law to lock down Culture and control Creativity» y, agradeciéndole la creación de las licencias «creative commons» que me permiten hacer esto, transcribo los párrafos que cuentan la historia y los completo con algunas referencias que me parecen precisas, incluida una versión de «Steamboat Willie» de Walt Disney. Si hay errores en la traducción no me echen la culpa porque va por cuenta de Daniel Álvarez Valenzuela con alguna corrección mía que, sin duda, será errónea.
Y sin más preámbulos vamos a la historia que da razón de ser a este post:
En 1928 nació un personaje de dibujos animados. Un temprano Mickey Mouse hizo su debut en mayo de aquel año, en un corto mudo llamado «Plane Crazy». En noviembre de ese mismo año, en el Cine Colonia de la ciudad de Nueva York, en la primera cinta de dibujos animados sincronizados con sonido, «Steamboat Willie» dio a luz al personaje que se convertiría en Mickey Mouse.
El sonido sincronizado se había introducido en el cine un año antes con la película «El cantor de jazz«. Su éxito llevó a que Walt Disney copiara la técnica y mezclara el sonido con los dibujos animados. Nadie sabía si funcionaría o, si funcionaba, si llegaría a ganarse un público. Pero, cuando Disney hizo una prueba en el verano de 1928, los resultados no dejaron lugar a dudas. Disney describió así aquel experimento:
«Dos de mis muchachos sabían leer música, y uno de ellos sabía tocar el órgano. Los pusimos en una habitación en la que no podían ver la pantalla y lo arreglamos todo para llevar el sonido a la habitación en la que nuestras esposas y amigos iban a ver la película. Los muchachos trabajaban a partir de una partitura con música y efectos sonoros. Después de varias salidas en falso, el sonido y la acción echaron a correr juntos. El organista tocaba la melodía, el resto de nosotros en el departamento de sonido golpeábamos cacerolas y soplábamos silbatos. La sincronización era muy buena.
El efecto en nuestro pequeño público no fue nada menos que electrizante. Respondieron casi instintivamente a esta unión de sonido y animación. Pensé que se estaban burlando de mí. De manera que me senté entre el público y lo hicimos todo otra vez. ¡Era terrible, pero era maravilloso! ¡Y era algo nuevo!»
El socio de entonces de Disney, y uno de los talentos más extraordinarios en el campo de la animación, Ub Iwerks, lo explica con mayor intensidad:
“Nunca he recibido una emoción mayor en mi vida. Nada desde entonces ha estado a la misma altura”.
Disney había creado algo muy nuevo, basándose en algo relativamente nuevo. El sonido sincronizado dio vida a una forma de creatividad que raramente había sido –excepto en manos de Disney– algo más que un relleno para otras películas. Durante toda la historia temprana de la animación, fue la invención de Disney la que marcó el estándar que otros se esforzaron por alcanzar. Y bastante a menudo el gran genio de Disney, su chispa de creatividad, se basó en el trabajo de otros.
Todo esto es algo familiar. Lo que quizá ya no sepas es que 1928 también marcó otra transición importante. Ese año, otro genio, no de la animación sino de la comedia, creo su última película muda producida de forma independiente. Ése genio era Buster Keaton y la película era… «Steamboat Bill Jr.«.
Buster Keaton nació en una familia de actores de Vodevil en 1895. En la era del cine mudo había sido el rey, usando la comedia corporal como forma de arrancarle incontenibles carcajadas a su público. «Steamboat Bill, Jr.» era un clásico de este estilo, famoso entre los cinéfilos por sus números increíbles. La película era puro Keaton, extremadamente popular y de las mejores en su género. «Steamboat Bill, Jr.» apareció antes que la película de dibujos animados de Disney, «Steamboat Willie».
La coincidencia de títulos no es casual. «Steamboat Willie» es una parodia directa en dibujos animados de «Steamboat Bill», y ambas tienen como fuente una misma canción. No es solo a partir de la invención del sonido sincronizado en «El cantor de jazz» que obtenemos «Steamboat Willie». Es también a partir de la invención por parte de Buster Keaton de«Steamboat Bill, Jr.», inspirado a su vez en la canción “Steamboat Bill”. Y a partir de Steamboat Willie obtenemos Mickey Mouse.
Este “préstamo” no era algo único, ni para Disney ni para la industria. Disney estaba siempre repitiendo como un loro los largometrajes para el gran público de su tiempo. Lo mismo hacían muchos otros. Los primeros dibujos animados están llenos de obras derivadas, ligeras variaciones de los temas populares; historias antiguas narradas de nuevo. La clave para el éxito era la brillantez de las diferencias. Con Disney, fue el sonido lo que les dio la chispa a sus animaciones. Más tarde, fue la calidad de su trabajo en comparación con los dibujos animados producidos en masa con los que competía. Sin embargo, estos añadidos fueron creados sobre una base que había tomado prestada. Disney añadió cosas al trabajo de otros antes que él, creando algo nuevo a partir de algo que era apenas viejo.
A veces el préstamo era poca cosa, otras era significativo. Piensa en los cuentos de hadas de los hermanos Grimm. Si tienes la misma mala memoria que yo, seguramente pensarás que estos cuentos son historias dulces y felices, apropiadas para cualquier niño a la hora de acostarse. En realidad, los cuentos de hadas de los hermanos Grimm nos resultan, bueno, bastante siniestros. Solamente unos pocos padres pasados de ambición se atreverán a leerles a sus hijos, a la de hora de acostarse o a cualquier otra hora, esas historias llenas de sangre y moralina. Disney tomó estas historias y las volvió a contar de una manera que las llevó a una nueva era. Las animó convirtiéndolas en dibujos animados, con personajes y luz. Sin eliminar los elementos de miedo y peligro por completo, hizo que lo oscuro fuera divertido e inyectó compasión genuina donde antes solo había terror. Y esto no lo hizo únicamente con la obra de los hermanos Grimm. De hecho, el catálogo de las obras de Disney que se basan en la obra de otros, es asombroso cuando se repasa el catálogo completo: Blancanieves (1937), Fantasía (1940), Pinocho (1940), Dumbo (1941), Bambi (1942), Canción del sur (1946), Cenicienta (1950), Alicia en el país de las maravillas (1951), Robin Hood (1952), Peter Pan (1953), La dama y el vagabundo (1955), Mulan (1998), La bella durmiente (1959), 101 dalmatas (1961), Merlín el encantador (1963) y El libro de la selva (1967), sin mencionar un ejemplo reciente del que quizá nos deberíamos olvidar, El planeta del tesoro (2003). En todos estos casos, Disney (o Disney, Inc.) tomó creatividad de la cultura en torno suyo, mezcló esa creatividad con su propio talento extraordinario, y luego copió esa mezcla en el alma de su cultura. Toma, mezcla y copia.
Esto es un tipo de creatividad. Es una creatividad que deberíamos recordar y celebrar. Hay quien dice que no hay creatividad alguna excepto ésta. No tenemos que ir tan lejos para reconocer su importancia. Podemos llamarla creatividad de Disney, aunque eso sería un poco engañoso. Es, para ser más preciso, “la creatividad de Walt Disney”, una forma de expresión y de genio que se basa en la cultura que nos rodea y que la convierte en algo diferente.
En 1928, la cultura de la que Disney tenía la libertad de nutrirse era relativamente fresca. El dominio público en 1928 no era muy antiguo y por tanto estaba muy vivo. El plazo medio de copyright era aproximadamente treinta años, para esa minoría de obras creativas que efectivamente tenían copyright.
Eso significaba que durante treinta años en promedio los autores y los dueños de copyright de una obra creativa tenían un “derecho exclusivo” para controlar ciertos usos de esa obra, para hacerlo se requería el permiso del dueño del copyright.
Al final del plazo de copyright, una obra pasaba al dominio público. Entonces no se necesitaba permiso alguno para usarla o para basarse en esa obra. Ningún permiso y, por tanto, ningún abogado. El dominio público era una “zona libre de abogados”. Así, la mayoría de los contenidos del siglo XIX eran libres para que Disney los usara y se basase en ellos en 1928. Eran libres para que cualquiera –tuviera contactos o no, fuera rico o no, tuviera permiso o no– los usara y se basara en ellos. Ésta es la forma en la que las cosas siempre habían sido –hasta hace bien poco–. Durante la mayoría de nuestra historia, el dominio público estaba justo detrás del horizonte. Desde 1790 a 1978, el plazo medio de copyright nunca fue más de treinta y dos años, lo cual significaba que la mayoría de la creación cultural que tuviera apenas una generación y media era libre para que cualquiera se basara en ella sin necesitar permiso de nadie.
Hoy día el equivalente sería que las obras creativas de los sesenta y los setenta serían libres para que el próximo Walt Disney pudiera basarse en ellas sin permisos. Sin embargo, hoy el dominio público solo está presuntamente libre en lo que respecta a contenidos de la década de los 20, los años previos a la Gran Depresión.
La realidad es que hoy día nadie puede hacer con Disney lo que él hizo con los hermanos Grimm pues la propia Disney Inc. se ha encargado de que el Gobierno de los Estados Unidos dicte leyes que lo impidan. Fue el inmenso trabajo de lobby desarrollado por la Disney la que le valió a la reforma de 1998 el nombre peyorativo de Mickey Mouse Protection Act, ya que el interés de defender el copyright del dibujo nacido en el Vapor Willie, a su vez nacido del Vapor Bill Jr. que a su vez nació de la canción del Vapor Bill (supongo que este será el «senior») era manifiesto.
En 1998 la Copyright Term Extension Act (CTEA) de 1998 – también conocida como Mickey Mouse Protection Act – extendió los plazos de copyright en los Estados Unidos durante 20 años. Antes del Acta (bajo la Copyright Act of 1976), el copyright duraba toda la vida del autor más 50 años, o 75 años para una obra de corporate authorship; el Acta extendió estos plazos durante la vida del autor más 70 años y para obras de corporate authorship durante 120 años tras la creación o 95 años tras la publicación, independientemente de la anterioridad del punto final creativo.
La ampliación del plazo del copyright y la consiguiente disminución de obras en el acervo común es una disparatada estrategia legislativa que repasaré en algún otro post de este blog. Por hoy basta.
Era evidente, pero era bueno y muy necesario que un juez lo dijera. Así lo ha hecho el Juez del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona en el caso del rincondejesus.com al denegar las medias cautelares solicitadas por SGAE. Éste es el texto de la resolución.
Serían, según el atestado policial, las tres y media de la tarde de un día de enero de este año, cuando una pareja de la policía observó a un indocumentado con una manta en el suelo y diversos efectos sobre ella.
El indocumentado, según consta en el atestado, estaba llamando la atención de los viandantes con «la clara intención de dar salida a la mercancía referida».
A la vista de tales hechos -y de que probablemente no había nada mejor que hacer- los policías actuantes se acercaron al indocumentado de autos que, enfrascado como estaba en su tarea de «llamar la atención de los viandantes con la clara intención de dar salida a la mercancía referida», no se percató de la subrepticia llegada de los agentes hasta que los tuvo prácticamente encima.
Tras evaluar sumariamente la situación y a la vista de lo delicado de la misma, el indocumentado, olvidando el ánimo de lucro, abandonó la manta y los efectos que en ella portaba y optó por usar la estrategia que, en términos científico-policiales, suele denominarse como «salir de naja» o «najarse» y que, traducida al lenguaje vulgar, significa literalmente «apretar a correr» o, más precisamente, «salir cagando leches».
La fuerza actuante, movida por el celo en el cumplimiento de su deber, salió en persecución del indocumentado pero dos circunstancias frustraron inicialmente su intención: La primera que el indocumentado resultó ser un negro de unos dos metros de altura; la segunda que el negro corría a una velocidad tal que habría hecho palidecer de envidia al mismísimo Usain Bolt.
Los agentes, conscientes de la velocidad que desarrollaba el negro a pesar de estar indocumentado y carecer de permiso de residencia, optaron por llevar a cabo una maniobra envolvente aprovechando su superioridad numérica y así, mientras uno le perseguía sin demasiadas posibilidades de alcanzarlo, el otro solicitaba refuerzos y trataba de cerrarle el paso aprovechando la disposición de las calles y callejones por las que estaba escapando el interfecto.
Pero un interfecto como el de autos no es un interfecto cualquiera; el interfecto de nuestra historia no es un interfecto de chicha y nabo, no, el interfecto de nuestra historia es, como todos los interfectos que protgonizan estas historias, un interfecto de élite.
Para que se hagan una idea: Nuestro interfecto salió de Senegal andando para buscar trabajo y una vida mejor, atravesó tres o cuatro paises, un par de selvas y un desierto; apostó la vida a cara o cruz en una patera, jugó al ratón y al gato con la Guardia Civil en una playa de Almería y, finalmente, como hay que comer y más cornás da el hambre, acabó vendiendo los CD’s de unos sinvergüenzas por los mercadillos; para comer, mire usted señor abogado, porque cuando eres ilegal no puedes trabajar y si no puedes trabajar entonces ya todo da lo mismo; hagas lo que hagas, siempre, es ilegal; hasta trabajar, hasta vivir.
Por eso, esa tarde de enero, el interfecto de nuestra historia decidió que no le apetecía pasar el fin de semana en los calabozos de la comisaría de policía (y quien sabe si algunos meses más en la prisión) y, en lugar de entregarse, apretó a correr.
La persecución se desarrolló como en las mejores películas, con el interfecto trepando a los techos de las casas y tratando de huir por los tejados; pero en esta ocasión no tuvo suerte. Finalmente fue alcanzado por dos policías que afirman que el interfecto opuso fuerte resistencia consistente en empujones, agarrones y hasta puñetazos en el costado de uno de ellos. La resistencia acabó cuando nuestro interfecto fue derribado, engrilletado y detenido. Según la policía, claro.
Ahora el fiscal pide para el interfecto 3 años y 8 meses de prisión, multa de 15 meses (que seran siete meses y medio más de prisión si, como parece, el acusado no la puede pagar) y accesorias por dos delitos, uno contra la propiedad intelectual y otro de atentado.
En fin…
La nota simpática en todo éste asunto la ponen asociaciones defensoras de la justicia y el bien común como la SGAE que,como no podía ser menos, ha reclamado que el interfecto pague los dinerillos que pudieran corresponderle.