El prodigioso caso del juzgado fantasma

Ciudad de la Justicia de Elche
Ciudad de la Justicia de Elche

Cuentan por Elche que, en el año 2010, viendo los gobernantes la gran carga de trabajo que pesaba sobre sus juzgados por medio de un decreto real crearon un nuevo juzgado que sería el séptimo de los de primera instancia de la ciudad. Tal disposición se celebró con algazara pregonándose la noticia y asegurándose por la señora consejera encargada de los asuntos de justicia Doña Paula Sánchez de León la inminencia de su ejecución:

«la Generalitat pondrá en marcha este año el Juzgado de primera instancia número 7 de Elche, que agilizará la gran carga de trabajo del resto de juzgados, motivada por la actual crisis económica»

Ocurre, sin embargo, que siendo el misterio tan consustancial a Elche como los encierros a Pamplona, comenzaron a ocurrir inquietantes fenómenos —probablemente paranormales— que dieron lugar a que el Gobierno de los Jueces, en su reunión de fecha 25 de noviembre de 2010, encomendase al recién creado juzgado el conocimiento, con carácter exclusivo, de los asuntos relativos a la capacidad de las personas y a que desde entonces (no se sabe si por la capacidad o por las personas) el recién creado juzgado no tuviera nunca y hasta el día de hoy juez, ni alguaciles, ni secretarios, ni escribanos y ni siquiera una sede conocida. Los responsables del asunto no han acertado a dar una explicación coherente al fenómeno probablemente ocupados en continuar con sus hábiles trabajos de diseño en la Ciudad de la Justicia de Valencia.

Dos años después de aquellos inquietantes sucesos, en 2012, consciente el gobierno de los jueces de la naturaleza ectoplásmica del juzgado revocó su orden anterior de forma que, en este momento, el Juzgado de Primera Instancia 7 de Elche tiene su sede en una dimensión judicial ignorada donde, sin duda, ejerce la jurisdicción que se le negó en el mundo de los vivos. Un caso digno de estudio.

Digno de estudio porque ilustra vívidamente la forma en que hacen las cosas los legisladores españoles, digno de estudio porque nos instruye acerca de la necedad inherente a dictar leyes sin hacer previsiones económicas y digno de estudio, en fin, porque nos permite predecir el destino final de leyes dictadas con no se sabe qué fin pero que, ciertamente, no es el que figura en la propia ley.

Porque ordenar a los jueces que concluyan instrucciones complejas por delitos de corrupción en 6 o 18 meses sin poner al mismo tiempo medios materiales para que puedan hacer su trabajo es dictar leyes que sólo podrán cumplirse en el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Elche. Porque afirmar que tal o cual ley dictada sin la más mínima previsión presupuestaria (ponga usted Ley de Enjuiciamiento Criminal, LOPJ, Código Penal…) dará lugar a procesos más veloces es una afirmación que tiene la misma solidez que la sala de vistas del Juzgado de 1ª Instancia número 7 de Elche. Y porque, en fin, cuando los juzgados y tribunales del mundo real sufren sobrecargas de trabajo de hasta el 300% dictar leyes sin apoyo presupuestario, es decir, sin dinero para llevarlas a cabo, es dictar normas de cuyo cumplimiento se habrá de encargar al Juzgado de Primera Instancia número 7 de Elche.

Lo más curioso es que en la Ciudad de la Justicia de Elche hay toda una planta vacía para instalar ese juzgado. Quizá convenga acabar de una vez con esta farsa, acabar con los juzgados fantasmas, con las leyes fantasmas y con las políticas fantasmas. Vale.

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