Economía de mercado y abogacía

Economía de mercado y abogacía

Cuando en tercero de derecho me tocó estudiar Economía Política me pareció un sinsentido pero, como yo venía de un bachiller de ciencias, aquello de las gráficas y las curvas representó una oportunidad para mí. A la edad en que se cursa la carrera los seres humanos no estamos para muchos estudios pues nos preocupan mucho más otros asuntos de forma que, a mí, aquella asignatura, sólo me gustaba porque me ofrecía la posibilidad de explicarle a alguna compañera —que en otras circunstancias ni me hubiese mirado— qué significaba eso de que «el coste marginal se calcula como la derivada de la función del coste total con respecto a la cantidad». En realidad yo creo que el profe, cuando soltaba esa retahíla, era plenamente consciente de que ni era necesaria ni nadie le entendía pero —como él también era joven— no dejaba pasar la oportunidad de darse tono y a mí, la verdad, no me venía mal aquello porque, el haber estudiado matemáticas hasta COU y haberme peleado con Rouché-Frobenius o con el Polinomio de Lagrange, ahora tenía para mí una utilidad práctica jamás pensada por Don Antonio, mi inolvidable profesor de matemáticas.

Sin embargo, a mí, las bases de toda aquella construcción económica me parecían una absoluta filfa.

Todavía guardo en la biblioteca de mi despacho los manuales de economía de Spencer y de Lipsey que, curiosamente, me compré después de acabada la asignatura, porque a mí las cosas por obligación no me salen pero perder el tiempo se me da genial, así que, años después de aprobada la asignatura, me compré dos de los tres manuales clásicos (Samuelson, Spencer y Lipsey) para tratar de ver si mis percepciones eran erróneas; pero no, de entonces a hoy sigo pensando que los principios sobre los que se construye esa teoría (casi una religión para muchos) no me convencen en absoluto sin perjuicio de reconocer que algo —o mucho— de razón pueden tener, sobre todo en economías primitivas.

Ahora, al cabo de los años, me encuentro con que el sanedrín de tal teoría económica ha encargado al Santo Oficio de su muy mercantil iglesia —la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia— pronunciarse sobre un aspecto económico de la profesión a la que he dedicado mi vida y, por lo que veo, esta lo ha hecho con inquisitorial fe en los dogmas de su secta, incapaz de comprender que su doctrina tiene límites. Y el Santo Oficio ha actuado convirtiendo todos los problemas que presenta la faceta económica de una profesión que no entienden en clavos aptos para ser machacados con su martillo ideológico.

Sí, me doy cuenta de que el párrafo anterior me ha quedado del todo barroco y que lo del martillo me la ha dejado botando para hacer un juego de palabras con la inquisitorial CNMC y el «Malleus Maleficarum» del Santo Oficio; pero me contendré, el Santo Oficio no sé si merece que le haga ahora este feo.

Y dicho todo lo anterior —que muy bien pudiera haberme ahorrado— vamos a hablar de lo que quiero hablar: de las costas de los abogados. Pero antes, vamos a repasar un poco esa doctrina económica que ha servido de base para poner en tela de juicio la forma en que actualmente se tasan las costas de los abogados.

En 1776 un profesor escocés, Adam Smith, publicó «The wealth of nations», un libro de capital importancia para la civilización occidental. Este libro consiguió para él el título de «fundador de la economía moderna» porque en él enunciaba claramente su principio de la «Mano Invisible»; es decir, la idea de que, si se permite a cada individuo que persiga su propio interés sin interferencia del gobierno, estos individuos se verían llevados, como dirigidos por una mano invisible, a conseguir lo que es mejor para la sociedad. Veamos cómo lo dice Adam Smith:

«Un individuo no intenta promover el interés público ni sabe que lo está promoviendo… Él pretende sólamente su propia ganancia y es conducido por una mano invisible a promover un fin que no formaba parte de su intención. No es de la benevolencia del carnicero, ni de la del vendedor de cervezas o del panadero, de la que esperamos nuestra comida, sino de su consideración de su interés propio. No apelamos a su filantropía sino a su egoísmo personal y no le hablamos de nuestras necesidades, sino de sus ventajas».

Este planteamiento, defendido con fe evangélica por muchos prohombres (vgr. Ronald Reagan) y muchas promujeres (vgr. Margaret Thatcher) ha caracterizado a la civilización occidental y, sin duda, alguna noche habrá sido objeto de debate para ti y tus amigos y amigas. ¿Por qué hacen las cosas los seres humanos? ¿Por interés propio o acaso existen el altruismo y otras motivaciones no monetarias? ¿Es el interés económico lo único que mueve al ser humano?

Seguro que este debate ha aparecido en algún momento de tu vida en tu círculo más cercano y estoy seguro también que ha dado lugar a intensas discusiones.

De ser cierto que un individuo «pretende solamente su propia ganancia» habremos de reconocer que todas las consecuencias extraídas de este principio por Adam Smith y los economistas que siguen sus postulados son más o menos acertadas pero, de ser falso, todas las consecuencias, filosóficas, lógicas y legales extraídas del mismo deben ser puestas en cuestión.

Adam Smith, para analizar algunos de sus postulados utilizó como ejemplo una fábrica de alfileres y con este ejemplo ilustró aspectos como la división del trabajo y otros. Ocurre sin embargo que el ejercicio de la abogacía no guarda demasiada relación con la fabricación de alfileres, ni con la manufactura de mercancias textiles o el cultivo de cucurbitáceas; el ejercicio de la abogacía está sometido a principios distintos. Vamos a echarles un vistazo.

Si eres abogado seguro que te ha pasado: la parte contraria te propone un acuerdo favorable para tu parte, tu cliente cobrará y tú cobrarás, pero tu cliente te ordena proseguir el pleito pues, movido por el odio o la simple avidez, él quiere más aunque, tú, sabes que la victoria es dudosa e incluso corres el riesgo de perder y ser condenado en costas.

Tu cliente te ordena que prosigas y entonces tú… ¿qué haces? ¿seguir tu interés económico u obedecer sus instrucciones? ¿Qué haría Adam Smith en ese caso?

No, muy a menudo los seres humanos no buscan solo «su propia ganancia», impulsos morales, deberes deontológicos e incluso legales les imponen tomar decisiones contrarias a ese interés egoista de la búsqueda de la propia ganancia. Pregunten a los sanitarios que arriesgaron su salud en la epidemia del Covid-19; pregunten a un bombero que, cuando todos huyen, tiene el deber de dirigirse al fuego; pregunten al policía, al guardia civil o al soldado que, en situación de riesgo vital, deben hacer frente a la situación aumentando su propio riesgo. No, no en todos los casos el «propio interés» es el criterio a perseguir —aunque ciertamente se desee— sino que, en muchas actividades, el interés económico debe ceder, en virtud de un mandato moral o legal, ante un valor superior y distinto. ¿Es este el caso de la abogacía?

Y no pensemos que el principio de «seguir su propia ganancia» se quiebra solo en el caso de los servidores públicos que he citado, pensemos también —¿por qué no?— en activistas que anteponen la defensa de determinados derechos y principios no sólo a su propio interés económico sino incluso a su interés vital y es que, de ese tipo de personas, también encontramos muchos y muy buenos ejemplos entre los abogados y abogadas del mundo; por no ir más lejos déjenme mencionar aquí el caso de un abogado que, en defensa de la igualdad de todos los seres humanos, permaneció 27 años de su vida encarcelado; se llamaba Nelson Mandela y sí, era abogado… como tú.

No, no en todas las ocasiones los seres humanos anteponen «su propia ganancia» a cualquier otra consideración y en el caso del ejercicio de la abogacía esta es una situación que se produce mucho más a menudo de lo que puede pensar cualquier inquisidor de la CNMC y es precisamente por eso por lo que la ley sanciona determinadas conductas de los letrados, para que tal no ocurra y letrados y letradas hayamos de defender siempre la justicia o el interés del cliente con preferencia al interés propio.

Y es precisamente porque no es el interés o la propia ganancia el principio que gobierna la labor de un abogado o abogada por lo que no pueden aplicarse sin matización las reglas básicas de la economía clásica, pues hay un interés superior al del propio interés de las partes que defender.

En un proceso hay principios que se deben respetar siempre y eso es así porque el proceso debe ser, antes que nada, justo; se trata de defender el primer valor de nuestro ordenamiento jurídico: la justicia.  Es algo parecido a lo que pasa con una intervención médica, no es el interés del cirujano el primer valor en juego sino la salud del paciente y es por eso que si un cirujano ofreciese operaciones de apendicitis a 150€ todos sabríamos que el paciente que aceptase ese presupuesto no tendría derecho ni a ser anestesiado. En el caso de los procesos judiciales pasa lo mismo ¿le parece a usted que defender un homicidio por 150€ es razonable? ¿y un divorcio? ¿Y si la ley de la oferta y la demanda así lo determinan, lo aceptaremos?

Los estados han establecido sistemas públicos de sanidad (algo contrario a los principios extremos de la pura economía de mercado) porque hay principios superiores al de «la propia ganancia» y, del mismo modo, los estados, para asegurar la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos independientemente de su capacidad económica, ofrecen un sistema de asistencia jurídica gratuita que… que… que…

Que es una vergüenza y una ofensa para cualquier gobierno que haya puesto sus posaderas en el banco azul de la Carrera de San Jerónimo o para cualquier ministro de justicia que haya contaminado con su presencia el palacete de la Calle San Bernardo 21 de Madrid.

Ese derecho constitucional a la asistencia jurídica gratuita se ha construido sobre la explotación infame y desvergonzada de los miembros de una profesión estableciendo como obligatorio un servicio que se retribuye según le da la gana —y siempre le da muy poca gana— al gobernante. En tiempos pasados les llamaban esclavos, ahora les llaman «profesionales que prestan el servicio de asistencia jurídica gratuita». ¿Eso no contraviene los dogmas de la economía de mercado? ¿eso no infringe las más elementales exigencias de la vergüenza?

¿Cómo puede pretenderse que en España exista igualdad de armas en un proceso donde se pagan al letrado cantidades que ni permiten dedicar al caso el tiempo necesario ni acercase siquiera a ver al cliente a prisión? ¿Igualdad de armas dice usted? Si existe la igualdad de armas es porque esa doctrina de Adam Smith que asume como dogma la CNMC no rige en el caso de la abogacía de oficio porque, esta, al «principio del propio interés» antepone la vieja virtud de la vergüenza, ese valor —la vergüenza— que es ajeno a los ministros y consejeros de justicia de España cuando de justicia gratuita se trata.

En la justicia gratuita y en la no gratuita, sépase y no se olvide, el principio del «propio interés» cede siempre a las exigencias de principios y valores que no se encuentran en la fábrica de alfileres de Adam Smith pero que aún existen en el alma y en la mente de una abogacía que se resiste a desaparecer, que se resiste a ser absorbida por empresas que, camuflándose bajo el manto ilustre de la abogacía, no son sino traficantes de carne.

Hay un plan bien trazado para acabar con nuestra profesión por quienes quieren hacer de ella un negocio y que deje de ser el «oficio» (officium) del que les hablaba en el post anterior. Quienes impulsan este plan, obviamente, no son abogados sino estos sedicentes «grandes» bufetes manejados por los titiriteros habituales, los bancos y compañías de seguros que financian los partidos de quienes luego hacen las leyes. Ellos tienen acceso e interlocución con los gobiernos y tienen bien establecidos sus lobbies y grupos de presión.

Es por eso por lo que los sucesivos gobiernos quieren reducir la planta judicial, porque esos «grandes» bufetes pueden tener sedes en las 50 grandes ciudades pero no en los 433 partidos judiciales donde todas las mañanas pelea la abogacía que amo: la abogacía de verdad. Para estos mercaderes hay que hacer que los ciudadanos, los consumidores, sean los que se desplacen en busca de justicia para que ellos puedan hacer un mejor negocio abriendo pocas tiendas y esperan que el estado les ayude —y de hecho les ayuda— en tal tarea.

Es por eso que se redujo a poco más de 50 los juzgados hipotecarios, no para acercar las justicia a la parte débil, los consumidores, sino para alejarla en beneficio de los bancos.

Es por eso también que no se arregla la conciliación laboral y familiar en el mundo de la abogacía, porque para los «grandes» despachos los abogados son elementos fungibles y no es problema alguno, mientras que para la abogacía de verdad la relación cliente-letrado es personalísima y por ello la conciliación es un problema vital.

Es por eso también que se prepara la legislación reguladora de grandes litigios colectivos de forma que los fondos de inversión —que hace años que presionan en este sentido— puedan financiar grandes procedimientos con los que hacer grandes negocios manejando grandes masas de consumidores.

Es por eso también que quisieron introducir las tasas judiciales mientras el ministro mentía como un bellaco soltando los infundios de que los españoles eran querulantes o que el dinero se destinaría a la justicia gratuita. Ese infame nunca pagó su vesania.

Es por eso que las costas son rebajadas o puestas en cuestión cuando han de cobrarlas los particulares, pero ni a una voz se le ha oído decir que es un abuso intolerable que los bancos, por una demanda a multicopista, presupuesten y embarguen desde el primer momento en sus ejecutivos un 30% para intereses, gastos y costas.

Es por eso que las aseguradoras y su lobby limitaron la libre valoración del daño corporal mediante un baremo que valoraba todos los casos igual e impedía a la judicatura juzgar el caso concreto. En 1995 la indemnización por día de baja era de unas 8000-10000 pesetas, hoy, casi 30 años después sigue siendo siendo lo mismo.

Es por eso que bancos y compañías de seguros establecen baremos leoninos para pagar a sus abogados teóricamente externos, quienes, debido al volumen de trabajo que reciben quedan convertidos virtualmente en trabajadores fijos del banco o la compañía pues, con todos los huevos en esa cesta, su capacidad de negociación es inexistente.

Es por eso que todas las compañías de seguros rebajaron la cobertura del seguro de defensa jurídica a límites ridículos y combaten un día sí y otro también el derecho de los consumidores a la libre elección de letrado.

Y es también por eso que no se cuestiona que bancos y aseguradoras usen de la lentitud de la justicia como parapeto frente a los consumidores, provocando un uso intensivo de la administración de justicia, mientras ellos, a través de sus rápidos juicios ejecutivos, la utilizan como un barato cobrador del frac.

Y podría seguir «ad infinitum»… aunque quizá no sea nada de esto lo peor, porque lo peor quizá sea que, quien debiera defender a la abogacía de verdad, a la auténtica, sigue de fiesta en fiesta y de medalla en medalla, cobrando dietas por comer canapés y sin querer decir a quienes le pagan las dietas cuanto se lleva de lo que todos ponen.

La abogacía de verdad se acaba y mientras muere de hambre y de abandono, a su alrededor, todo son festejos y mascaradas de quienes, por acción u omisión, la están matando.

Pero afortunadamente aún no ha muerto ese espíritu por el que merece la pena vivir y por el que, muchos y muchas, decidimos dedicar nuestras vidas a esa abogacía que, aunque herida, sigue viva y aún no ha dicho su última palabra.

(Continuará).

La economía de los abogados

La economía de los abogados

Mi vida ha sido ser abogado y no economista y es seguramente por eso que mi vida no la han gobernado principios económicos sino los principios éticos que, al menos hasta hace unos años, yo daba por sentado que regían nuestra profesión.

En estos más de 35 años de ejercicio profesional y debido a mi ignorancia de los principios que rigen la ciencia económica, he tratado de ajustar mi comportamiento antes a los principios que yo entendía que gobernaban desde antiguo mi profesión que a otras consideraciones de naturaleza mercantil. Seguramente me he estado equivocando toda mi vida y es ahora, al cabo de los años, cuando la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), algunos muy concretos LAJ (Letrados de la Administración de Justicia) y alguna que otra sentencia de nuestro Tribunal Supremo, han venido a sacarme de este error vital que, sin duda, he padecido y aún padezco.

Durante la carrera la fijación y cobro de honorarios es una ciencia que no se estudia y seguramente por eso cobrar ha sido siempre la asignatura más difícil para los abogados y abogadas en ejercicio; pocos de ellos dominan este arte y lo optimizan de forma que les permita vivir y ejercer dignamente y no desnaturalice por ello su profesión. Analizar el por qué de esta dificultad nos retrotrae miles de años atrás; pero no desesperes y sigue leyendo porque, aunque triste, la historia es interesante.

La antigüedad romana

Ayudar a quien te llama para ello era para los antiguos romanos una obligación cívica de naturaleza cuasi sacral, de ahí que el llamado en auxilio de alguien (el ad auxilium vocatus) no pudiese cobrar por su trabajo. Si recuerdas tus estudios de derecho canónico (aunque no se bien si todavía se estudia) recordarás que entre los delitos más execrables que podía cometer un hombre de iglesia se encontraba el de la simonía; es decir, la venta de bienes espirituales (sacramentos) a cambio de dinero. Dicho en corto y por derecho: comete delito de simonía quien vende los sacramentos: quien otorga el perdón de los pecados, la comunión, el viático, etc. a cambio de dinero es reo de dicho delito.

No te extrañará saber que el oficio del abogado (del ad auxilium vocatus) era, en la antigua Roma, como el de los sacerdotes o pontífices de los cultos, un «oficio». Porque con la palabra oficio (officium) no se designaba en latín ningún tipo de trabajo sino que con ella se hacía referencia a un deber moral para con el resto de los ciudadanos, un deber que se ejercía con liberalidad (gratuitamente) y de buena fe. Similar en su naturaleza a los servicios religiosos (que todavía se llaman oficios hoy día) los servicios jurídicos se prestaban ex officio a impulsos de ese deber cívico y sin salario alguno a cambio. Cobrar salario (merces) era para los juristas algo tan reprobable (mercennaria vox) como vender los sacramentos para los sacerdotes (delito de simonía).

Parece que en pleno siglo XXI los clientes de los abogados aún siguen teniendo presente esa naturaleza eminentemente gratuita de los oficios de los letrados pues en ningún otro lugar distinto de los despachos de abogados se echa más de menos la expresión «¿se debe algo?» en boca de los clientes. Al parecer los consumidores españoles estudian derecho romano antes de acudir a la consulta de un letrado.

Y ¿de qué vivía un abogado? Bueno, pues de las donaciones que el cliente quisiera hacerle «en honor» a sus servicios. De ahí que, aquello que reciben los letrados de sus clientes en honor a los servicios prestados no se denomine salario, indemnización, estipendio, suma, unto, gato, guita, pasta ni parné; sino que recibe un nombre bien distinto.

La vieja virtud romana llevó al tribuno de la plebe Cincio Alimento (el nombrecito del tribuno tiene su guasa) a someter a plebiscito en el 204 a.C. una ley que prohibía a los abogados cobrar por sus oficios y así promulgó una «lex muneralis» que convirtió a la abogacía en la profesión «liberal» que ahora es. Porque liberal viene tanto de libre como de liberalidad (donación); es decir, que los ingresos del abogado provenían en exclusiva de las «liberalidades» (las donaciones) que el cliente satisfecho le hacía en «honor» a sus servicios. Por eso los abogados llamamos a nuestros ingresos «honorarios» y por eso nos decimos profesionales liberales. Y así quedó nuestra profesión en aquel año 204 a.C., llena de gloria y virtud pero famélica y ayuna de numerario.

El pago de los abogados, como constató Cicerón, consistía apenas en tres cosas, todas ellas muy virtuosas pero poco nutritivas: la admiración de los oyentes, la esperanza de los necesitados y el agradecimiento de los favorecidos.

No es poca cosa esto que señaló Cicerón, luego volveremos sobre ello.

Sin embargo los dirigentes romanos pronto descubrieron que de la admiración, la gratitud y la esperanza no se vive por lo que, años después, Alejandro Severo, hombre sin duda piadoso y práctico a la vez, acordó asignar víveres a los abogados, fijándolos siglo y medio más tarde Ulpino Marisciano en 15 modii de harina por todo asunto in urgenti que finendo sit. Las penas, ya se sabe, con pan son menos y con 15 modii de harina las fatigas se conllevan mejor que pasando hambre; al fin y al cabo once arrobas de harina por un pleito, viendo lo que pagan ahora en el turno, oiga, no está nada mal. Sin duda Ulpino Marisciano tenía fondos de LAJ avant la lettre.

Quizá comprendas ahora cuan exacto es el término «de oficio» aplicado a los letrados y letradas de España; Cicerón se reconocería en ellos. En medio de una inacabable procesión de bellos discursos agradeciendo su labor, admirándose de su ejecutoria y constituyéndolos en la única esperanza de los desfavorecidos, las administraciones de España no les entregan ni los miserables 15 modii de harina que hace dos mil años ya les entregaba Ulpino Marisciano.

Obligados a trabajar por lo que se les quiera pagar ¿conoces un diseño de sistema más parecido a la esclavitud que este?

Sin embargo el mundo fue cambiando y con el advenimiento de la ilustración llegaron las teorías clásicas y hasta marxistas de la economía, cualquiera de las cuales, sobre ser absolutamente inaplicables a nuestro oficio —y escribo «oficio» con toda la intención— dieron pie a que Comisiones Nacionales de la Competencia y al resto de los «operadores» que enumeré arriba demostrasen más allá de toda duda su incapacidad para entender la esencia de una profesión que, quizá por ser demasiado grande, no les cabe en la cabeza.

Pero de eso escribiré otro día.

(Continuará)

La abogacía necesaria

La abogacía necesaria

Un eslogan muy repetido por los abogados en redes sociales para defender el que se dote de medios a la administración de justicia ha sido ese que dice que «sin justicia no hay derechos» y quizá, a base de repetirlo, se nos ha olvidado que existen cosas igualmente importantes que debiéramos defender y que, sin duda, nos tocan más de cerca.

Nos ocurre a los abogados que, a base de defender la justicia, nos olvidamos de nosotros mismos y no nos damos cuenta de que, aunque es verdad que sin justicia no hay derechos, lo cierto es que sin abogados tampoco los hay.

En una sociedad sin derechos la abogacía no tiene razón de ser pero, en una sociedad sin abogacía, lo primero que se extingue son los derechos de esa sociedad.

Y cuando hablo de abogacía no me refiero a cualquier abogacía sino a la abogacía de verdad. No me refiero a esa abogacía negocio que pone en el beneficio económico su primer objetivo, la que deja ver sus ecos de sociedad en las páginas de la prensa salmón, la que a menudo no es más que una herramienta más de los poderosos para tratar de adecuar la realidad jurídica a su conveniencia. Bufetes de influencias,de consejos de administración en multinacionales, condenas por delito fiscal, fondos buitre y trust en las Caimán.

A la que me refiero es a esa abogacía que defiende los derechos de los ciudadanos anteponiéndolos a los propios, a esa que, cuando usted le pregunta aquello de «si hay pleito» le responde con la verdad y le dice lo que más le conviene a usted y no a su cuenta corriente. Siglos de ejercicio profesional construyeron esa abogacía que ahora, en beneficio de los intereses de unos pocos miserables, se trata de destruir.

Se la destruye cuando se eliminan las costas en los procesos hipotecarios, porque con ello se obstaculiza la reclamación de los ciudadanos y se premia la miserable, inhumana y sucia codicia de los bancos.

Se la destruye cuando se aleja la justicia de los juzgados naturales de los consumidores para llevarlos lejos, hacer más caro su acceso y atascar su funcionamiento sin más motivo que favorecer a los de siempre.

Se la destruye cuando se favorece a los bancos reduciendo los lugares en los que pueden ser demandados ellos apenas a 52 juzgados mientras que ellos ejecutan y embargan en los 433 partidos judiciales de España.

Se la destruye cuando a los ciudadanos se les imponen automáticamente las costas de las ejecuciones como si ser pobre fuese lo mismo que ser temerario o no poder pagar fuese lo mismo que actuar de mala fe, mientras que medio país —incluido el Consejo General de la Abogacía Española— trata de que ellos, los bancos, no paguen costas más que en contados casos de conjunciones planetarias.

Se ataca a esta abogacía cuando se atacan muy discriminadamente los criterios de honorarios de los colegios, cobrándoselos con saña a los deudores hipotecarios o bancarios pero interponiendo demandas millonarias contra los colegios cuando son ellos quienes han de atenerse a una más que atemperada versión de los mismos.

Se ataca a esta abogacía cuando no se prorrogan o suspenden los plazos en caso de enfermedad, maternidad o paternidad y se pretende que los abogados y abogadas sean material fungible.

Se la ataca cuando se reconoce el derecho a litigar gratuitamente a capas de la sociedad pero no se dota a la justicia gratuita del presupuesto suficiente para que esa defensa esté dignamente retribuida.

Se la ataca cuando no se controla la publicidad engañosa de empresas que pretenden ser despachos de abogados cuando no son más que intermediarios o multinacionales de procesar carne de jurista novel.

Pero el mayor peligro que amenaza a esta abogacía somos nosotros mismos que, obcecados en defender la justicia, no nos demos cuenta de que la mejor manera de defender los derechos de la ciudadanía es defender la existencia de la abogacía que hace posibles esos derechos, la abogacía que hace que la constitución y el resto del ordenamiento no sean para ellos papel mojado.

No, en las sociedades sin una abogacía así los derechos de la ciudadanía no son más que pura retórica y es por eso que, antes que nada o al mismo tiempo que todo, nuestro deber es defender esta abogacía necesaria.

Abogacía y estado de derecho

Acabo de pedirme un café con una galleta y, mientras lo saboreo, reflexiono sobre cómo los estados modernos, en beneficio de la humanidad, decidieron hace tiempo someter su funcionamiento al imperio de la ley para así proscribir cualquier régimen tiránico o autocrático y que los habitantes de los mismos pudiesen gozar de los derechos que son inherentes a cualquier ser humano.

Este imperio de la ley, consustancial a cualquier estado de derecho, resulta imposible sin la existencia de un poder judicial independiente que, administrando justicia rectamente, adecue a la letra y al sentido de la ley las conductas de todos los miembros del estado, desde la jefatura del mismo a la última de las personas que lo integran.

La justicia, no pudiendo obedecer a otra señora que a la ley, escapa así de las normas del comercio; la justicia se administra pero comprarla o venderla es un delito execrable en cualquier país civilizado. Hacer depender la justicia de la capacidad económica de las personas es algo, pues, que debiera producir repugnancia a cualquier ser humano.

La justicia, o está al alcance de todos o no es justicia, y por eso los verdaderos estados de derecho cuidan de que todos sus ciudadanos puedan acceder a la misma en condiciones equitativas imponiendo en los procesos la presencia y auxilio de profesionales que aseguren que los mismos se desarrollan con justicia.

Tan imprescindible es la presencia de dichos profesionales —abogados— que las constituciones y los tratados internacionales cuidan con celo de imponer su intervención so pena de entender vulnerados los derechos fundamentales de las personas.

Elemento imprescindible para la recta administración de justicia los estados y las organizaciones internacionales se cuidan, también, de garantizar la presencia e intervención de dichos profesionales incluso cuando la persona afectada carece de medios económicos con que retribuir los servicios de estos profesionales.

Lo hasta aquí dicho, evidente por sí mismo, configura la profesión de abogado no como un negocio o una forma de explotación económica, lo que indica con total claridad que la primera obligación de los abogados en su trabajo es el auxilio a su patrocinado y no es ni puede ser tratar de lucrarse del mismo, sin perjuicio de que haya de recibir una retribución justa.

Con frecuencia las decisiones que un abogado haya de tomar en el proceso afectarán a la cuantía de sus honorarios y —si prefiere cuidar de estos antes que del interés de su cliente— su conducta será tan repugnante como la del más abyecto juez prevaricador.

La abogacía, es preciso decirlo con toda la energía posible, en la mayoría de sus aspectos, es una actividad tan ajena al comercio como la de los jueces, de modo que tratar de imponer las normas del mercado a la prestación de sus servicios es uno de los mayores atentados que pueden hacerse al estado de derecho y al imperio de la ley.

Es cierto que los jueces deben tener un pago digno por su trabajo (y de eso se encarga ahora el estado, aunque no siempre fue así) pero igual de cierto es que los abogados deben recibir una retribución justa por sus servicios (históricamente satisfecha por sus patrocinados). Dejar a las leyes del mercado en exclusiva la fijación de la retribución de los abogados supone no entender el funcionamiento de la administración de justicia y tratar de sujetar la ley vigente a los postulados y conjeturas de la ciencia económica, es empeño que desintegra el completo edificio del estado de derecho al violentar su jerarquía normativa nuclear.

Persuadir a los poderes públicos y fácticos de que el trabajo de la abogacía no puede ser convertido en un mero negocio es una tarea que abogados y abogadas deberíamos asumir como prioritaria si queremos que la Justicia aún sea posible. Las consecuencias lógicas que se derivan de un enfoque correcto de la naturaleza de nuestra profesión son profundas y de calado, pero, esas, tendremos que verlas otro día, he terminado mi café hace rato y la camarera empieza a mirarme con cierto gesto de enfado.

Abogacía y honorarios

Abogacía y honorarios

La justicia y el dinero nunca se llevaron bien y es comprensible: hay cosas que no se pueden comprar ni vender y una de ellas es la justicia.

Ustedes entienden perfectamente que si un juez vende el sentido de su sentencia se le conduzca a prisión, como entienden también algo que no entendió cierto ministro cuyo nombre es mejor olvidar: que no puede condicionarse el acceso a la justicia al pago de inicuas cantidades de dinero.

No, la justicia no es un negocio, el establecimiento de la justicia es la primera razón que los constituyentes españoles esgrimieron para redactar nuestra constitución y por eso las leyes del mercado, del beneficio económico, ceden ante ella. Sólo los esclavos compran la libertad, sólo los malvados venden la justicia; no, hay cosas a las que aplicar el credo de la oferta y la demanda es delito de simonía.

El problema es que la confrontación entre justicia y dinero alcanzó desde antiguo al campo de la abogacía y no parece que dicha confrontación haya sido resuelta nunca satisfactoriamente. Déjenme que les cuente algunas historias que quizá ilustren lo que digo.

Para un romano clásico nada había más sucio y repugnante que poner la elocuencia al servicio del dinero y no de la verdad. Si alguien lo hacía era calificado de vox mercenaria y perdía de forma automática toda su credibilidad. A la vieja virtud romana no le gustaban esos peritos que hoy, por un poco de dinero, pueden defender una cosa y la contraria; pero tampoco le gustaban los abogados que ponían sus servicios al servicio del dinero y no del ius.

Eran otros tiempos, califíquenlos ustedes de mejores o peores.

A tanto llegó el celo romano en este punto que un senador romano de los siglos III-II AEC, Lucius Cincius Alimentus, consiguió aprobar una ley que prohibía que los abogados cobrasen.

Un vecino de mi ciudad que ejerció de abogado en Roma, Marcus Oppius, tuvo como contemporáneo a un tal Marco Tulio Cicerón, de oficio abogado y de los buenos, que legó a la posteridad la composición exacta de la minuta de honorarios de un abogado cuando nos enseñó que la verdadera retribución de los abogados se compone de tres partidas ninguna de las cuales permite vivir, por cierto: la admiración de los oyentes, el agradecimiento del cliente y la esperanza de los agraviados.

¿Cómo cobraba un abogado clásico romano? Bueno, la realidad es que no cobraba pero, y aquí está el truco, si admitía los regalos que el cliente satisfecho le hacía en honor a los servicios prestados. A estos bienes que se le entregaban en agradecimiento, en honor, a los servicios prestados se les llama por eso honorarios. Los abogados no cobramos salario, sueldos, obvenciones, ni mucho menos coimas ni mamandurrias; el dinero que un abogado gana legítimamente se llama honorario y no por casualidad.

Han pasado veintitrés siglos desde que Lucius Cincius Alimentus y el senado romano prohibiesen cobrar a los abogados y el asunto de los honorarios de estos sigue presente porque, de la vieja virtud romana hemos pasado exactamente al polo opuesto. A nadie parece preocuparle ya la existencia de voces mercenarias ni de que la justicia pueda convertirse en una mercancía sujeta a las reglas de la oferta y la demanda. Cuando los economistas y las Comisiones de Defensa de la Competencia hablan de los honorarios de los abogados la justicia es un concepto que no figura en su vocabulario. Cuando no conoces más herramienta que el martillo todos los problemas te parecen un clavo y esto pasa a estos apparátchiki que, armados tan sólo de su credo económico, todas las relaciones humanas les parecen tan solo transacciones económicas.

Vivimos una época de precarización en la abogacía, a los gobiernos no le preocupa que se ofrezcan divorcios a 150€, les parece la consecuencia natural y deseable del juego de la oferta y la demanda; ni se preguntan si con 150€ el administrado podrá gozar de la dirección jurídica adecuada.

A los gobiernos no parece importarles si las personas encuentran justicia, si los enfermos sobreviven en la privada o si las casas se caen, lo que parece importarles es que el dinero, el stercore diaboli del Papa Francisco, fluya con arreglo al credo y al dogma de la oferta y la demanda.

Pero nosotros somos abogados, no economistas, y a nosotros nos toca defender eso que nos enseñó Cicerón: la esperanza de los agraviados. Y nosotros sabemos que la uberización de la justicia no beneficia a los ciudadanos ni a nuestro país, y que, en el fondo, no es más que la vía para conseguir una justicia de dos velocidades, la de los ricos con acceso a grandes bufetes-negocio y la de los pobres atados a una dirección letrada en perenne estado de precariedad.

En otro tiempo podríamos haber confiado en que nuestra representación corporativa habría defendido a la abogacía-justicia
frente a la abogacía-negocio pero hoy ya no podemos confiar en ello.

En nuestras corporaciones, como en los viejos sindicatos verticales del franquismo, conviven los empresarios con los trabajadores, los bufetes grandes y los pequeños y, como en los viejos sindicatos verticales, son los empresarios los que se imponen a los trabajadores y los bufetes grandes a los pequeños. Nuestra representación corporativa representa a unos más que a otros. Los despachos pequeños, los despachos-justicia, somos el 85% de la abogacía española y ocupamos una cuota de mercado que los pocos pero grandes bufetes-negocio necesitan para crecer. El espectáculo, bochornoso en muchos aspectos, que hemos visto recientemente en Valladolid nos ilustra muy bien de qué lado están nuestras instituciones corporativas y nos dejan muy claro a los bufetes pequeños qué podemos esperar de ellas en el futuro.

No obstante todavía somos el 85% de la profesión, todavía podemos dar la batalla y todavía encarnamos las esperanzas de justicia de una población que es la primera razón para que esta profesión se siga ejerciendo dentro de un determinado marco ético.

Se acabó el tiempo de confiar en la abogacía institucional, empieza el tiempo de que tomemos el futuro en nuestras manos y que hagamos posible que las esperanzas de justicia de todos aún tengan donde apoyarse.

Es tiempo de organizarse.

Ser abogado no es negocio

Me dirijo a ti, joven estudiante de derecho o del máster de acceso a la abogacía porque quiero que, antes de que sea tarde, sepas una cosa que debo decirte: ser abogado no es negocio.

Si estás estudiando derecho o el máster de acceso porque tu familia o amigos te han dicho que siendo abogado ganarás dinero olvídalo, te están engañando. Si ganar dinero con el ejercicio profesional es tu objetivo vital yo te diría que cambies inmediatamente de idea, la de abogado no es la profesión que buscas.

Seguro que has oído hablar de Calamandrei. Piero Calamandrei, además de ser un autor que aparece en tus apuntes de procesal, era un tipo que los tenía muy bien puestos. Era abogado ya en 1912 pero cuando llegó la primera guerra mundial (1914-1918) se alistó voluntario en el 218° de Infantería y concluyó la guerra con el grado de teniente coronel. Cuando llegó a Italia el fascismo Piero ya era catedrático, pero no dudó en jugarse su puesto y su libertad firmando manifiestos contra Mussolini, escribiendo en publicaciones valientemente antifascistas como Non mollare (No te rindas) y participando en la resistencia contra el régimen con riesgo de su libertad y su vida.

Pues bien, este tipo —que como ves no solo estudiaba derecho procesal— lo explicó muy gráficamente:

No me hables de riqueza, tu sabes que, el verdadero abogado, el que dedica toda su vida al patrocinio, muere pobre; ricos se hacen solamente aquellos que, bajo el título de abogados, son en realidad comerciantes o intermediarios…

Sí, joven amigo, el verdadero abogado si no muere pobre, al menos, no muere inmensamente rico. Y esto es así porque ser abogado no es —no puede ser— simplemente un negocio. Si para ti ganar dinero tiene más prioridad que defender los derechos de tu cliente, antes defenderás tu dinero que su causa y serás un buen comerciante, pero no serás abogado, serás otra cosa.

Que no te engañen con la prensa salmón y las páginas de economía de los periódicos: esos despachos que se dicen «grandes» y que miden su éxito en dinero sólo son ¿grandes? en su cuenta de resultados, aunque tú, desde hoy, sabes que, para un abogado de verdad, ellos sólo son un negocio.

Es importante que recuerdes esto que te digo, joven compañero, porque desde el gobierno, desde los medios de comunicación e incluso desde la propia abogacía institucional, te hablarán en términos económicos cuando hablen de la profesión.

Desde el gobierno te hablarán de desregulación, de ampliar la competencia, de libertad de precios y bajadas de tarifas y honorarios. Los gobiernos y sus comisiones de defensa de la competencia no distinguen un abogado de una distribuidora de chicles o de una peluquería; para los gobiernos y sus comisiones de defensa de la competencia lo importante no es que todos los españoles sean iguales ante la ley y dispongan de una asistencia letrada suficiente; lo importante es que los honorarios bajen; ya luego, si se puede llevar decentemente un divorcio por 150€ o un asesinato por 300€, no es cosa que parezca importarles.

A la prensa económica y los medios de comunicación sólo les preocupa la facturación. Tanto ganas tanto vales. Medir en dinero es fácil, ellos son economistas y de eso entienden, pero ¿cómo se mide la justicia?

Cuando Dionisio Moreno —un abogado humilde— propuso plantear una cuestión prejudicial al TJUE en el caso Aziz y el juez del caso, efectivamente, la planteó, Dionisio no pudo cobrar nada a su cliente pobre de solemnidad; sin embargo la sentencia del caso Aziz —la de las hipotecas— permitió que centenares de miles de españoles pudiesen reclamar a los bancos el dinero que estos, injustamente, les habían depredado durante años. La cuenta de resultados de Dionisio y del Juez que planteó la cuestión prejudicial no subieron un céntimo, ahora bien ¿tú dirías que esos dos juristas son peores que algún gran despacho que factura infinitamente más pero que se ve salpicado directamente por un caso de fraude fiscal?

No, ser abogado no es negocio, es profesión, es vocación; se es abogado, no «se trabaja» de abogado, porque ser abogado es, simplemente, una forma de vida.

Tratarán de convencerte de que no escuches a la gente que piensa como yo, que asumas que lo moderno es entender la profesión como un negocio, que lo guay es decir muchas palabras en inglés del tipo, junior, senior, of counsel, networking y hasta a tomarse un café le llamarán coffee break. No les hagas caso, toda esa parafernalia no es moderna, el uso innecesario del inglés es un marcador de pobreza léxica (recuerda que «letrado» viene de letras) y no obedece más que a una copia acrítica de discursos ajenos. Son malas copias de malos originales.

Y sí, gobiernos y empresas te mandarán el mensaje de que entender la abogacía al estilo de Calamandrei es algo anticuado, la abogacía institucional afianzará tal mensaje con congresos «moelnos» donde los problemas de esa abogacía de que te hablo —el 85% de los abogados de España— serán cuidadosamente silenciados.

Que no te engañen estos tampoco. En la república de los abogados el último de ellos no es ni más ni menos que el primero: abogado. Cada uno de los abogados y abogadas que forman esta república no sólo no son inferiores en nada a quienes la dirigen sino que, en su concreto campo de especialización, probablemente están mejor formados que quienes les gobiernan. No eres, no serás, ni más ni menos que ninguno de tus compañeros y por eso, si ves que algunos de ellos mantienen sus reuniones y acuerdos en secreto, que buscan la forma de impedir o dificultar tu participación, si ves que hablan en tu nombre sin haberte preguntado, si ves que ocultan minuciosamente el importe de las dietas que tú les pagas, entonces sabrás que no defienden la abogacía de que te hablo sino otra bien distinta. No te achiques, tú sabes quién eres y quién puedes llegar a ser y su oscurantismo es sólo una medida de su miedo.

Así pues, jóvenes y futuros compañeros y compañeras, debéis saber dónde venís y a qué venís. Probablemente con esta profesión no os hagáis ricos pero habéis de saber que, si a pesar de todo elegís serlo, a vosotros os corresponderá defender las esperanzas de justicia de los ciudadanos y la posibilidad de que este país tenga futuro. No es poca cosa.

Traficantes de carne

Creo haber dicho ya que los abogados a los que admiro no miden su éxito en dinero y creo haber dicho también que me estremece ver cómo, en las noticias de la prensa económica, se publican tablas y cuadros comparativos de los beneficios obtenidos por esos despachos que suelen adjetivarse como «grandes» y que a mí, en cambio, lo que me cuesta es adjetivarlos como «de abogados».

Antes de que se me echen encima les diré que esta percepción no es exclusivamente mía; el mismísimo Piero Calamandrei, lo expresó de forma mucho más clara y dura que yo cuando dijo:

No me hables de riqueza, tu sabes que, el verdadero abogado, el que dedica toda su vida al patrocinio, muere pobre; ricos se hacen solamente aquellos que, bajo el título de abogados, son en realidad comerciantes o intermediarios…

Y de estos intermediarios —que ahora se dicen abogados— es de quienes quería hablarles yo hoy porque, ayer, en un canal de televisión, se emitió un documental que hablaba precisamente de esto: de intermediarios y de abogados.

La desregulación salvaje del sector legal que comenzó con la llamada «Ley Omnibus» ha conducido en muy pocos años a un panorama que, de no ser enfrentado ya y con decisión, puede conducir a la desaparición de la profesión que ejercemos. Nuestros políticos, absolutamente ajenos a ningún criterio que no sea el estrictamente económico, han regulado nuestra actividad cual si de un simple negocio se tratase y, al olvidar toda consideración distinta de la económica, han cometido un error que puede acabar con nuestra profesión para alborozo de los llamados «grandes despachos» y las también llamadas «grandes corporaciones». Veámoslo.

Empecemos por el principio de los principios, a saber: el ejercicio de la abogacia tiene como objetivo primero y primordial la defensa de los derechos ajenos.

Que la defensa de los derechos ajenos sea el primer objetivo de la abogacía supone, ya desde el principio, que una visión puramente empresarial del ejercicio profesional de la profesión o una orientación corporativa al beneficio económico es absolutamente incompatible con nuestra forma de entender la profesión.

La segunda consecuencia del principio enunciado es que, las leyes que traten de regular la abogacía, lo primero que habrán de tener en cuenta es la naturaleza no puramente empresarial de ese servicio al que llamamos abogacía.

Si el primer objetivo de las firmas de abogados va a ser obtener dividendos y la primera medida de su éxito va a ser cuantificar beneficios económicos, no duden que esta profesión pronto desaparecerá suplantada por una legión de mercaderes, intermediarios o, en el peor de los casos, delincuentes.

Tres cosas, nos enseñó Cicerón, que pagaban al abogado antes que el dinero: la admiración del público, el agradecimiento del cliente y la esperanza del resto de los agraviados en que podría haber justicia en su causa. Es cierto que ninguna de ellas alimenta mucho, pero, si la esperanza de quienes sufren injusticias va a descansar sobre unas firmas cuyo primer objetivo es ganar dinero, podemos ir despidiéndonos de la posibilidad de tener siquiera una ficción de estado de derecho.

Ya lo estamos viendo: firmas que ofrecen asesoramiento jurídico con amplia publicidad en medios de comunicación cual si tuvieran despachos en toda España y que lo que hacen es desviar los clientes que llaman para luego, compartir los honorarios del abogado porque ellos le han facilitado el cliente. Antes, al menos, estos zurupetos se ocultaban, ahora, convertidos en corporaciones, se exhiben a través de una publicidad insidiosa, para lucrarse con el trabajo de unos abogados acuciados por la crisis.

Ayer se veía en la televisión cómo empresas de internet ofrecían servicios jurídicos a precios inverosímilmente bajos o cobraban a los abogados unas cantidades nada despreciables con la promesa de hacerles llegar clientes que, luego, en multitud de casos no llegaban.

Si creemos que el beneficio económico es el primer objetivo de ¿«la abogacía»? este panorama que les acabo de contar es perfecto. Pero, si lo que creemos es que el primer objetivo de la abogacía es defender derechos ajenos y la esperanza de todos, este paisaje que les he descrito es simplemente el principio del fin.

Ya conocemos cómo se las gasta la industria del software subcontratando ingenieros a precio de salario de subsistencia. «Cárnicas» llaman los programadores a esas empresas que no parecen tratar con personas sino traficar con carne. Ya sabemos lo que ha ocurrido en el campo, por ejemplo, de las clínicas dentales o de las estéticas.

En el caso de la abogacía esta dependencia de corporaciones que subcontratan al profesional es muchísimo peor, pues la independencia es al abogado lo que la imparcialidad es al juez. Un abogado ha de servir al cliente y no a la cuenta de resultados de la empresa o despacho que le da el trabajo. ¿Alguien cree que toda la reacción que la abogacía independiente y humilde ha puesto en marcha contra las odiosas condiciones del mercado hipotecario la podrían haber puesto en marcha despachos entre cuyos clientes se cuentan los principales bancos de España?

No se engañen: si lo que queremos es becarios que defiendan los derechos de la ciudadanía para que los intermediarios o los comerciantes ganen dinero vamos en la dirección correcta; pero, si lo que deseamos es una abogacía que, como hasta ahora, sea independiente, sirva a los ciudadanos, les defienda frente a los poderosos y mantenga la esperanza de todos de que la justicia aún es posible en España, estas leyes puramente económicas son la muerte de todo cuanto amamos.

Quieren una abogacía dócil, con una planta judicial pequeña para no tener que abrir demasiados despachos ni tener que contratar demasiados abogados, sin restricciones publicitarias para poder traficar con el trabajo de los abogados y con una libertad de pacto absoluta en cuanto a honorarios para convertir a los profesionales de la abogacía en falsos autónomos pagados a precio de carne industrial.

Ahora, reflexiona un momento y dime si lo que quieres es eso porque, si no quieres eso, tendrás que levantarte y convencer a todos nuestros políticos de que tú no ejerces una profesión cuyo primer o único objetivo es ganar dinero y que, por lo mismo, no puede ser regulada como si fuese una actividad puramente mercantil.

Si crees que merece la pena levantarte y luchar por ello te espero en la Red de Abogados y Abogadas, porque tenemos que defender unos cuantos principios y hacer del futuro un lugar donde merezca la pena vivir.

Vamos.

Una historia personal

Permítanme que en esta larga noche de autobús y carretera le dé una oportunidad a la nostalgia y les cuente cómo era mi vida en 1993.

Ya supongo que la mayor parte de ustedes no tienen el menor interés en escuchar viejas historias de nadie pero les ruego que tengan paciencia, al fin y al cabo son las historias de un abogado como ustedes —escribo este post para abogados y abogadas— y quizá encuentren en ellas alguna utilidad.

En 1993 yo me dedicaba al derecho de la circulación y trabajaba en un despacho en el que se defendía a varias compañías aseguradoras, los juicios de faltas y los verbales de tráfico se acumulaban y por eso no era raro que, en un día, yo pudiese celebrar cinco vistas y a veces incluso más. Estos años constituyeron una experiencia impagable para mí.

En aquellos años, en la Región de Murcia, el día de baja a consecuencia de un accidente de tráfico se pagaba a 8.000 pesetas y, si el caso era privado y no de compañía, nuestros honorarios estaban en torno al 10%; de forma que, de cada día de baja, yo sacaba unas 800 pesetillas que… que en aquellos años daban para mucho. Porque con 500 pesetas yo podía invitar a mi novia en un restaurate a comer pizza y a regarla con una botellita de vino decente y aún quedaban 300 pesetas para tomarnos un par de cubatas en algún pub no demasiado caro. Eran otros tiempos.

Las 8.000 pesetas por día de baja que se pagaban en la Región de Murcia se convertían en 10.000 si se trataba de Madrid, Barcelona, Alicante u otras poblaciones en las que los jueces juzgaban razonable elevar la indemnización pues, entonces, no había baremo y se indemnizaba cada caso individualizadamente por los jueces, práctica esta que resultaba odiosa a las aseguradoras por razones que luego veremos.

En aquella época comenzó a producirse un frenético proceso de quiebras y absorciones de compañías de seguros. Quebraron compañías como UNIAL (¿recuerdan ustedes la estafa de las cooperativas de viviendas de la UGT?), Multinacional Aseguradora, Grupo 86, Apolo… y las fusiones o absorciones se sucedieron (La Equitativa, La Unión y el Fénix, Schweiz…) y en medio de todo ese panorama el lobby de las aseguradoras presionó y presionó hasta obtener un baremo, orientativo primero y obligatorio después. La indemnización por día de baja se redujo a 3.500 pesetas y el resto de las lesiones vieron aplicar una norma uniformizadora y todo porque las aseguradoras aseguraron que sus dificultades económicas nacían de esa detestable conducta de los jueces que, según este lobby, «parecían disfrutar haciendo caridad con dinero ajeno».

Nada dijeron de la pésima gestión de riesgos cuando no de la simple caradura de sus gestores, pero lo cierto es que tuvieron éxito y, a pesar de la protesta generalizada de jueces y magistrados, impusieron su baremo. Nada dijo la abogacía a pesar de que ella y los consumidores eran los más perjudicados y a partir de ahí ya no pude comprarle una pizza a mi novia en el bar…

Traducido a euros aquellas 8.000 pesetas son los cincuenta euros que casi se corresponden a la indemnización por día de baja actual; es decir, 25 años después, los consumidores españoles han alcanzado los niveles indemnizatorios de 1993 y los abogados españoles con los 5€ que representan su 10% probablemente ahora ya ni podrían entrar en un bar.

Las aseguradoras triunfaron, su labor de lobby ha sido continua y eficaz y ha alcanzado sus objetivos máximos al ver despenalizados los accidentes de tráfico incluso en contra de la opinión de la Fiscalía General del Estado. Y, nuevamente, ni los consumidores ni la abogacía han levantado la voz (ni siquiera una ceja), es más, la abogacía se ha apresurado a considerar un logro el utilizar un sistema informático de contacto con las compañías de seguros cuyos servidores, por cierto, están en manos de las propias aseguradoras.

Los consumidores están cada vez más en manos de las aseguradoras y todo el trabajo que para los abogados suponía este campo ha desaparecido virtualmente por completo. Aquellas mañanas de juicios de faltas de tráfico en los juzgados de instrucción no parece que vayan a volver; el lobby de las aseguradoras funciona eficacísimamente, el de la abogacía simplemente no existe o incluso parece a veces que trabaja para ellas.

A los grandes no les gustan los juzgados, esos lugares donde un banco lleno de dinero y una pobre familia están a la misma altura en estrados y en condiciones procesales de igualdad; los grandes no gustan de la “judicialización” y es natural, los procesos judiciales respetan escrupulosamente la igualdad de las partes y eso resulta odioso a quienes están acostumbrados a jugar siempre con ventaja.

Consumidores y abogados estamos en niveles indemnizatorios de 1993 para que las compañías de seguros engrosen su cuenta de resultados y no contentas con ello trabajan para privarnos del acceso a ese lugar donde todos los españoles son iguales.

Esta mañana he escrito cómo los pagos a los abogados de oficio en la llamada zona ministerio no han sido modificados desde 1996, esta noche escribo como las cuantías indemnizatorias están hoy a niveles de 1993. En ambos casos los órganos institucionales de la abogacía española se han revelado absolutamente inútiles para corregir la labor de otros grupos de presión.

Pero bueno, no pasa nada, en el fondo, ya se lo dije al principio de post, todo esto que les cuento no pasa de ser una simple historia personal.

Pobres abogados

Quizá sea tiempo ya de decirlo: entre los abogados hay bolsas de pobreza; no de escasez o de apretura, sino de pobreza.

Les conozco, les he visto enfermar y hacerse viejos con pensiones de apenas trescientos euros (les pilló desprevenidos el cambio de plan de jubilación), trabajando hasta los ochenta años o más no por vocación sino por necesidad, ejerciendo en su casa porque no hay dinero para alquilar despachos y dando por descontado que habrán de ser abogados hasta la muerte porque a estas alturas ya no les queda otra. Pueden creer que les exagero, están ustedes en su derecho, pero yo les conozco y sé de qué hablo.

Tras ocho años de crisis los abogados llevan sus angustias económicas con una dignidad que encoge el corazón, escondiendo bajo las togas, los trajes y las corbatas la angustia de vivir al día, pero dispuestos a defender los derechos y las esperanzas de quienes se acercan a ellos.

Ya sé que no es distinto lo que les pasa a los autónomos, a los trabajadores, a los pequeños empresarios… Ya sé que es la misma agonía; pero es que luego está el gobierno, ¡ay el gobierno!, dictando leyes para entregar los divorcios a los notarios, sacar procedimientos hereditarios de manos de los abogados para entregarlos también a los notarios, congelando las retribuciones del turno de oficio, derogando las faltas de tráfico para hacer caro el antes gratuito proceso para reclamar por las lesiones producto de los accidentes, imponiendo tasas a las personas jurídicas… Y un largo etcétera. 

No quieren una abogacía independiente, prefieren esos grandes despachos con quienes siempre se puede hablar y a los que no cualquier tiñalpa puede acudir. Definitivamente los abogados independientes molestan con su manía de defender los derechos de los menos favorecidos, de los hambrientos como ellos. Sí, los abogados independientes molestan en un mundo que pretende cada vez más controlar la justicia y en el que ellos son el anacrónico resíduo de la independencia y la justicia posible.

Por eso, cuando veo anunciadas cosas como «jornadas de internacionalización de despachos», eventos de «branding», de «marketing» o de «coaching» para abogados, me pregunto si quizá los organizadores de los mismos no conocerán a los mismos abogados que yo. Porque los abogados que yo conozco no son los que salen en las páginas salmón de la prensa económica, los que tienen sucursales en Hong-Kong o Nueva York o dividen a los integrantes del despacho en «juniors» y «seniors». 

Yo conozco otra abogacía, esa que en 2015 tiene bolsas de pobreza, la que no sale en los titulares, para la que no se organizan congresos… pero que es la que sufre, calla, da la batalla y mantiene la esperanza de que la justicia aún es posible en este país.