EDP LexNet Opcional

Esta página contiene el texto modelo de un escrito dirigido al Ministerio de Justicia ejerciendo el derecho de petición en solicitud de que el sistema de comunicaciones LexNet sea de uso opcional para los profesionales en tanto no se subsanan sus deficiencias técnicas, se le dota de las funcionalidades y características necesarias para un uso profesional y se solventan sus problemas de seguridad.

El texto se acompaña en formato word y puedes acceder al mismo o bien haciendo click sobre el link anterior o cortando y pegando el texto que viene a continuación de este texto y que está colocado tras una linea divisoria, texto que puedes modificar y adaptar a tus necesidades sin restricción alguna.

La presentación de los escritos a través de los cuales se ejerce el derecho puede realizarse de tres formas:

1- Por vía telemática. Es la forma más sencilla, si bien es preciso disponer de un certificado con firma electrónica. Para realizar la presentación debes de dirigirte al siguiente enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

2- A través de Registro. También puede remitirse el escrito en papel a través de cualquier registro público (por ejemplo, desde los Ayuntamientos o registro de entrada de cualquier Ministerio, que actúan como “ventanilla única”). El procedimiento es GRATUITO.

Es conveniente quedarse siempre con una copia sellada de lo presentado.

3- Por correo CERTIFICADO, desde cualquier oficina de correos. Una carta certificada viene a costar entre 2 y 3 euros.

Como en el caso anterior, también es conveniente quedarse siempre con una copia sellada de lo presentado.


AL MINISTRO DE JUSTICIA

Juan Español Español, mayor de edad, vecino de Cartagena con domicilio en calle Jara 10-15ª-B, código postal 30201 y provisto de DNI 22.222.222-X al Ministro de Justicia me dirijo y

DIGO

Primero. Que existe consenso generalizado entre los profesionales de la justicia en el sentido de que el funcionamiento del llamado sistema LexNet es altamente defectuoso e impropio de un sistema profesional de comunicación entre estos profesionales y la Administración de Justicia, existiendo también una preocupación generalizada en cuanto a la seguridad y el destino último de los datos que se ingresan en dicho sistema.

Ejemplo claro del funcionamiento defectuoso de LexNet son las continuas caídas del sistema y las numerosas incidencias por indisponibilidad del sistema.

Ejemplos claro de la falta de seguridad del sistema son los incidentes de seguridad que se han venido produciendo a partir del 27 de julio del presente año.

Ejemplo claro de la preocupación por el destino final que se va a dar a los datos que se incorporen al sistema es el debate, incluso parlamentario, existente sobre quién debe administrar los sistemas informáticos que almacenan y custodian las comunicaciones y expedientes electrónicos de la Administración de Justicia.

Segundo. Con tales consensos en mente no se explica que el sistema siga siendo impuesto por el gobierno a quienes han de usarlo pues, de este empecinamiento, no nace un mejor funcionamiento de la administración de justicia sino, por el contrario, un funcionamiento anormalmente crispado de la misma.

Si el sistema es bueno y eficaz nadie debería dudar de que será usado mayoritariamente por los profesionales; si, por el contrario, el sistema es ineficaz, los profesionales preferirán usar los medios tradicionales de presentación de escritos hasta tanto los medios electrónicos que proporciona el ministerio ofrezcan las capacidades y funcionalidades que hoy, a juicio de una amplia mayoría, no tienen. Incluso, es lo más probable, los profesionales lleven a cabo un uso mixto del sistema; es decir, lo usen para todos aquellos escritos y casos en que resulte útil y no lo usen en aquellos momentos y casos en que la experiencia ha revelado que es absolutamente inútil.

El ejemplo más evidente de que la obligatoriedad es una insensatez es el hecho de que, a pesar de que un escrito supere la capacidad del sistema, aún así se obligue al profesional a tratar de presentarlo a través de LexNet y de esta forma recoger los metadatos del procedimiento aunque no se recoja el procedimiento mismo.

Tercero. A la luz de lo brevemente expuesto, parece absolutamente razonable que, en tanto el sistema LexNet no ofrezca la seguridad, capacidad y nivel de calidad exigible a un sistema informático de su importancia se suspenda su obligatoriedad hasta tanto se implementen en el sistema todas las características precisas y quede como un medio optativo de comunicación con la Administración de Justicia.

Con fundamento en las anteriores reflexiones y en ejercicio de las facultades que concede el artículo 29 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición,

SOLICITO

Que se dicten la resoluciones precisas para que el sistema de comunicaciones con la Administración de Justicia denominado LexNet sea de uso opcional y no obligatorio para los profesionales en tanto el mismo no sea dotado de las características técnicas y de seguridad precisas para poder cumplir los fines a que está destinado.

En Cartagena a 22 de septiembre de 2017