Juicios de tráfico: el triunfo de las aseguradoras.

Creo haber vivido lo suficiente como para tener una cierta perspectiva en este asunto de los juicios de tráfico. Permítanme que comparta con ustedes un poquito de lo que he visto durante mi vida profesional y luego, al final, hablamos.

En 1990 me dedicaba mayoritariamente a defender compañías de seguros. Mis compañeros de despacho y yo nos ocupábamos de defender los intereses de cuatro o cinco aseguradoras y eso me hizo conocer bien ese mundo desde el interior de las propias compañías. Por otro lado también actuábamos como acusación particular contra aquellas compañías que no eran nuestras clientes. Fueron muchos juicios los que celebré, tantos que, alguna vez, sigo soñando todavía con el artículo 586(bis) del viejo Código Penal.

A principios de la década de los 90 la indemnización que los jueces solían conceder a los lesionados por cada día de baja en Madrid o Alicante, por ejemplo, ascendía a 10.000 pesetas (60€). En la Región de Murcia, más modestamente, la indemnización, en cambio, tan solo era de 8.000 pesetas (50€). 

Sí, he dicho «la indemnización que los jueces solían conceder», porque quienes fijaban la indemnización entonces eran los jueces atendiendo, no a un baremo rígido, sino a todas las circunstacias que se presentaban a su valoración por las partes. Trataban de ser justos y, en general, lo lograban pero eso, ¡ay!, no les parecía convenir a las compañías de seguros de automóviles que, por entonces, desataron una lucha de precios sin cuartel. 

La década de los 90 vio quebrar a muchas compañías de seguros y la CLEA (Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras) y el Consorcio hubieron de trabajar a destajo. Fue en esa época cuando quebraron compañías como «UNIAL» (una compañía del sindicato UGT que quebró en la época del vergonzante fraude de las cooperativas de viviendas), Grupo 86, Mercurio (una empresa que aseguraba autobuses urbanos y tenía una siniestralidad delirante), Apolo, Multinacional Aseguradora y muchas más…

Las compañías atribuyeron aquella cadena de quiebras no a su insensata política de riesgos y a las circunstancias específicas de su sector sino que culparon de todos sus males a los jueces: esos oscuros y malintencionados sujetos que hacen caridad con dinero ajeno, decían, y que no dando de lo propio curan sus conciencias con el dinero de las honestas compañías generando todo tipo de inseguridades jurídicas. Si usted no lo ha vivido le parecerá delirante pero le aseguro que así es como se hablaba en los departamentos de siniestros de las aseguradoras.

Por eso las compañías de seguros decidieron que retirarían del ámbito de competencia de los jueces la valoración del daño corporal y a fe mía que tuvieron más éxito del que ellas mismas podían llegar a imaginar. Para 1993 ya habían publicado un baremo «orientativo» de indemnizaciones para daños en tráfico que los jueces —simplemente— ignoraron, pensando cándidamente que ese baremo orientativo nunca podría llegar a ser obligatorio.

Y, si esta era la situación en el lado de las aseguradoras, el campo de los abogados en aquellos primeros años 90 ofrecía un panorama que no hacía presagiar lo que vendría después.

Por aquel entonces los abogados tenían prohibida (en contra del derecho europeo) la «cuota litis» pero, en el mundo del tráfico, todos la usaban y esta cuota era, en general, del 10%. Como el tiempo estándar de curación en aquellos años de un síndrome postraumático cervical, por ejemplo, era de 90 días, saber cuánto dejaba a un abogado medio de Alicante uno de aquellos pequeños accidentes era sencillo ((9010.000)10%): 90.000 pesetas; es decir unos 540 euros. Eso sin secuelas de ninguna especie.

Muchos de quienes no sean lo suficientemente mayores quizá no sepan lo que eran casi 100.000 pesetas en el año 1993… Esos 540€ actuales eran una cantidad muy respetable y con ella se podían hacer muchas cosas, como por ejemplo, salvar un mes. Fue en aquel año 93 cuando, con los honorarios que me reportó un caso en el que mi clienta había sufrido una lesión de rodilla, pude casarme. Con las 270 mil pesetas que cobramos mi entonces novia y yo (1.600€) pagamos la boda, la entrada de la casa, el viaje de novios y parte del mobiliario. Impresionante. Piense qué puede hacer usted hoy con 1.600€ y empezará a entender de qué le hablo.

Pero llegó 1995. Las aseguradoras habían dado al gobierno la matraca implacablemente con la cancamusa de la inseguridad que los jueces producían con sus resoluciones, con la grave situación por la que atravesaba el sector, con lo malvados que eran los españoles que se dedicaban a engañar a las honestas compañías de seguros (una matraca esta que las compañías se ocupan de mantener año tras año mientras mantienen un cuidadoso silencio acerca de sus propias tropelías), y con la pasividad de jueces y forenses para controlar un fraude que era evidente, obviamente, para las compañías.

Y triunfaron: en 1995 y enmedio de un sonoro escándalo entre jueces, abogados y el resto de lo que ahora se llaman «operadores jurídicos», el gobierno (socialista entonces) convirtió en obligatorio aquel baremo orientativo que despreciaron los jueces. Ahora los jueces ya no valoraban el lucro cesante ni el daño emergente que las lesiones habían producido a cada persona en concreto; a partir del baremo todos los casos (iguales o desiguales) pasaron a valorarse con ese único rasero y, por ejemplo, la indemnización por día de baja fue reducida a 2.500 pesetas (15€) de la noche a la mañana.

La judicatura se rebeló contra aquel baremo que juzgaron una tropelía y cuestiones de inconstitucionalidad y recursos de amparo fueron sometidos a la consideración del Tribunal Constitucional pero sin éxito, de forma que, poco a poco, amainó el temporal y las aseguradoras se salieron con la suya: habían triunfado.

El éxito de las aseguradoras fue una derrota para los asegurados y víctimas de accidentes de tráfico;  sin embargo, la tradicional falta de capacidad asociativa española y la debilidad de nuestra sociedad civil hizo que el «lobby social» no dejase sentir su justa protesta. Tampoco la abogacía institucional tuvo éxito (si es que acaso lo intentó, que no lo sé, yo desde luego no recuerdo que lo hiciera) y aquel recorte impuesto por el baremo hizo que los consumidores vieran reducidas sus indemnizaciones de forma draconiana para regocijo de las aseguradoras y sus cuentas de resultados y que, de paso, los abogados de tráfico perdieran un enorme poder adquisitivo. Perdían los ciudadanos, ganaban las aseguradoras, la abogacía no protestó y quienes entonces representaban a los ciudadanos se olvidaron de ellos para no volver a recordarlos jamás en este tema.

Si echamos cuentas resulta que, ahora, en 2017, la indemnización por día de baja se encuentra en España a niveles del año 1993 (unos 50€ y pico por día de baja), lo que significa que, desde 1995, hemos tardado más de 20 años en regresar al pasado. Los ciudadanos de 2017 son indemnizados como los ciudadanos de 1993 (a veces menos) y, si aplicamos a esas magras indemnizaciones la cuota litis del 10%, resultará que los abogados de tráfico están cobrando cantidades de 1993 para afrontar gastos de 2017 y, todo ello, con el noble fin no de indemnizar en justicia a los perjudicados, sino con el más prosaico de que las aseguradoras mejoren sus cuentas de resultados.

Sí, la aseguradoras se salieron con la suya, obtuvieron del gobierno la rebaja pretendida y la furibunda protesta judicial inicial se fue disolviendo como un azucarillo. Los abogados, hasta donde yo sé, no parece que protestásemos entonces con la necesaria firmeza ni que hayamos trabajado con posterioridad en sentido contrario al de las compañías de seguros y en pro de los perjudicados. El lobby de las aseguradoras ha funcionado desde entonces como una máquina bien engrasada y el de aquellos que quieren una valoración específica para cada caso concreto sin aplicar automatismos que lleven a soluciones absurdas en muchos casos, ese lobby, ni siquiera ha llegado a nacer. Pero no nos quedemos aquí porque la historia continua.

Tras la aprobación del baremo el lobby de las aseguradoras prosiguió con su buen hacer (buen hacer para ellos, se entiende) y, de forma generalizada, comenzaron a bajar las garantías de defensa y reclamación jurídicas en las pólizas de automóviles. Si a finales de los 90 las coberturas para esta garantía estaban habitualmente cifradas en varios miles de euros, para 2015 casi todas las pólizas que emitían las compañías no pasaban de 600€; una medida muy útil para evitar que en los asuntos de tráfico interviniesen abogados particulares distintos de los de las compañías. A esta inicua medida se unió la facilidad y gratuidad con que las compañías asumían la defensa de los ocupantes del vehículo propio mientras que ponían todo tipo de problemas y ejercían todo tipo de presiones si estos decidían buscar —como era natural y aconsejable— un abogado de su elección.

También les salió bien a las aseguradoras este plan, nadie protestó desde el campo de los consumidores, la CNMC no abrió la boca ni para respirar y tampoco en el campo de la abogacía pareció interesarle a nadie el tema y, si alguien protestó, (recuerdo una desagradable experiencia sufrida hace años con un post mío sobre este mismo tema) recibió advertencias incluso desde el propio campo.

Sí, el futuro sonreía a las aseguradoras, pero el golpe de gracia se produjo a finales de la legislatura pasada con la eliminación de los juicios de faltas y la desaparición de la mayor parte de los juicios de tráfico que se redujeron a un proceso extrajudicial donde la figura del abogado es perfectamente prescindible. Nadie solicitaba esa reforma, nadie pedía la despenalización de los accidentes de tráfico (salvo las aseguradoras se entiende), pero el gobierno (en este caso el actual con R. Catalá como ministro de justicia) decidió que, nuevamente, volvería ayudar a las aseguradoras contra los consumidores y contra la abogacía.

Nuevamente los consumidores han dejado oír sus protestas, pero, esta vez, ya la judicatura no ha dejado sentir su voz (al fin y al cabo les reducen la carga de trabajo) y la abogacía ha sido una balsa de aceite en manos de Rafael Catalá a pesar de que esta reforma suponía la pérdida de un sector de actividad importantísimo para la abogacía y el cierre anunciado de muchísimos despachos.

Las compañías de seguros, en interés propio y con la colaboración impagable del gobierno, han logrado eliminar la presencia judicial y reducir la de los juristas en los procesos de tráfico que ahora se ven reducidos a unos cuantos trámites extrajudiciales. Sea como fuere la realidad es que lo sucedido es bueno para las compañías y perpetúa esa realidad de las indemnizaciones baremadas que, si pareció inadmisible en 1994, es ahora una situación con la que la sociedad se ha acostumbrado a vivir.

En 2017 el futuro de los abogados de tráfico es muy incierto —aunque ello no ha parecido provocar la menor inquietud en los representantes de la abogacía— y hablar con estos abogados es palpar una inquietud ante el futuro que no es exclusiva, por cierto, sólo de ellos sino de muchas otras ramas de la profesión.

Hay en España unos 130.000 abogados y datos recientes parecen indicar que una quinta parte de ellos están afrontando graves problemas económicos en sus despachos; si a tal situación le añadimos la crisis entre quienes se dedican o dedicaban al tráfico es posible que estemos viviendo los momentos más graves de la historia de la abogacía en España sin que aparentemente nadie parezca inmutarse. Desearía equivocarme pero lo que desearía además es que, si has sido abogado estos últimos 20 años, me permitieses escuchar tu opinión sobre la evolución de la profesión que nos da de vivir. 

Ah, y no esperes que nadie proteste ni haga nada por ti si tú no lo haces.

Lo dejaré aquí por hoy. Perdón por extenderme.

10 comentarios en “Juicios de tráfico: el triunfo de las aseguradoras.

  1. Muy de acuerdo en muchos aspectos; yo llevo más de 40 años luchando por el tema de daños materiales, como ex secretario gral de la confederación española de talleres, y abogado de los talleres de Barcelona. Gano todos los pleitos porque afinó en las valoraciones pero quien debería intervenir, Consumo, no interviene por criterios políticos. Se parece a una prevaricación

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  2. Efectivamente José, el lobby de las compañías aseguradoras ha jugado sus cartas de forma ordenada, coordinada, implacable, impecable y con una perspectiva de futuro que los actores individuales (y los colectivos que nos representan) no hemos sabido afrontar, y, a fecha de hoy, no obstante se ha mejorado sustancialmente la participación de nuestro colectivo (a través del CGAE y de algunas asociaciones privadas de abogados de víctimas) de forma especializada en alguno de los últimos proyectos legislativos (el del Nuevo Baremo, Ley 35/2015, por ejemplo), lo cierto es que la fuerza y poder que tiene hoy el sector asegurador continua siendo apabullante. La única forma de poder luchar contra este Goliat, es con sus mismas armas, y éstas son: organización, especialización, concienciación de los sectores afectados y perspectiva de futuro, pero desde el punto de vista del derecho y la justicia material, no de los resultados financieros… Nuestra profesión, desgraciadamente, debe defenderse desde la perspectiva de la necesidad de la defensa del derecho de los intereses en disputa y, obviamente, desde la defensa de la dignidad de una profesión que, desde la anulación de los criterios orientadores de honorarios supuestamente desde Europa y para proteger la competencia, ha ido de mal en peor, y si no se hace nada pronto a nivel europeo, efectivamente, el futuro de nuestra profesión y, por ende, el de las víctimas de accidentes de tráfico, está en jaque. Saludos

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  3. Felicidades por tu comentario.
    Hace más de 35 años que me dedico a esta profesión y yo también sueño, y a veces añoro, el art. 586 bis. las carreras por Juzgados de Distrito de partido en partido y … mi juventud.
    Las compañias convencieron a todos de que las indemnizaciones eran tan elevades y muchas veces fraudulentas, que obligaban a repercutir costes en todos los asegurados, sin preocuparse de demostrar sua afirmaciones y de vez en cuando salian en televisión demostrando fraudes, por eso elevaron primas.
    Como los jueces eran débiles y se dejaban engañar, consiguieron reducir su capacidad de decisión fijando un baremo, y los pocos, muy pocos, que quisieron saltarlo vieron como eran corregidos. Como bien dices desaparecieron indemnizaciones que contempla la Ley y las actuales indemnizaciones estan tan tasadas que podemos ser substituidos por un algoritmo.
    Lo han conseguido y nadie se ha movido, cada uno vela por sus intereses y gracias a la desunión y la desidia colegial, vemos la desaparición de muchos despachos, o la absorción por departamentos aseguradores, parece que seguimos la senda de los agentes de bolsa en Francia.
    Por cierto, yo también me pude casar gracias a una indemnización conseguida en aquellos años, con los actuales 1.800 € compramos los muebles, pagamos el convite y pudimos viajar al extranjero.
    Solo una precisión, sabes quien organiza el congreso de responsabilidad civil?

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  4. Comparto al 100% lo que dices. Curiosamente yo fui abogado de Apolo unos meses antes de que quebrase y era abogado de Multinacional Aseguradora que no quebró sino que fue absorbida por Catalana Occidente (yo iba en el Lote…) Todo lo que cuentas es cierto y cuesta creer que se haya permitido llegar a las aseguradoras a la posición dominante que actualmente ocupan. Reconforta ver que cada vez somos mas los que vamos contando las verdades del barquero y pongo como ejemplo nuestra web Eurosiniestro.es donde desde hace tiempo contamos casos reales de las «cabronadas» que les hacen las aseguradoras a los perjudicados.
    Enhorabuena por tu artículo.

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  5. Moraleja: hemos de dejar de ser un colectivo conformista y resignado para empezar a ser «valientes» y actuar (aunque valga más el collar que el gato). Mientras no lo hagamos seguiremos tolerando esa apropiación indebida que día a día vemos que se produce entre víctimas de tráfico y aseguradoras.

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  6. La clave esta en el Km. O de la ley, corte de tto. y corte de RH y para mas INRI me mojo Línea Directa esta haciendo Biomecánicos contra sus propios asegurados por procedimientos establecidos, los convenios existentes ya no cubren solo los daños materiales sino también los médicos. Debería revisar la ley ese aspecto muchos se ven desamparados acuden a la SS y esta los rechazan derivándolos a las privadas y a su vez esta piden autorización a la Cias seg. la cual puede tardar mas de tres semanas en dar el visto bueno, al final el daño a la asistencia medica continuada esta conseguido.

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  7. Pues lo mío es para mear, ¡Y no echar no gota!

    Circulando a unos 110 km/h me alcanza un loco por detrás a mas de 200 km/h. Como el coche estaba en fase de peritación de daños, el día del juicio por lesiones, se informó a la aseguradora delante del Juez, que se iniciaría un juicio por reclamación d e cantidad.

    La aseguradora – la mía-me ofreció entonces 4.500 euros. Renuncié pues apenas una semana antes eso es lo que casi me costó la sustitución d e la caja de cambios automática. El motor es aligerado, puesto un año antes y con apenas 15.000 km. El coche tenia 21 años-Full equipe!!!

    Apelé la sentencia, pues apenas me daban 1.125 euros. El resultado es que ahora no tengo coche, pues lo peritaron en 98.000 euros. Me hubiera conformado con la décima parte, es decir unos 9 ó 10.000 euros que costaba en Holanda uno idéntico. Aqui en España entre 11.000 a 15.000 euros- encontré varios por 8.000 pero ni d e lejos en el estado en que se encontraba el mío: tapizado de cuero, techo solar, A/A, asientos eléctricos, y varios etc…Total que ahora debo la friolera de 5.000 euros por haber apelado y me he quedado sin coche siendo la víctima, y los magistrados consideran que había ENRIQUECIMIENTO IÍCITO!!!!

    PERO VAMOS A VER…!!! La parte contraria aporta seis ó siete capturas de pantalla- igual que yo de una marca de coche Mercedes, casi todos modelos gasolina, sedán, en un estado decrépito, mal de pintura, algunos incluso averiados, otros diesel, ninguno turbo como el mío. pero es que ademas ni siquiera era el mismo modelo que era un Turbo Diesel FAMILIAR de siete plazas, y de 160 HP, el mas portente de los presentados por la aseguradora apenas de 110 HP.

    De nada sirvió argumentar con informe Oficial de la casa Mercedes, que el motor era nuevo, aligerado 9.900 euros no el de origen, pues los daños en el accidente lo hacían irreparable; que se le había cambiado la caja automática 3.200 euros y apenas hizo 100 kilómetros, y sobre todo LOS SIETE MERCEDES NINGUNO ERA MI MODELO ACCIDENTADO, y que aportaba uno idéntico con un valor de venta de 10.000 euros.

    Dispongo de «DEFENSA JURIDICA», pero mi aseguradora solo se hace cargo del primero de los juicio lesiones, pero se niega a hacerse cargo por la reclamación de daños.Estoy convencido que aquí hay gato encerado. ¿Como es posible que presentando un modelo como el mio, los jueces den la razón a la aseguradora contraria que NO PRESENTA UN MODELO SIMILAR al accidentado, me condenen en costas y tenga que desembolsar 5.000euros?

    Naturalmente ¿como puedo ir a una revisión en CASACION, si éstos apenas se ganan según estadísticas? ¿Por que razón oculta no se protege al asegurado, y se está protegiendo a las aseguradoras?¿Que pasa en éste país respecto a las garantía jurídicas y tutela real y efectiva de los órganos Judiciales- Audiencia provincial de Toledo?

    Desconfío de la Justicia, y el daño moral y patrimonial sufrido hacen que publique éste caso en todos los foros, y medios con lo que dispongo? ¡¡¡ La corrupción llega a éstos niveles!!! Hasta cuando podemos seguir aguantando. No es primer ni único caso donde siendo la victima salgo perdiendo con las aseguradoras y los Juicios de tráfico: Estando detenido EN UN ATASCO, me golpean en medio del vehículo- el contrario circulaba a gran velocidad con lluvia cerrada, y no me vió- y a pesar que dentro del clio viajaban SEIS JOVENES QUE ACABABAN DE REPOSTAR EN UN AGASOLINERA Y TENIA EL PARABRISAS EMPAÑADO. 4.500 euros.
    En otro accidente, un taxi, realiza un giro indebido en Beata Maria Ana de Jesus, me golpea por detrás el tubo de escape derecho de la moto y me derriba,FALLO: accidente por despiste. Coste reparación 400.000 pesetas de las de entonces.

    Por favor. ¿Soy un pobre desgraciado con muy mala suerte con los jueces que me tocan?

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